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REPORTE DE LECTURA CASO RADILLA

Nimsi EncisoEnsayo16 de Octubre de 2015

609 Palabras (3 Páginas)517 Visitas

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BENEMERITA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE PUEBLA[pic 1]

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

DERECHOS HUMANOS, CULTURA Y DEMOCRACIA

PROFESORA: FEDERICO PABLO VAZQUEZ GARCIA

TAREA: REPORTE DE LECTURA CASO RADILLA

ALUMNO: NIMSI ELSA ENCISO GALLEGOS

201557773

Vo.Bo

PUEBLA; PUE, A 2 DE OCTUBRE DE 2015

La lectura del presente libro resulto adecuada bajo el marco de que el 30 de Agosto fue el día Internacional de las Víctimas de Desaparición Forzada, en su libro titulado: ”El Caso Radilla y su impacto en el orden Jurídico Nacional” Eduardo Ferrer Mac Gregor y Fernando Silva García nos relatan la lucha de la familia del campesino Rosendo Radilla Pacheco y nos revelan una realidad que parece irreal, atropellos a los derechos, la usurpación de funciones por parte del ejército y como esto impacto en el sistema jurídico mexicano y como la intervención de la CoIDH forzó en cierta medida al estado mexicano a admitir la existencia de la desaparición forzada de aquellas personas que creen amenazan sus intereses.

Rosendo Radilla Pacheco era un, así como un líder social del municipio de Atoyac de Álvarez, Guerrero, fue detenido ilegalmente el día 25 de agosto de 1974, mientras viajaba en un autobús rumbo a Chilpancingo, Guerrero, en compañía de su hijo menor de 11 años. El camión fue detenido por un retén no le permitieron volver a subir la razón: componía corridos. Su familia no lo volvió a ver. Según testigos fue visto por última vez en el ex Cuartel Militar de Atoyac de Álvarez con signos de maltrato físico.

Haciendo una investigación sobre el contexto histórico de los hechos resulta interesante la información hallada ya que en  1960 hasta finales de la década de los setenta en México se vivió un período conocido como “Guerra Sucia”; que consistía en la militarización de ciertas regiones donde existían activistas sociales que demandaban mejoras en materia agraria, de educación, etc;  lo que propició  graves violaciones a diversos derechos humanos de la población en manos de elementos del ejército.

Su familia por temor a represalias no denuncio la desaparición hasta 1999, se presentaron 2 denuncias más que, por razones procesales quedaron rezagadas pero,  gracias a la queja puesta en CNDH se emitió la Recomendación 26/2001, en el cual se  otorga el  reconocimiento de la desaparición forzada como una política de Estado. Como consecuencia se creó la Fiscalía Especial para la Investigación de Hechos Probablemente Constitutivos de Delitos Cometidos por Servidores Públicos en Contra de Personas Vinculadas con Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (FEMOSPP) en el año 2001 

Finalmente el 23 de noviembre de 2009 la CoIDH dictó una sentencia condenatoria en contra de México este caso ha tenido gran impacto en el sistema jurídico mexicano, tanto por haber sido el primer caso significativo en el que la Corte IDH condena al Estado mexicano, como por contener órdenes para que en México se realicen cambios estructurales de gran importancia para la vida pública del país. Parte de la sentencia incluía que se modificara el artículo 57 del Código de Justicia militar, la tipificación adecuada del delito de desaparición forzada, acto público de reconocimiento de responsabilidad.

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