ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Codigo Bustamante


Enviado por   •  27 de Octubre de 2014  •  848 Palabras (4 Páginas)  •  518 Visitas

Página 1 de 4

CÓDIGO BUSTAMANTE

NOCION

Es un tratado que pretendió establecer una normativa común para América sobre el Derecho internacional privado. La idea de dicha normativa común fue promovida por Antonio Sánchez de Bustamante y se concretó durante el 6° Congreso Panamericano celebrado en Cuba en 1928, específicamente en el documento final, el Tratado de La Habana, se adjunta en el anexo el Código de Derecho Internacional Privado.

El Código en cuestión no tuvo gran aceptación; Estados Unidos se retiró a mitad de las negociaciones, México y colombiano firmaron dicho tratado, Argentina, Uruguay y Paraguay decidieron regirse por las normas de Montevideo en lo relativo al Derecho Internacional Privado, y el resto de los países ratificaron con grandes reservas. Es meramente un conjunto de normas las cuales pretenden regular las relaciones jurídicas de tráfico externo entre los países partes del tratado. Las reservas mencionadas previamente se refieren a varios de los Estados discrecionando el uso de este Código en los casos que contradiga la legislación interna del país, por lo cual el propósito en sí del mismo se ve ciertamente desvirtuado.

Artículo único.- Ratificase la Convención suscrita en La Habana el 13 de febrero último, que acepta y pone en vigor el Código de Derecho Internacional Privado, llamado "Código Bustamante", con las reservas que en acta respectiva consignó la Delegación de Costa Rica, entendiéndose que en cuanto a nuestra legislación esa reserva comprende no sólo la vigente, sino la que pueda dictarse en lo futuro.

Cleto González Víquez presidente constitucional de la república de Costa Rica, Por cuanto el día trece de febrero de mil novecientos veintiocho y en el seno de la Sexta Conferencia Internacional Americana, reunida en La Habana, suscribieron los Delegados de Costa Rica la Convención que adopta el Código de Derecho Internacional Privado cuyo tenor literal es el siguiente:

Los Presidentes de las Repúblicas de Perú, de Uruguay, de Panamá, de Ecuador, de México, de El Salvador, de Guatemala, de Nicaragua, de Bolivia, de Venezuela, de Colombia, de Honduras, de Costa Rica, de Chile, de Brasil, de Argentina, de Paraguay, de Haití, de República Dominicana, de Estados Unidos de América y de Cuba.

Los cuales, después de haberse comunicado sus plenos poderes y hallándolos en buena y debida forma, han convenido lo siguiente:

Artículo 1. Las Repúblicas contratantes aceptan y ponen en vigor el Código de Derecho Internacional Privado anexo al presente Convenio.

Artículo 2. Las disposiciones de este Código no serán aplicables sino entre las Repúblicas contratantes y entre los demás Estados que se adhieran a él en la forma que más adelante se consigna.

Artículo 3.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.5 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com