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Real Consejo De Indias

mocatean16 de Enero de 2014

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EL REAL Y SUPREMO CONSEJO DE INDIAS

Conocido simplemente como Consejo de Indias, fue el órgano más importante de la administración indiana (América y las Filipinas), ya que asesoraba al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial. Con el objetivo de controlar las Posesiones de la corona en América.

El Consejo no tuvo en sus primeros tiempos una residencia fija y generalmente seguía a la corte en sus desplazamientos. Cuando en 1561 el rey se radicó definitivamente en Madrid y se instaló en El Escorial, el Consejo lo hizo en el Alcázar Viejo y, más tarde, cuando se construyó el Palacio Real, éste pasó a residir en el Palacio de los Consejos.

El recién fundado organismo era la más alta autoridad legislativa y administrativa del imperio americano después del rey. Estaba dividido en tres departamentos; dos dedicados a materias de gobierno y uno de justicia. Los consejeros eran togados o bien de capa y espada, pero todos hombres distinguidos en el servicio de ultramar. El número de estos consejeros fue de cinco, con dos secretarios, un promotor fiscal, un relator, un oficial de cuentas y un portero.

El Consejo tenía funciones meramente consultivas. Los acuerdos adoptados sobre cualquier asunto, tras las respectivas deliberaciones, eran elevados al rey en un documento denominado consulta, en el margen del cual el soberano escribía su decisión final. Una vez conocida la voluntad real, se redactaba la disposición definitiva para su promulgación y ejecución.

HISTORIA DEL REAL CONSEJO DE INDIAS

Los Austrias potenciaron el sistema de gobierno mediante Consejos, los cuales utilizaron tanto para gobernar determinados lugares, como para manejar materias específicas.

La personalidad de las Indias va apareciendo poco a poco. Así es como en 1514 se autentifican las disposiciones para las nuevas tierras y al año siguiente al comité que entendía de los asuntos indianos (cuyos integrantes eran consejeros de Castilla) se le nombró como Junta de Indias.

El Consejo de Indias es creado por Carlos V el 1º de agosto de 1524, a imitación del Consejo de Castilla, para que entendiera en los negocios administrativos de América. Ejercía plena jurisdicción sobre todo el territorio y sus residentes y tenía capacidad jurídica para ordenar y ejecutar toda clase de ordenanzas, normas y reglamentos que fueran para el bien de su región administrada. Sólo el rey estaba sobre el Consejo de Indias.

Al principio se regía con las ordenanzas del Consejo de Castilla y, gracias a las Leyes Nuevas de 1542 se le consignaron algunas peculiaridades relativas a su funcionamiento, jurisdicción y defensa de los indios.

Estas Leyes Nuevas, especie de Constitución política de nuevo mundo, proclamaron la libertad de los indios, suprimieron la encomienda y regularon la forma de realizar los nuevos descubrimientos territoriales.

El 25 de agosto de 1600, se estableció la Junta de Guerra de Indias, uno de los organismos más influyentes dentro del Consejo. La creación de ésta obedeció a la preocupación especial que requerían los negocios y materias de guerra. También, a semejanza del Consejo de Castilla, el de Indias tenía una Cámara, llamada de Indias, encargada de la distribución de mercedes y de proponer al rey los nombramientos en los oficios seculares y eclesiásticos (Real Patronato).

A comienzos del siglo XVII se conformaron, dentro del Consejo, cuatro secretarías, siendo las más importantes y duraderas las encargadas de los virreinatos de Nueva España y Perú

La administración del Consejo de Indias progresivamente se fue tornando más lenta y burocrática. Además, durante el siglo XVII, la debilidad de los monarcas que entregaron el gobierno a funcionarios allegados a la corte (llamados Validos), influyó negativamente en la eficiencia del Consejo.

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