Segundo Imperio
Betiberg6 de Agosto de 2014
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EL SEGUNDO IMPERIO
EL ESTATUTO PROVISIONAL DEL IMPERIO MEXICANO
BOSQUEJO HISTÓRICO
Durante el siglo XIX, la forma de gobierno monárquico se estableció en México en dos momentos de su historia política. En la segunda década, cuando Agustín de Iturbide encabezó el primer Imperio Mexicano con las características de una “monarquía constitucional moderada”. Así lo ratificaron el Acta de Independencia Mexicana del 28 de septiembre de 1821, las Bases Constitucionales del Primer Congreso Mexicano de 1824 y el Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano. Más tarde, en la segunda mitad del siglo (1864-1867), cuando Maximiliano de Habsburgo, con la ayuda de las tropas francesas de Napoleón III, ocupó la capital y gran parte del territorio mexicano y estableció formalmente el Segundo Imperio Mexicano.
La causa formal de la intervención francesa en México y del establecimiento del Segundo Imperio fue la suspensión de pagos a Francia, España e Inglaterra, que el gobierno de Benito Juárez se vio obligado a anunciar después de la Guerra de los Tres Años, también llamada Guerra de Reforma (1858-1861), entre liberales y conservadores. Esto hizo que las tres potencias europeas se reunieran en Londres (Convenio de Londres de 1861) y acordaran hacer efectivo el pago de las deudas. Para presionar a las autoridades mexicanas, desembarcaron con tropas en el Puerto de Veracruz en 1862, entrando en negociaciones con el gobierno de Juárez. Dichas negociaciones diplomáticas se llevaron a cabo en el pueblo de la Soledad. Como resultado de las mismas, el ministro mexicano de Relaciones Exteriores Manuel Doblado, logró persuadir a los gobiernos de España y Gran Bretaña de que la suspensión de las deudas era algo transitorio, lo que trajo como consecuencia que las tropas inglesas y españolas se retiraran del territorio mexicano. Sin embargo las tropas francesas se negaron a irse debido a que Napoleón III tenía intenciones de instaurar una monarquía en México, con el fin de apoyar a los confederados en la guerra civil estadounidense (Guerra de Secesión) y así disminuir drásticamente el poder de los Estados Unidos en la región. Por tal razón los franceses avanzaron desde la costa hasta el centro del país y tras sufrir un revés en la batalla de Puebla del 5 de mayo de 1862 continuaron adelante hasta ocupar la Ciudad de México el 10 de junio de 1863. A partir de entonces y hasta la llegada de Maximiliano a la capital, el gobierno estuvo encabezado por una regencia integrada por los generales Juan Nepomuceno Almonte (hijo natural del sacerdote revolucionario José María Morelos y Pavón), Mariano Salas y el arzobispo Pelagio Antonio de Labastida. Las tropas francesas comenzaron a retirarse a partir de 1866, ante la inminencia de una guerra entre Francia y Prusia y la constatación de la derrota de los confederados en la Guerra de Secesión norteamericana en 1865.
Otra de las causas de la instauración de la monarquía fue que los conservadores mexicanos, descontentos con el fracaso de su gobierno (1837-1841) que promulgó las Siete Leyes Constitucionales expedidas en diciembre de 1936, habían volcado los ojos hacia Europa con el fin de imponer en México un gobierno netamente conservador de carácter monárquico. Con este propósito, dichos conservadores, después de visitar a Napoleón III y asegurar su apoyo a la intervención en México con el fin de instaurar en él una monarquía constitucional, enviaron una comisión a Trieste, encabezada por José María Gutiérrez de Estrada (ministro plenipotenciario de los conservadores en el viejo continente), Miguel Miramón (dos veces presidente interino de México) y el ya mencionado Juan Nepomuceno Almonte, para convencer al archiduque de que aceptara el trono de México. Esto se debió a que la elección del emperador francés, luego de un par de intentos de convocar a príncipes europeos, había recaído sobre Fernando Maximiliano de Habsburgo-Lorena (hermano de Francisco José, emperador de Austria-Hungría). Maximiliano, después de exigir varias condiciones, entre ellas el deseo expreso y la comprobación de que el pueblo mexicano lo requería, aceptó en su palacio de Miramar (Trieste) el trono de México, mediante un juramento pronunciado el 10 de abril de 1864. Su reinado fue efímero, duró hasta 1867, año en que las fuerzas republicanas bajo el liderazgo de Benito Juárez, lo capturaron en la Ciudad de Querétaro, donde fue procesado y fusilado en el Cerro de las Campanas el 19 de junio del mismo año.
