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Tributario


Enviado por   •  6 de Octubre de 2014  •  5.145 Palabras (21 Páginas)  •  190 Visitas

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Tarifa del Impuesto sobre la Renta

Las Tarifas constituyen los niveles de gravamen, que han sido establecidos por la norma tributaria, para gravar el enriquecimiento de las personas, expresadas en porcentajes, estas tarifas son progresivas, es decir, a mayor renta mayor porcentaje de imposición. Las rentas en están sujetas en Venezuela a tres diferentes tarifas de impuesto, las cuales no han sido cambiadas con respecto a la legislación anterior.

La Ley de I.S.R establece tres tarifas, en esta oportunidad hablaremos de la tarifa Nº1. Se aplica a las personas naturales domiciliadas en el país y a las herencias yacentes domiciliados o no en el país sobre la totalidad de los enriquecimientos obtenidos. Las personas naturales que no realicen actividades mineras o de hidrocarburos y a las asimiladas a ellas, como son las herencias yacentes y las firmas personales. Igualmente se aplica a las fundaciones y asociaciones sin fines de lucro. Con excepción de los exentos, exonerados. El sustraendo es la cantidad que se le resta al resultado obtenido después de aplicarle el porcentaje al enriquecimiento neto. No es parte de la tarifa del impuesto. Es un mecanismo para facilitar la aplicación de las tarifas progresivas al enriquecimiento global neto anual del contribuyente.

Se han establecido tres grupos de tarifas:

La Tarifa No. 1 - Personas Naturales se aplica a las personas naturales que no realicen actividades mineras o de hidrocarburos y a las asimiladas a ellas, como son las herencias yacentes y las firmas personales. Igualmente se aplica a las fundaciones y asociaciones sin fines de lucro. La Tarifa 1 es la más baja que contempla la ley (artículo 50).

El enriquecimiento global neto anual, obtenido por los contribuyentes a que se refiere el artículo 8 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, se gravará, salvo disposición en contrario, con base en la siguiente tarifa expresada en Unidades Tributarias (UT):

TARIFA No 1 Porcentaje *Sustraendo

Por la Fracción comprendida hasta 1.000 U.T 6% 0

Por la Fracción que exceda de 1000 hasta 1500U.T 9% 30

Por la Fracción que exceda de 1500 hasta 2000 U.T 12% 75

Por la Fracción que exceda de 2000 hasta2500 U.T 16% 155

Por la fracción que exceda de 2500 hasta 3000U.T 20% 255

Por la fracción que exceda de 3000 hasta 4000 U.T 24% 375

Por la Fracción que exceda de 4000 hasta 6000U.T 29% 575

Por la Fracción que exceda de 6000 U.T 34% 875

Nota: Para el enriquecimiento obtenido por personas naturales no residentes en el país sin base fija, el impuesto aplicable será de treinta y cuatro por ciento (34%).

La Tarifa No. 2 se aplica a las sociedades de capitales como compañías anónimas y a las personas asimiladas a ellas.

El enriquecimiento global neto anual, obtenido por los contribuyentes a que se refiere el artículo 9 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, se gravará, salvo disposición en contrario, con base en la siguiente tarifa expresada en Unidades Tributarias (UT):

Tarifa No 2 Porcentaje *Sustraendo

Por la fracción comprendida hasta 2000 U.T 15% 0

Por la fracción que exceda de 2000 hasta 3000 U.T 22% 140

Por la fracción que exceda de 3000 U.T 34% 500

La tarifa No 3 se aplica a los contribuyentes que solo perciban regalías o participaciones mineras y demás participaciones similares con un 60% y a las que se dediquen a la explotación de hidrocarburos y de actividades conexas con un 50%

Tarifa No. 3 - Personas que exploten minas e hidrocarburos

El enriquecimiento global neto anual, obtenido por los contribuyentes a que se refiere el artículo 11 y 12 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, se gravará, salvo disposición en contrario, con base en la siguiente tarifa expresada en porcentajes:

a) Tasa proporcional de sesenta por ciento (60%) para los enriquecimientos señalados en el artículo 12 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (Regalías Mineras)

b) Tasa proporcional de cincuenta por ciento (50%) para los enriquecimientos señalados en el artículo 11 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (Rentas derivadas de la explotación de Hidrocarburos)

Sobre las tarifas del ISLR aplicables se debe restar el sustraendo, esto es, aquellos montos que se restan por concepto de desgravámenes, rebajas, o créditos permitidos por la ley. Así púes, la mayoría de la actividad empresarial del País paga con tarifa 2, tanto si se trata de Bancos como empresas aéreas, compañías mineras, restaurantes o fábricas (artículo 52).

El Impuesto sobre la Renta tiene como fuente, objeto y base de cálculo los ingresos netos percibidos por las personas naturales, las personas jurídicas y otras entidades económicas, por ello es el impuesto más justo y equitativo, pues grava un signo cierto y seguro de riqueza, o sea, la riqueza ganada o renta; pero el más general y productivo.

La forma más directa, creciente, general y segura de medir tal capacidad de pago, y por ello, el impuesto sobre la renta, el mejor impuesto directo, constituye el tributo más utilizado en los nuevos sistemas tributarios, no sólo por su mayor productividad, sino también por su generalidad, elasticidad y equidad.

El Impuesto Sobre la Renta no solamente es el impuesto de mayor suficiencia financiera, sino que arroja mayores ingresos fiscales que otros tributos o ingresos públicos del Estado; y esto sucede hasta en Venezuela, cuyo fisco obtiene importantes ingresos derivados de la industria petrolera, en razón de que parte de los pagos fiscales de tal actividad, aún después de nacionalizada en nuestro país la citada industria, se hacen principalmente por el canal impositivo del impuesto sobre la renta.

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