RESUMEN DEL DOCUMENTO TLCAN
giselggvEnsayo29 de Octubre de 2014
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RESUMEN DEL DOCUMENTO TLCAN
A continuación se enuncian los capítulos que contiene el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, sus principales aspectos y obligaciones que las partes adquieren con la firmad e éste.
El primer capítulo, denominado de Objetivos, comprende de los artículos 101 al 105, dentro del cual se establecen los objetivos y obligaciones de cada uno de los países integrantes del TLCAN. En dicho capítulo se establece la zona destinada parta el libre comercio, la relación con otros tratados, la importancia de los tratados en materia ambiental, así como lo referente a sus obligaciones.
El capítulo de definiciones generales sólo comprende el artículo 201 y su anexo, ya que en él se dan los conceptos que se mencionarán a lo largo del tratado, brindando una descripción de cada uno de ellos. En este capítulo queda estipulado que no se podrán crear nuevos aranceles o aumentar los ya existentes, por el contrario, se irán eliminando de forma progresiva por cada una de las partes. También queda asentado, que no se pueden hacer devoluciones de los aranceles aduaneros que se hayan pagado, ni reducir el pago de los adeudos que se tengan por este concepto. Para aquellos bienes que entren de forma temporal no habrá pago de dicho arancel, como lo es equipo de trabajo, equipo deportivo para la realización de competencias, etc., pero en caso de que el bien no entrara solo de forma temporal, o no cumpliera con las normas establecidas en el tratado, si será objeto del pago de arancel aduanero. Para el caso del transporte de las mercancías, se permitirá el regreso de dichas unidades por cualquiera de las rutas existentes, siempre y cuando la salida se realice por el mismo puerto de entrada, esto con la finalidad de que no se impongan fianzas o sanciones. No será necesario quesea el mismo vehículo ni el mismo transportista el que regrese a su territorio de origen.
Se acuerda que todas aquellas muestras comerciales y artículos de publicidad no pagarán arancel aduanero siempre y cuando cumplan con las normas del tratado, tampoco pagarán arancel aquellos bienes que se hayan exportado para su reparación o efectos de garantía y después se hayan reimportado ya reparados. Existen productos en especial sobre los que no se impondrá ningún tipo de arancel, como los vinos y licores y los productos distintivos. Las partes podrán establecer medidas contra la exportación de algunos bienes siempre y cuando la parte exportadora no se vea afectada. También encontraremos en este capítulo algunas medidas especiales de México y Canadá y varias tablas donde por medio de fracciones se clasifican varios artículos para lo relacionado al tema de los aranceles aduaneros.
reglas de origen
se habla sobre la manera en que un artículo es marcadocomo “bien originario”, es decir, un bien cuyo origen sea cualquiera de las partes que celebraneste tratado. Dichas condiciones atienden, por ejemplo, al lugar en donde se fabrica el producto,los materiales que se ocupan en su producción, la maquinaria utilizada para la fabricación delmismo, sus ingredientes, entre otros aspectos. Todo esto es necesario para poder fijar el valor decontenido regional de dichos productos a través de dos métodos, el método de valor detransacción y método de costo neto.Se hace excepción con los bienes de tipo automotriz, ya que para estos bienes, aparte de losaspectos arriba mencionados, se podrá tomar en cuenta si la planta en que se produjeron es nueva,aunque esté en territorio de otra parte, o si se realizó alguna remodelación que conllevara laconstrucción de cimientos y el cálculo del valor de contenido regional se calculará de formadistinta al resto de los demás artículos.
