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Auditoria

elyoki183 de Junio de 2014

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La Auditoría la podemos definir como una función de dirección cuya finalidad es analizar y apreciar, con vistas alas eventuales las acciones correctivas, el control interno de las organizaciones para garantizar la integridad de su patrimonio, la veracidad de su información y el mantenimiento de la eficacia de sus sistemas de gestión.

1. Auditoria financiera.

Es aquella que emite un dictamen u opinión profesional en relación con los estados financieros de una unidad económica en una fecha determinada y sobre el resultado de las operaciones y los cambios en la posición financiera cubiertos por el examen la condición indispensable que esta opinión sea expresada por un Contador Público debidamente autorizado para tal fin.

La opinión de Contador Público en la Auditoría Financiera está fundamentada en lo siguiente:

• Que el balance presenta razonablemente la situación financiera de la empresa en la fecha del examen y el resultado de las operaciones en un período determinado,

• Que los estados financieros básicos están presentados de acuerdo con principios de contabilidad de general aceptación y normas legales vigentes en Colombia,

• Que tales principios han sido aplicados consistentemente por la empresa de un período a otro.

Usuarios de la información financiera

Los estados financieros no están destinados solamente a los administradores de la empresa; también hay terceros interesados en conocer la posición financiera y el desarrollo de la empresa. Los terceros interesados son principalmente:

• Los accionistas de la empresa; les interesa el manejo del patrimonio de la sociedad y los rendimientos obtenidos como un medio para juzgar la eficacia de la administración.

• Posibles inversionistas; para tomar decisiones adecuadas como posibles socios.

• Acreedores y proveedores; porque pueden contar con mejores elementos de información en la vigilancia de sus créditos y para la ampliación de cupos.

• Bancos; para operaciones a corto y largo plazo para determinar la solvencia de sus presuntos deudores.

• El Estado; para cumplir con los requisitos Fiscales y disposiciones legales en el manejo de la empresa.

• El personal mismo de la empresa por medio de los sindicatos, en lo relacionado con pliegos de peticiones y cumplimiento de convenciones colectivas de trabajo.

Objetivos de la Auditoría Financiera

El objetivo principal es opinar si los estados financieros de una empresa presentan, o no razonablemente la situación financiera, el resultado de sus operaciones, y los cambios de su posición financiera.

El Comité Técnico de la Contaduría Pública en su pronunciamiento No. 7 plantea la siguiente definición y objetivos de la auditoria financiera:

La auditoria financiera tiene como objetivo la revisión o examen de los estados financieros por parte de un contador público distinto del que preparó la información contable y del usuario, con la finalidad de establecer su razonabilidad, dando a conocer los resultados de su examen, a fin de aumentar la utilidad que la información posee. El informe o dictamen que presenta el contador público independiente otorga fe pública a la confiabilidad de los estados financieros y por consiguiente, de la credibilidad de la gerencia que los preparó

Para cumplir lo anterior, el trabajo de auditoría implica, como finalidad inmediata proporcionar al propio auditor los elementos de juicio y de convicción que le permiten sustentar de una manera objetiva su dictamen. Esto conduce a que en cada caso determine, según las circunstancias, las pruebas que necesita para cumplir profesionalmente su trabajo.

La Auditoría Financiera se efectúa en forma externa, por su amplia utilidad de validar la información financiera frente a terceros, pero esto no implica que no pueda efectuarse en forma interna, aunque esto no es usual por lo restringido de su uso.

2. Auditoría fiscal.

La auditoría fiscal es el proceso sistemático de obtener y evaluar objetivamente la evidencia acerca de las afirmaciones y hechos relacionados con actos y acontecimientos de carácter tributario, a fin de evaluar tales declaraciones a la luz de los criterios establecidos y comunicar el resultado a las partes interesadas; ello implica verificar la racionabilidad con que la entidad ha registrado la contabilización de las operaciones resultantes de sus relaciones con la hacienda pública -su grado de adecuación con Principios y Normas Contables Generalmente Aceptados (PyNCGA)-, debiendo para ello investigar si las declaraciones fiscales se han realizado razonablemente con arreglo a las normas fiscales de aplicación.

Objetivos Auditoría fiscal:

• Determinar si sus sistemas contables son aceptables

• Conocer si el catálogo de cuentas es aceptable

• Verificar si se esta al día en el cumplimiento de sus deberes formales

• Detectar áreas de riesgo- Saber exactamente que correctivos aplicar

Objetivos:

General:

• Velar por el cumplimientos de los controles internos establecidos, Revisión de las cuentas desde el punto de vista contable, financiero, administrativo y operativo.

• Ser un asesor de la organización.

Específicos:

• Revisar y evaluar la efectividad, propiedad y aplicación de los controles internos.

• Cerciorarse del grado de cumplimiento de las normas, políticas y procedimientos vigentes.

• Comprobar el grado de confiabilidad de la información que produzca la organización.

• Evaluar la calidad del desempeño en el cumplimiento de las responsabilidades asignadas.

• Promover la eficiencia operacional.

Funciones

- Investigar los casos de denuncia y comisión de delitos fiscales allegándose al Secretario de Finanzas y Administración los elementos para que, en su caso presente ante el Ministerio Público la denuncia correspondiente o haga la declaratoria de que el fisco estatal, ha sufrido o pudo sufrir perjuicio; o tratándose de impuestos federales informe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la administración local jurídica de ingresos de esta entidad sobre la presunta comisión de delitos fiscales federales, en los términos de los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal;

- Asistir a las reuniones semestrales con las administraciones regionales y locales de auditoría fiscal competentes en las que participaran conjuntamente con la Dirección General de Auditoría Fiscal Federal, de Recaudación y Jurídica de Ingresos, en las que se evaluaran los avances y acciones realizadas por, el Estado;

- Imponer multas por. las infracciones a las disposiciones fiscales que rijan en materia de su competencia, así como las derivadas de los actos de fiscalización que lleve a cabo en los términos del convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal;

- Certificar copias de los documentos de trabajo elaborados con motivo de ejercicio de sus facultades de comprobación, así como de los documentos que obren en los archivos de la Dirección de Auditoría Fiscal; y

- Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables, así como el Secretario y el Subsecretario de Finanzas dentro de la esfera de sus atribuciones.

• Evaluar si existen riesgos económico-fiscales, para evitar o reducirlos.

• Analizar si se utiliza una estrategia que aprovecha todas las opciones y deducciones fiscales existentes.

• Confirmar si existe planificación fiscal y es la más adecuada con arreglo al entorno familiar y de futuro de la propiedad

3. Auditoría gubernamental.

Tradicionalmente la Auditoría Gubernamental se caracterizó por una simple revisión del cumplimiento de las normas legales que rigen la actuación de los funcionarios del Estado. Esto ha originado que la gestión estatal sea ineficiente aunque muy cumplidora de la normatividad vigente.

Es un lugar común afirmar que el peor administrador es el Estado y que la vigilancia a cargo de la Controlaría General de la República o de las Controlarías Departamentales o Municipales no tiene ningún tipo de resultado para evitarlo. Sin embargo la nueva Constitución Política de Colombia trata de cambiar esta situación, pues establece que la función pública del Control Fiscal, se ejercerá en forma posterior y selectiva y faculta a la Controlaría General de la República para ejercer un control financiero, de gestión y de resultados, lo cual es muy novedoso, pues cambia en forma sustancial el Control Fiscal que supuestamente se había venido ejerciendo.

Aplicando las normas constitucionales y el método utilizado hasta el momento para conceptualizar las diferentes

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