Crítica y Casos “Sobre la ética de los abogados”
Mijhail12345Apuntes2 de Septiembre de 2019
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Crítica y Casos
En el artículo “Sobre la ética de los abogados” Manuel Atienza es de la posición del abogado moralista, entendiendo por tal, al abogado que es consciente de que se pueden cometer acciones gravemente inmorales sin infringir el Derecho o, mejor dicho, haciendo uso del mismo; y que quien contribuye a esos males no puede justificar su conducta alegando que se limita a defender los intereses de sus clientes o a hacer posible su autonomía o que desarrolla un rol profesional.
Al respecto, considero que dicha posición contiene la falencia de partir asumiendo que el abogado es consciente que puede realizar acciones inmorales con el derecho como instrumento, este escenario sería razonable para las conductas en las cuales se pueda prever el resultado, pues en los casos en los cuales los efectos se descubren (mayoría) después de haber decidido, el postulado carecería de fundamento. Asimismo, el grado de “consciencia” que hace referencia el autor no es unánime, es decir, no se puede considerar que TODOS los abogados tienen conocimiento del efecto malverso que podrían generar ciertas instituciones del derecho.
En lo concerniente a las justificaciones que hace referencia el autor, concuerdo con el mismo, pues no se puede limitar las conductas, o catalogarlas como moral, únicamente porque no se transgrede una norma positiva.
A continuación, planteó 2 casos donde se podría analizar los dilemas éticos que enfrentan los abogados:
Caso 1 "Decisión de Patrocinio"
Un funcionario público acusado del delito de lavado de activos, que aún no tiene una sentencia condenatoria, acude a un estudio de abogados expertos en derecho tributario para contratar los servicios de reestructuración patrimonial y determinación de impuesto anual.
Al respecto, nos podríamos consultar lo siguiente: ¿sería ético que los abogados a cargo acepten brindar sus servicios.? ¿Qué sucede si aceptan el trabajo y conocen de hechos que inculpan al cliente? ¿En este caso deberían desistir de prestar sus servicios?
La ética, llámese moral, que es un concepto subjetivo, dependerá de la perspectiva de cada persona. Por ello, considero que no alteraría la moral aceptar el trabajo, pues el ejercicio de la abogacía como una profesión “social y moralmente necesaria”. Es decir, en el ejercicio de la profesión el actuar del abogado debe limitarse a sus competencias específicas sin realizar un juzgamiento respecto a hechos mientras son especulaciones.
Si en el desarrollo del trabajo se toma conocimiento de hechos que inculpen al cliente, considero que se debería de finalizar los servicios, pues adicionalmente al límite que imponen las normas y a las especulaciones, se encuentra la moral de cada persona y, con ello, la libertad para decidir sobre sus acciones.
Caso 2 “Publicación de libro”
Un reconocido abogado penalista mediático por defender a ex presidentes de la República ha anunciado la publicación de un libro, mediante el cual revelará los detalles, estrategias y contingencias que se suscitaron en uno de los casos más mediáticos del país, en el cual dicho abogado fue abogado defensor.
Al respecto, nos consultamos: ¿La próxima publicación del libro resulta acorde con la ética y el respeto al secreto profesional?
Al margen de que existe en el Código de Ética del Colegio de Abogados de Lima y otros colegios similares, el deber y derecho del secreto profesional. Considero que el compromiso con el cliente durante y después de asunto para el que el cliente contrato al abogado va más allá de las normas. Es decir, en este caso, el abogado debió analizar los efectos que conllevará su publicación, posiblemente un juzgamiento social sobre su cliente, en base al contenido del libro. En ese sentido, soy de la opinión que los abogados deben cuidar de su cliente – en las materias por las que fue contratado – incluso después de culminado la relación cliente-abogado.
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