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ENSAYO SOBRE LAS LEYES DE MINERIA NO RESPETAN LOS DERECHOS HUMANOS - GUATEMALA


Enviado por   •  26 de Octubre de 2015  •  Ensayos  •  1.358 Palabras (6 Páginas)  •  183 Visitas

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LAS LEYES DE MINERIA NO RESPETAN LOS DERECHOS HUMANOS - GUATEMALA

Guatemala es un país con riqueza cultural y natural que invita a nacionales y extranjeros a descubrir esta interesante diversidad.  Sin embargo, la actividad minera entrelaza justamente estos dos temas: cultura y recursos naturales, lo que ocasiona que en algunos lugares donde hay presencia de la industria minera, con o sin licencia, existan conflictos de valores respecto al uso de los recursos naturales que son extraídos de las comunidades.

La minería es una actividad a corto plazo pero con efectos a largo plazo, capaz de generar enormes riquezas, pero que, por su propia naturaleza, entraña una serie de riesgos e impacta en el medio ambiente. Donde los conflictos en torno a la minería han sido generalizados en dicho país, donde comunidades indígenas protestan contra el emplazamiento de minas en sus tierras, cerca de sus casas. Afectando negativamente la salud y al disfrute de sus derechos humanos.

Para las comunidades, la tierra no es propiedad privada pero las empresas pisotean estos derechos colectivos esenciales. Dado los hechos suscitados, existen pobladores que se preocupan por este tema en específico, este es el caso de una activista que se opuso a la mina Marlín, quien fue herida a manos de individuos no identificados (probablemente por gente contratada por la mina). La aparente inacción de las autoridades, en varios de los casos, para llevar ante la justicia a los responsables de esos delitos es otro factor más que resalta la desconfianza de las comunidades en las operaciones mineras.[1]

Para las comunidades indígenas aledaños a la mina Marlín, tienen la idea de que el Estado no actúa para proteger ni sus intereses ni sus derechos; al contrario, consideran que las fuerzas de seguridad del Estado protegen las operaciones mineras y estas se encuentran aliadas con mencionadas empresas.

En dicho tema, se resalta la ley de Guatemala que no respeta los derechos humanos como la falta de consulta previa referente a la concesión. Asimismo la empresa operó de manera ilegal en dicho territorio debido a que no consultaron ni informaron a la comunidad para la extracción de minerales que se encontraban en su territorio.  Es decir que nunca les dijeron que iba tener todos estos impactos en su agricultura y su medio ambiente. Esto según la opinión de la señora Carmen Mejía Indígena del pueblo de San Miguel Ixtahuacán.

Como se expone en el presente caso, las comunidades preocupadas por el impacto que la minería puede tener en sus derechos humanos, han denunciado repetidamente que no se les consulta de manera adecuada cuando se proponen esos proyectos. Según las normas internacionales de derechos humanos, Guatemala debe garantizar que se consulte con la población potencialmente afectada y que se deba informar adecuadamente de las posibles repercusiones tanto positivas como negativas.

El marco jurídico existente que regula el proceso de solicitud de licencias de minería, no garantiza la oportunidad de una consulta significativa con la población afectada. Además, las normas internacionales de derechos humanos establecen que esos proyectos sólo deben llevarse a cabo con el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas.

Es fundamental que, en todo proyecto de desarrollo, los derechos humanos estén protegidos, sin excepción. Esto se aplica sin duda a los proyectos del sector extractivo. El hecho de que puedan surgir conflictos en torno a los proyectos mineros no justifica el incumplimiento de las obligaciones en materia de derechos humanos. Y como puede verse, se vulneran derechos fundamentales tales como el derecho al agua, a un medio ambiente sano, derecho a la propiedad, a la tranquilidad. Además se observa con preocupación que se encuentran en riesgo las libertades políticas de los individuos.[2]

Otros derechos fundamentales que se encuentran vulnerados por estas actividades mineras ilícitas son:

  • Derechos colectivos a la consulta y consentimiento previo, libre e informado.
  • Defensa de la producción agropecuaria.
  • Derecho a la seguridad de la persona.
  • Derecho a la salud.
  • Derecho a la vida.

Las características que muestra este país, son por las disputas y los conflictos motivos por los que una comunidad en concreto puede oponerse a un emplazamiento minero.

A las comunidades puede preocuparles la posible contaminación, especialmente de forma exclusiva la del agua. También pueden preocuparles los trastornos sociales que la minería provoca en las comunidades locales.

Otras comunidades no ven con convencimiento que los beneficios que les aporta la minería compensen los daños a largo plazo que ésta les puede causar. En algunas comunidades indígenas, el desarrollo industrial puede ser contrario a la noción del mundo que tiene el pueblo maya, especialmente en lo relativo a la conexión espiritual de la comunidad con la tierra o a sus prácticas tradicionales.

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