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COMERCIO INTERNACIONAL

guido3610 de Octubre de 2014

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IMPORTANTE: los temas desarrollados en esta Guía de estudio resultan

solamente un tutor de estudios, por tal, no son coincidentes estrictamente

en el orden que se desarrollan los contenidos del programa de

la asignatura. Los alumnos podrán consultar cualquier bibliografía que

haga a los contenidos de la materia y los obras indicada en el programa

lo son solo a los fines orientativos.

Los alumnos recibirán las orientaciones necesarias por los Docente Auxiliares

en el transcurso del semestre, a través del Foro de la Materia.

I.- Importancia y utilidad de la materia. Fundamentación:

Las profundas transformaciones que han ido ocurriendo en el derecho comercial -

económico (sin dudas una de las ramas más dinámicas del derecho) imponen la

necesidad de contar con normas que amparen el ejercicio de nuevas conductas. El

derecho debe acompañar el actuar empresario a los fines de preveer y evitar posibles

injusticias o abusos y por ello debe atender prioritariamente al sujeto por excelencia

de esta rama que es la empresa, jurídicamente concebida como sociedad. La Empresa

apareció por primera vez regulada en el "Code de Commerce" como una más

entre los actos de comercio configurativos de la calidad de comerciante. Con el transcurso

del tiempo y la evolución de los mercados, ha mejorado su posición dentro de

dicha clasificación logrando ocupar el lugar principal en el Derecho mercantil o comercial

por sobre el tradicional acto de comercio y la figura del comerciante. Wieland

y Mossa citados por Farina entienden que la empresa delimita y define el derecho

mercantil, y que sobre esta idea se comenzó a construir un derecho mercantil nuevo,

cuyo fundamento y cuyos límites pretenden identificarse con la empresa. A primera

vista parece tentador asimilar el vocablo de "empresa" con el de "sociedad" aún cuando

se trate de conceptos diferentes, sin embargo se trata de un error, que es más común

de lo que podría esperarse, en el que ha incurrido incluso el legislador nacional en

ciertas normas como el código de comercio (en los derogados arts. 748 y 753) o la ley

de inversiones extranjeras (22.208 art. 2).

Como lo entiende la mayoría de doctrina, el concepto de sociedad es instrumental

y sirve exclusivamente a los fines jurídicos de la organización (tanto empresaria como

no empresaria si se considera la posibilidad que otorga la ley a las asociaciones de

adoptar la forma de sociedad, cualquiera fuera su objeto, art. 3 L.S.). En tal sentido, la

sociedad como ente aislado se encuentra exhaustivamente regulada por la Ley 19550

desde el momento mismo de su nacimiento, debiendo reunir una serie de requisitos

indispensables para su reconocimiento legal. Es en el marco de esta legislación donde

deberá moverse el alumno con facilidad para comprender y aprehender las distintas

fases que pueden darse en la vida de una sociedad.

Carrera: Administración de Empresas - Contador Público

Curso: 3º Año

Materia: Derecho Comercial II

Profesor Titular: Dr. Emilio Cornejo Costas

Profesor Adjunto: Dr. Pablo Castañeda Santos

Año Académico: 2010

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La personalidad como instrumento técnico para la imputación de responsabilidad

patrimonial en las relaciones jurídicas es una herramienta desarrollada con las particularidades

impuestas por la realidad económica de cada comunidad organizada. El

carácter y la funcionalidad de las figuras asociativas así como su manejo interno han

de ser instituciones conocidas con profundidad por el alumno de grado, tanto en su

aspectos legales cuanto reglamentarios, y prácticos (esto últimos seguramente en

forma no tan extensa como los demás aspectos).

El campo abordado por esta asignatura va desde la filosofía del derecho,(al tocar

temas tales como la naturaleza jurídica del ente social, las teorías de la doctrina que

a ello se refieren) para luego comenzar a relacionar los contenidos con otras ramas

del derecho, tales como el derecho constitucional y el derecho comercial, en su parte

general, que será el que ha enseñado al alumnos los conocimientos básicos del derecho

mercantil, desde los contratos comerciales y de empresa, los títulos de crédito

como grandes medios de circulación de valor y riqueza y las sociedades comerciales,

quienes personifican modernamente los emprendimientos empresarios. Finalmente

se abordará la parte especial del derecho societario, en el estudio de todos los tipos

societarios admitidos así como también otras figuras contenidas en la ley de sociedades

comerciales, como los contratos de colaboración empresaria.