EL ESTATUTO PROVISIONAL DEL IMPERIO MEXICANO
Conforme al compromiso que el archiduque había adquirido de colocar a la monarquía bajo leyes constitucionales (aunque reconoció en una carta a su suegro, el rey de Bélgica, que por el momento no podía hablar de promulgar una constitución hasta que el país estuviese pacificado), Maximiliano expidió el 10 de abril de 1865 el Estatuto Provisional del Imperio Mexicano que, para algunos autores es el reflejo del proyecto de constitución que en el palacio de Miramar había elaborado conjuntamente con los emigrados mexicanos. Sin embargo, para otros, el proyecto de Constitución en que trabajó Maximiliano en Trieste, poco o nada tiene que ver con el Estatuto. Este, que no fue propiamente un régimen constitucional sino un sistema de trabajo para su gobierno (previo a la forma definitiva que adoptaría el imperio cuando se aprobase la constitución), se expidió un año después de haber aceptado Maximiliano el trono de México. Sin embargo, aunque algunos autores como Felipe Tena Ramírez, opinan que careció de vigencia práctica y de validez jurídica, otros como Jaime del Arenal piensan lo contrario debido a que fue la base para la promulgación de un nutrido cuerpo de leyes que tuvieron plena vigencia en el imperio.
Estaba dividido en XVIII títulos y 81 artículos, fue dado en el Palacio de Chapultepec y signado por Maximiliano (Emperador), José F. Ramírez (Ministro de Negocios Extranjeros y encargado del Ministerio de Estado), Luis Robles Pezuela (Ministro de Fomento), Pedro Escudero y Echánove (Ministro de Justicia), José M. Cortés y Esparza (Ministro de Gobernación) y Félix Campillo (Subsecretario de Hacienda). Sus títulos son: TIT. I. Del Emperador y de la Forma de Gobierno (arts. 1 al 9); TIT. II. Del Ministerio (arts. 10 al 13); TIT. III. Del Consejo de Estado (art. 14); TIT. IV. De los tribunales (arts. 15 al 19); TIT. V. Del Tribunal de Cuentas (arts. 20 y 21): TIT. VI. De los Comisarios imperiales y Visitadores (arts. 22 y 23): TIT. VII. Del Cuerpo Diplomático y Consular (arts. 24 al 26); TIT. VIII. De las Prefecturas Marítimas y Capitanías del Puerto (Art. 27); TIT. IX. De los prefectos políticos, subprefectos y municipalidades (arts. 28 al 44); TIT. X. De la División Militar del Imperio (arts. 45 al 49); TIT. XI. De la Dirección de Obras Públicas (art. 50); TIT. XII. Del Territorio de la Nación (arts. 51 y 52); TIT. XIII. De los Mexicanos (arts. 53 y 54); TIT XIV. De los Ciudadanos (arts. 55 al 57): TIT. XV. De las Garantías Individuales (arts.58 al 77); TIT. XVI. Del Pabellón Nacional (art. 78); TIT. XVII. De la posesión de los empleos y funciones públicas (art. 79); y TIT. XVIII. De la Observancia y Reforma del Estatuto (arts. 80 y 81).
LA LEGISLACIÓN DEL SEGUNDO IMPERIO
Cuando Maximiliano aceptó la corona de México en el palacio de Miramar, manifestó a la comisión que se la ofrecía lo siguiente:
“Acepto el poder constituyente con que ha querido investirme la nación, cuyo órgano sois vosotros, pero sólo lo conservaré el tiempo preciso para crear en México un orden regular y para establecer instituciones sabiamente liberales. Así que, como os lo anuncié […] me apresuraré a colocar la monarquía bajo la autoridad de las leyes constitucionales tan luego como la pacificación del país se haya conseguido completamente.”
Es obvio que la comisión de conservadores mexicanos que había invitado a Maximiliano conocía perfectamente los antecedentes liberales del archiduque y conocía también el pacto adicional y secreto, en virtud del cual el emperador aceptaba las declaraciones de Forey (Comandante General del cuerpo expedicionario francés a México en los inicios de la intervención) en su programa del 12 de junio de 1863, reconociendo la nacionalización y desamortización de los bienes del clero. Por consiguiente, y de acuerdo a tales precedentes y a su propia convicción, Maximiliano, un liberal europeo al estilo de la época y hombre de buena voluntad respecto a los destinos de México, desarrolló a su llegada una política en desacuerdo con la posición tradicional de la clase conservadora y del clero mexicano.
El liberalismo del emperador lo enfrentó con quienes lo habían llevado al poder. Esto fue debido a que reconoció la legislación juarista e incluso invitó a Benito Juárez a formar parte de su gobierno como Ministro de Justicia, e integró a su gabinete a liberales distinguidos como los dos constituyentes de 1856 Pedro Escudero y José María Cortés y Esparza. Por otra parte ratificó las leyes que despojaban de sus bienes a la iglesia a pesar de las presiones recibidas por parte del Vaticano y del obispo de México, Pelagio Labastida.
El fundamento de su legislación fue una ley del 16 de junio de 1863, donde se estableció una Asamblea de Notables, seguida de unas bases para el gobierno del nuevo imperio del 11 de agosto del mismo año. Luego promulgó el Estatuto Provisional del Imperio Mexicano. Entre los aciertos de esta legislación, derivadas del Estatuto, estuvieron la ley de organización de los ministerios, la ley orgánica que dividió el territorio en departamentos para su mejor administración y gobierno, la
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