energía y petroquímica básica
, comprende de los artículos 601 al 609, endonde se clasifican este tipo de bienes conforme al sistema armonizado, y se establecen lasmedidas relacionadas con la inversión y el comercio transfronterizo de dichos bienes. Seestablecen los acuerdos para la prohibición a la entrada de estos bienes conforme al GATT por cada una de las partes, no solo entre ellas mismas, también a países que no son parte, y se fijanlos impuestos correspondientes a dichos bienes energéticos. También se establecen medidas deseguridad nacional y se fija que las restricciones de estos bienes sólo se podrán hacer siempre ycuando no se afecte a la otra parte, ni a los canales normales de suministro de estos energéticos.En cuanto al
sector agropecuario, medidas sanitarias y fitosanitarias
se hace referencia de todos aquellos bienes de origen vegetal o animal, que son exportados a cada una de las partes para garantizar que la entrada de estos productos no represente peligro para la población de cada una de las partes. Las partes trabajan de manera conjunta para mejorar la entrada de estos bienes en sus territorios, así como para el control de plagas que pongan en peligro la vida humana, vegetal o animal de alguna de las partes. En caso de que estos productos no cumplan los requisitos de control establecidos por cada una de las partes se puede proceder a la prohibición de estos artículos, pero siempre tratando de no perjudicar al exportador. Las prohibiciones sólo se pueden hacer si se tiene un fundamento científico, y puede ser apoyado por organismos externos. En caso de no existir este tipo de fundamento, no se puede realizar dicha prohibición. Se protege la discriminación de alguno de estos artículos de una parte si es que existiera otro artículo similar al que se le diera un trato preferencial. Se eliminan los subsidios al sector agropecuario y se trabaja conforme al GATT. Hay un comité de comercio agropecuario que integra representantes de cada una de las partes con el fin de administrar este tipo de industria. Se tendrán acuerdos especiales con Estados Unidos con respecto a los azúcares y un apartado especial sobre el café entre las tres partes. Con Referencia a
Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
es necesario, para precisar lo anterior conocer el contenido implícito del concepto de medida sanitaria o fitosanitaria que hacereferencia a una aplicación para proteger la vida o salud de animales, vegetales y humanos, enrelación a un producto final. El Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias se integra por larepresentación de cada una de las partes, se encarga de facilitar la seguridad sanitaria, de promover la cooperación técnica entre los participantes, se fundamenta en el asesoramientocientífico, etc., y por lo menos se reúne una vez al año.En cuanto a las
medidas de emergencia
se señala que se recurre a ellas, en caso de que se constituya una causa sustancial de daño serio, o una amenaza del mismo a una industria nacional que produzca un bien similar o competidor directo, esto a raíz de la reducción o eliminación de un arancel estipulado en este Tratado. Se mencionan algunas medidas de emergencia a realizar como por ejemplo: suspender la reducción futura de cualquier tasa arancelaria establecida en esté Tratado, para el bien del afectado; aumentar la tasa arancelaria para el bien de la parte afectada, aun nivel específico. Este capítulo referente a la Inversión, servicios y asuntos relacionados , se aplica a las medidas que adopte o mantenga una Parte relativas a los inversionistas de otra Parte, así como a las inversiones de inversionistas de otra Parte realizadas en territorio de la Parte. Se menciona que una Parte tiene el derecho de negarse a autorizar el establecimiento de inversiones en tales actividades. Cada una de las Partes otorga a las inversiones de inversionistas de otra Parte, trato no menos favorable que el que otorga, en circunstancias similares, a las inversiones de sus propios inversionistas en el establecimiento, adquisición, expansión, administración, conducción, operación, venta u otra disposición de las inversiones. Cada una de las Partes otorga a las inversiones de los inversionistas de otra Parte, trato acorde con el derecho internacional, incluido trato justo y equitativo, así como protección y seguridad plenas. Ninguna de las Partes puede nacionalizar ni expropiar, directa o indirectamente, una inversión de un inversionista de otra Parte en su territorio, ni adoptar ninguna medida equivalente a la expropiación o nacionalización de esa inversión (expropiación), salvo que sea: a) por causa de utilidad pública; b) sobre bases no discriminatorias; c) con apego al principio de legalidad yd) mediante indemnización.
Comercio transfronterizo de servicios
, se establece la prestación de un servicio del territorio de una Parte al territorio de otra Parte; en territorio de una Parte, por personas de esa Parte, a personas de otra Parte, o por un nacional de una Parte en territorio de otra Parte. Esto se refiere a las medidas que una Parte adopte o mantenga sobre el comercio transfronterizo de servicios, que realicen los prestadores de servicios de otra Parte, incluidas las relativas a la producción, distribución, comercialización, venta y prestación de un servicio, la compra, o uso o el pago de un servicio, el acceso a y el uso de sistemas de distribución y transporte relacionados con la prestación de un servicio y el otorgamiento de una fianza u otra forma de garantía financiera, como condición para la prestación de un servicio. Ninguna disposición de este capítulo se interpreta en el sentido de imponer a una Parte ninguna obligación respecto a un nacional de otra Parte que pretenda ingresar a su mercado de trabajo o que tengaempleo permanente en su territorio, ni de conferir ningún derecho a ese nacional, respecto a dichoacceso o empleo.El capítulo de
telecomunicaciones
se refiere a las medidas que adopte o mantenga una Parte,relacionadas con el acceso y el uso de redes o servicios públicos
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