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Teorías moderna de Poder Constituyente ¿Qué es Poder Constituyente?


Enviado por   •  30 de Mayo de 2018  •  Ensayos  •  4.299 Palabras (18 Páginas)  •  127 Visitas

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ÍNDICE

Introducción

Teorías antiguas de Poder Constituyente

Teorías moderna de Poder Constituyente

¿Qué es Poder Constituyente?

Características

Clasificación

Poder Constituyente y Poderes Constituidos

Forma de manifestación del Poder Constituente

Asamblea Constituyente y Poder Constituyente

Titularidad en el Poder Constituyente

Límites en el Poder Constituyente

Conclusion

Bibliografia

Teorías antiguas  sobre El Poder Constituyente

Muchos autores consideran que el Poder Constituyente existe desde los inicios de los tiempos consideran que en la Biblia ya existía una organización social que aparece del contrato, alianza, o pactos celebrados entre Jehová y su pueblo a través de Moisés

Pero también hubieron autores que se fundamentaban en las reflexiones hechas por Aristóteles que proyecto que el Estado moderno era el resultante del equilibrio de intereses de los miembros de la Polis e ideas también de Platón que decía que el hombre es un ser social que sólo alcanza la perfección en la Ciudad de modo comunitario.  Santo Tomás de Aquino, el jesuita Francisco Suárez, el dominico Domingo  De Soto posteriormente Hobbes, Locke, Spinoza y Rousseau fueron autores que dieron ciertas ideas de organización del Estado para el bien común de sus miembros  aunque aún no se conocía como Poder Constituyente.

Santo Tomás explica su idea relativa a la formación de la sociedad política en forma un tanto dispersa. “Inherente es a la naturaleza del hombre dice él ser social y creado para ser regido por las leyes sociales, viviendo agregado a otro, mucho más de lo que se observa en los demás animales, como lo prueban las necesidades naturales…”. “Siendo natural que el hombre viva en sociedad, debe hacer en ella todo cuanto sea necesario para di Gobierno; porque si en una sociedad nadie se ocupara más que de si mismo, pronto se disolverá…”.

Francisco Suárez sostuvo que “ningún cuerpo  puede conversarse si no hay algún principio  al que corresponda procurar e intentar el bien común de él, como consta en el cuerpo natural,  y en el político enseña lo mismo la experiencia. Y la razón es clara porque cada miembro privado atiende a su comunidad privada, la cual es muchas veces contraria al bien común; y frecuente hay muchas que son necesarias para el bien común, y que no lo son para los particulares… Luego en la comunidad perfecta es necesaria la potestad pública, a la que pertenece por oficio intentar el bien común y procurarlo”  y Domingo Soto Sostuvo que “toda ley, para que sea sólida y firme debe enderezar a los súbditos para el bien común, y que si el  legislador hace leyes para su bien particular es tirano”

Hobbes “Dícese que un Estado ha sido instituido cuando una multitud de hombres convienen y pactan... De esta institución de un Estado derivan todos los Derechos y facultades de aquel o de aquellos a quienes se confiere el Poder soberano por el consentimiento del pueblo reunido”

Locke “todos los hombres se hallan primitivamente en este Estado que llamo de naturaleza”

Spinoza “Cada uno hace de su libertad  para crear el orden jurídico común (lo que llamamos acto constituyente) no anula al individuo, sino que lo somete a la reglas que el mismo se impone, como defensor del poder soberano.”

Rousseau “el fin el contrato social viene a ser lo que más adelante se llamaría acto constituyente. En efecto el llama también acto al contrato o pacto social que da lugar a la Constitución de la sociedad civil o Estado, es decir que lo constituye.”

Estas son como ya dijimos ideas esbozos de teorías de autores que fueron la base para poder crear el concepto y teoría de lo que es El Poder Constituyente.

Principales teorías Modernas  del Poder Constituyente.

  Teoría Racional - Ideal de Emmanuel Sieyés

A Emmanuel Sieyés se le atribuye la construcción de la Teoría del Poder Constituyente en Francia en la Época de la revolución Francesa. En su ensayo ¿Qué es el tercer Estado?, plantea utilizando ya ese nombre, la teoría del poder constituyente. Desarrolla la línea de pensamiento de Locke y Montesquieu y complementa las tesis de Rousseau sobre el tema. establece las sutiles diferencias entre un Poder Constituyente y la función legislativa ordinaria. Además expresa que una Constitución supone ante todo un poder constituyente.

En opinión de Sánchez Viamonte, "las ideas de Rousseau se simplifican y se clarifican en la pluma del abate Sieyés. El sistema ideológico se transforma en sistema institucional. La idea de Constitución aparece nítida, y el Poder Constituyente adquiere toda la importancia jerárquica que le corresponde desde el momento mismo en que se crea un poder legislativo ordinario que dicta las leyes, pero que está obligado a respetar la Constitución".

Sieyes señala tres etapas en la formación de un estado, en la primera etapa los individuos que viven aislados en un estado de naturaleza racionalmente concebido, resuelven reunirse y por este sólo hecho pasan a formar una nación; es en la nación donde el Poder Constituyente radica en forma indiscutible e inalienable.

En una segunda etapa, la nación lleva adelante la decisión de actuar en común y los asociados convienen en cuáles son las necesidades públicas y los medios para proveerlas, el poder ya pertenece al conjunto y es en este momento en el que nace la constitución.

 En la tercera etapa, los asociados son demasiados y están dispersos en una superficie tan extensa que no les permite ejercitar por si mismos su voluntad común, nace entonces el gobierno, ejercido por representantes de la nación. Cabe señalar la diferencia, siempre según Sieyes, entre el Poder Constituyente, no sujeto a constitución alguna, pues la nación existe ante todo y es el origen de todo sin otro limite que el que le impone el derecho natural, y el gobierno que ejerce un poder constituido, sujeto a las condiciones y limites que le impone la constitución.

 Teoría Fundacional - Revolucionaria de Maurice Hauriou.

Hauriou parte de la afirmación de una "súper-legalidad constitucional" que abarca algo más que la Constitución escrita, e incluye todos los prin­cipios fundamentales del régimen: Estos principios integran una especie de legitimidad constitucional, colocada por encima de la Constitución escrita". La organización de esa súper-legalidad constitucional debe reunir dos condiciones, l) la organización de una operación constituyente, con un Poder Constituyente que esté por encima de los poderes gubernamentales ordinarios los cuales ocupan el rango de poderes constituidos y con un procedimiento especial de revisión que da a la Constitución un carácter rígido 2) La organización de un control jurisdiccional de la constitucionalidad de las leyes ordinarias. La llamada operación constituyente es la suma del poder y del procedimiento, siendo el primero el que recibe el nombre de Poder Constituyente, porque es el poder fundador.

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