II.- Objetivos

En el marco enunciado precedentemente esperamos que los alumnos logren:

1.- Comprender el significado del derecho societario en su parte general, como

regulador de la vida societaria y, en especial, empresaria.

2.- Conocer y comprender el funcionamiento de los "tipos" de la ley de sociedades

comerciales .

3.- Que el alumno conozca la "letra" de la ley: es decir que sepa acabadamente

cuál es el régimen aplicable a cada situación de hecho y derecho presentada

durante la vida de la sociedad.

4.- Asimismo, teniendo en cuenta el gran cúmulo de situaciones que se regulan

por la ley 19550, es conveniente que los alumnos razonen los contenidos de la

normativa de cada caso, pues el estudio simplemente memorioso de la norma,

no es útil a efecto de interpretar, colegir y analizar en cada caso, de qué manera

corresponde su aplicación. En definitiva, que el alumno sea capaz de asumir

actitudes de reconocimiento de las situaciones de índole legal que se presentan

en la empresa moderna

5.- Familiarizarse con el lenguaje apropiado, a fin de mantener una mejor comunicación

cuando se constituyan en los asesores legales de las empresas y sociedades.

6.- Aplicar las instituciones del derecho, y en particular del derecho comercial, a

una empresa, sociedad y a la construcción y funcionamiento que se haga de la

misma.

Es conveniente que el alumno lea cuidadosamente todos los contenidos del programa,

que encontrará al comienzo del módulo, cuyo valor es meramente indicativo

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y de consulta, y sirve sólo para tener una primera aproximación de los temas que

estudiaremos a lo largo de la asignatura.

III.- Comunicación con los alumnos

En la educación a distancia, el éxito de sus estudios dependerá del esfuerzo y

dedicación que ponga el alumno en la tarea; el profesor cumple una función predominantemente

de coordinador de la asignatura, y lo "acompaña" en ese proceso. Por

ello es fundamental que planifique y organice su tiempo.

Si bien el material bibliográfico recomendado y el módulo como guía, son útiles y

suficientes para el estudio independiente, es importante que aproveche los demás

medios de comunicación que ofrece la Universidad, como el foro de la materia, y la

posibilidad de enviar mails a los profesores para cualquier inquietud o duda que se le

presente, ya que en ellos podrá además de aclarar dudas, profundizar los contenidos

o solucionar problemas que se le pudieran presentar. Dejo establecido que responderé

"el foro" todos los martes y jueves con seguridad y cuando me sea posible los

demás días de la semana también, a fin de que las respuestas lleguen a los alumnos

con la mayor celeridad, igualmente ante preguntas, problemas o inquietudes urgentes:

mi dirección de correo electrónico es mflorencia@estudiocamisar.com.ar.

IV.- Programa de la Asignatura

UNIDAD I

1.- Derecho societario. Importancia de la materia. Motivo por los cuales se constituyen

sociedades (legales-impositivos- jurídicos-económicos, etc.).

2.- Sociedades comerciales: concepto, art. 1º ley 19.550: Análisis. Naturaleza Jurídica.

Teorías: Personalidad de la sociedades. Abuso. Desestimación o

inoponibilidad de las personalidad jurídica: Análisis legal. Jurisprudencia. Breve

reseña histórica. Desenvolvimiento. Antecedentes argentinos.

3.- Clasificación de las sociedades en base a: responsabilidad, capital, forma de

constitución y otros elementos.

4.- Diferencias entre sociedades comerciales y civiles: asociaciones y cooperativas.

Sociedad, empresa y fondo de comercio. Diferencia con otras figuras jurídicas.

Comercialidad de las sociedades. Tipos societarios admitidos. Enumeración

y características principales de cada uno.

UNIDAD II

5.- Normas generales sobre forma u procedimiento de constitución de sociedades

comerciales. Contenido de acto constitutivo. Aspectos y elementos que deben

tenerse en cuenta al constituir una sociedad comercial Facultades del Juez de

registro. Publicación, inscripción y legajos. Modificaciones del contrato social,

requisitos. Control administrativo y judicial: sistemas, recursos.

6.- Sociedades no constituidas regularmente. Sociedad de hecho e irregular. Concepto.

Características: Regularización. Disolución. Receso.

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