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Capitanía General Real & Supremo, Consejos De Indias Virrey


Enviado por   •  28 de Mayo de 2015  •  Tesis  •  3.634 Palabras (15 Páginas)  •  179 Visitas

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Capitanía General Real & Supremo, Consejos De Indias Virrey

El Real y Supremo Consejo de Indias, conocido simplemente como Consejo de Indias, fue el órgano más importante de la administración indiana (América y las Filipinas), ya que asesoraba al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial. Se formó en 1511 como una sección dentro del Consejo de Castilla para más tarde, en 1524, conformarse una entidad propia.

No alcanzó a tener una sede física fija, sino que se trasladaba de un lugar a otro con el Rey y su Corte. Este consejo actuaba con el monarca y, en algunas materias excepcionales, actuaba solo.

Estaba integrado por:

• Un Presidente: se reunía todas las semanas con el rey (generalmente los sábados a las 10 de la mañana) para el trámite de la "consulta", que consistía en informarle someramente de las materias tratadas en el consejo.

• Los 12 Consejeros de Indias: letrados, gente versada en ciencia jurídica y eruditos en temas americanos, la gran mayoría eran hombres con experiencia como funcionarios en las Indias y los menos, expertos en legislación indiana.

Personal de planta del Consejo de Indias:

• Un Fiscal: cargo ejercido por el Consejero más nuevo, era el encargado de velar por los intereses de la Corona.

• Dos Secretarios, un Secretario del Perú y otro Secretario de Nueva España; los Oficiales de los Secretarios: Trabajan todos en el manejo de papeles.

• Un Escribano: encargado de redactar las declaraciones de los acusados en los juicios en los tribunales.

• Un Gran Canciller: cargo creado por Carlos I para favorecer a un amigo suyo. Este se encargaba de custodiar el sello real. Debía refrendar con el sello todos los documentos oficiales del Consejo de Indias, cobrando una tasa por cada timbre que colocaba.

• Relatores: de uno a tres en algunas épocas, no eran de número fijo.

• Contadores: de uno a tres en algunas épocas, no eran de número fijo.

• Un Astrónomo: tenía conocimientos de las estrellas, debido a que esto se consideraba de gran importancia.

• Un Cosmógrafo: tenía por misión poner en conocimiento del Consejo de Indias todo lo relativo a los descubrimientos que se iban haciendo en el Nuevo Mundo.

• Un Cronista o Guionista Mayor de Indias: tenía por misión escribir la historia de Indias.

• Un Abogado de pobres.

Atribuciones del consejo de Indias

• Gobierno temporal: toda la administración del Imperio Español compete al Real y Supremo Consejo de Indias, por lo que debía:

• Planear y proponer al Rey las políticas relativas al Nuevo Mundo (poblamiento, relación con los indígenas, comercio, etc.).

• Organizar administrativamente las Indias, ya sea con la creación de nuevos Virreinatos, nuevas Gobernaciones, etc. y establecer su grado de autonomía respecto de la metrópoli.

• Proponer al Rey los nombres de las personas más adecuadas para los cargos de grandes autoridades americanas (Virreyes, Gobernadores, Oidores, entre otros).

• Velar por el buen funcionamiento de las autoridades, dictando medidas de probidad administrativa y nombrando un Juez de Residencia, para que realice el respectivo Juicio.

• Revisar a diario la correspondencia que viene de América y demás posesiones, tanto la oficial como la del pueblo.

• Autorizar los libros que pasaban a América.

• Regular y autorizar el flujo de pasajeros a Indias: provistos, comerciantes y emigrantes.

• Autorizar la aplicación de la legislación castellana en las Indias (desde 1614).

• Examinar la legislación originada en América, y dar su aprobación o rechazo.

• Elaborar las normas que regirían en Indias y que eran dictadas por el rey como Reales Cédulas o Reales Provisiones (similares a las Reales Cédulas pero más solemnes).

Además se puede distinguir entre la Alta Policía y la Baja Policía, que es la que corresponde a las organizaciones municipales.

• Gobierno espiritual: se preocupa de materias de orden espiritual, analiza los derechos otorgados por la Santa Sede, así por ejemplo:

• Ejercer el Derecho de presentación.

• Dividir los Obispados.

• Revisar las Bulas Papales, si está conforme les da Exequatur o Pase Regio, sin él éstas no se cumplen.

• Examinar las disposiciones de la Iglesia en América y los Sínodos, ya que estos no se cumplen sin la aprobación del Consejo de Indias.

Atribuciones de guerra

Se reúne con los miembros del Consejo de Guerra, es la Junta de Guerra de Indias (1600), ahí se tratan estrategias militares, ejército y milicias. A fines del siglo XVI y principios del siglo XVII se integran en esta junta los "ministros de capa y espada" (Consejeros militares).

Atribuciones de Hacienda

• Examinar las cuentas de los oficiales reales (se les quita esta función en tiempos de Felipe II; luego se les vuelve a entregar).

Atribuciones judiciales

En materia de justicia el Consejo de Indias era el más alto tribunal en América y para los efectos de administrar justicia se reúne el consejo en una sala de justicia que está integrada por ministros letrados. En esta materia (justicia), el Consejo era absolutamente independiente, incluso del Rey.

En general, la corona procuraba que el consejo conociera pocos asuntos de carácter judicial, porque eran asuntos particulares que recargaban de mucho trabajo a los consejeros, lo cual le restaba tiempo para dedicarse a los asuntos de gobierno (de mucha más relevancia). Por ello, los recursos que conoce el consejo son de carácter extraordinario y de alta cuantía (superior a 1000 ducados).

Real Audiencia

La Audiencia y Cancillería Real de México fue el máximo tribunal de la Corona española en el Virreinato de Nueva España. Fue creada por real el 13 de diciembre de 1527 y tenía su sede en la Ciudad de México.

Hernán

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