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Reporte de lectura y conclusión crítica


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2017  •  Resúmenes  •  1.394 Palabras (6 Páginas)  •  344 Visitas

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Facultad de Derecho

Sociología jurídica

Actividad: Reporte de lectura y conclusión crítica

Docente: Lic. Zeus Adrián Ramos Munguía

Alumna: America Limer Orozco Leon 1° “C”

31 de agosto de 2017

  1. El universo conceptual de la sociología

Max Weber señala que la sociología construye conceptos-tipos y se esfuerza por encontrar reglas generales del acontecer. La sociología intenta, igualmente, aprehender fenómenos irracionales (místicos, proféticos, afectivos, etc.) mediante conceptos teóricos adecuados por su sentido, no se ocupa de hechos o sucesos singulares, sino que trata de conceptos generales, de tipos, de regularidades y del funcionamiento de la realidad social; no consiste en la descripción de acontecimientos determinados y particulares, sino al estudio de la realidad social en su carácter, en su estructura y en su funcionalidad.

Respecto al contenido de la sociología y de sus problemas fundamentales se debió sin duda a que se dieron por supuestas las nociones de sociedad y de individuo, y para ello se utilizaron conceptos ordinarios, vulgares, de notable ambigüedad. El concepto que se tenga de la realidad social influirá de manera considerable en el planteamiento, estudio y solución práctica de los problemas políticos, sociales y económicos. Podría afirmarse que la indagación de que clase de ser es la sociedad constituye al más que un problema teórico fundamental; se rige en una cuestión de practica esencial, y lo es en cuanto nos ha afectado, nos afecta y nos afectará a todos.

  1. Sociología general y sociología jurídica

Carbonnier afirma que en la actualidad la sociología general y la jurídica aparezcan como disciplinas diferentes, existen relaciones de intercambio entre ambas. La sociología jurídica ha recibido mucho de la sociología general. Para mejor entendimiento de “relación de intercambio” se necesita saber el concepto de sociología general y sociología jurídica, para Recaséns la sociología era el estudio científico de los hechos sociales, la convivencia humana, de las relaciones interhumanas en cuanto a su realidad o ser afectivo. Por su parte Weber define la sociología como: una ciencia que pretende entender, interpretándola, la acción social para de esta manera explicarla causalmente en su desarrollo (la sociología se limita a la comprensión de la acción social).

Ahora, una vez establecido el concepto de la sociología general, puede considerarse que la sociología jurídica (llamada también sociología del derecho) constituye una rama de la sociología general, cuyo objeto es el estudio de una multiplicidad de fenómenos sociales, específicamente de los fenómenos jurídicos o fenómenos de derecho. La sociología jurídica trate de establecer correlaciones entre la estructura de la realidad social y el orden jurídico; por ello analiza el vínculo entre las normas de la sociabilidad, los grupos sociales y los tipos de derecho que les corresponde.

La sociología jurídica en otras disciplinas que también se ocupan del derecho: la dogmática jurídica que se dedica al conocimiento y al estudio de las normas de un concreto sistema de derecho positivo vigente; la dogmática jurídica es esencialmente práctica, y debe de encontrar solución para todas las cuestiones que se planteen. Por otra parte, la filosofía del derecho estudia mediante la teoría del derecho los denominados conceptos jurídicos puros, investiga la esencia de lo jurídico y ontológico. En la historia del derecho se estudia y analiza el derecho positivo, pero no vigente, que estuvo en vigor, pero ya no lo está. Para la sociología jurídica, el derecho es algo que se integra en la agrupación, mientras que la jurística sociológica, por su parte, estudia la naturaleza del derecho y lo construye a partir de las adjudicaciones. Goldschmidt afirma que entre la sociología jurídica y la jurística sociológica existen diferencias de tema, de método y de resultados.

También se han creado sociologías jurídicas especiales, se mencionarán solo algunas de las mismas: Etnología jurídica cuyo objeto son los derechos primitivos, los arcaicos, es eminentemente cultural, este derecho “arcaico” pone de manifiesto el pasado en relación con nosotros, aunque pueda ser un pasado viviente, en tanto sea un derecho efectivo en algunas etnias de nuestro mundo. La antropología jurídica se dedica al estudio de la naturaleza humana, analiza las culturas sociales, que son particulares. Es de singular importancia la psicología jurídica que abarca importantes temas como la morbosidad de algunos fenómenos jurídicos, los efectos neuróticos del derecho, etc.

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