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DEFINICIÓN DE PRESUPUESTO PÚBLICO


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2016  •  Reseñas  •  10.154 Palabras (41 Páginas)  •  294 Visitas

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DEFINICIÓN DE PRESUPUESTO PÚBLICO

Atendiendo los propósitos que se persigan, el presupuesto público puede ser definido de distintas maneras. Pero en este documento lo consideraremos como un instrumento financiero, administrativo y de manejo macroeconómico, formulado por el gobierno y demás entes públicos, aprobado, por lo regular, por una corporación de elección popular (Congreso, asambleas, concejos) otras veces por juntas o consejos directivos, en el cual, y en concordancia con normas anteriores, un programa de gobierno, políticas públicas existentes y otras herramientas económicas y financieras, se proyectan los posibles ingresos que percibirán y a la vez se estiman los montos de los gastos en que incurrirán los entes públicos en una vigencia fiscal  (usualmente un año), en procura de proveer de bienes y servicios de la comunidad, redistribuir el ingreso, lograr la estabilidad económica y propender por el bienestar de toda la población.

El presupuesto no solo sirve a fines netamente financieros, también es una herramienta administrativa que le sirve al gerente público para conocer el avance de sus programas, políticas y proyectos y, cuando sea del caso, adoptar las estrategias o introducir los correctivos pertinentes. Es, además, y por obvias razones, el más importante medio para ejecutar el plan de desarrollo. De hecho, la Constitución señala que el presupuesto debe reflejar los planes y programas vigentes y este mandato es un principio presupuestal. Como quiera que el plan de desarrollo, al menos en el nivel territorial, se fundamenta en el programa de gobierno que al momento de su inscripción presentó el aspirante a Gobernador o Alcalde, puede afirmarse, entonces, que el presupuesto es la traducción a unidades monetarias de un programa que resultó victorioso en una contienda electoral. También puede aseverarse que el presupuesto es un instrumento de la política fiscal en particular y de la económica en general, que tiene como fin contribuir al logro de los propósitos de una y otra. En efecto, se recordará que la política económica tiene entre sus instrumentos a las políticas fiscal, monetaria y cambiaria, y que la política fiscal tiene como campo de estudio o de actuación los tributos, el gasto público y el endeudamiento. Estos tres últimos conceptos se consolidan y armonizan en un cuarto: el presupuesto público. Así las cosas, a través del presupuesto se concretan los principales propósitos gubernamentales en materia económica, aspectos estos que tratamos al comienzo de esta obra.

El presupuesto general de la nación debe ser aprobado por el Congreso de la República, idéntica función, en sus respectivos ámbitos, tienen las asambleas departamentales y los concejos municipales y distritales. Para el caso de las empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional y asimiladas a estas, la ley ha previsto que si cumplen con ciertos requisitos el Consejo Nacional de Política Fiscal -CONFIS -  puede delegar en sus juntas o consejos directivos la aprobación de sus presupuestos.

Es bueno destacar que a través del presupuesto no se pueden establecer o decretar nuevos tributos o gastos. En él lo que se incorpora son los recaudos que se proyecten de los tributos decretados con anterioridad en otras normas. Lo mismo sucede con los gastos. Para que un gasto sea incorporado al presupuesto previamente ha dEBIdo existir una ley, decreto o mandato judicial ordenándolo. En el presupuesto se intentará equilibrar los ingresos con los gastos; de existir déficit, este se cubrirá con endeudamiento, previo el cumplimiento de algunos requisitos.

También es preciso tener en cuenta que a parte de las políticas del gobernante de turno, también es necesario considerar la continuidad de las formuladas con anterioridad o por niveles de gobierno de mayor jerarquía. Así mismo el presupuesto debe enmarcarse dentro de otros instrumentos de manejo financiero como son el plan de desarrollo,  programa macroeconómico, plan financiero, metas de superávit primario, marco de gastos de mediano plazo, entre los más importantes.

Sea cual fuere la concepción que se tenga del presupuesto lo cierto es que ésta es por excelencia la herramienta más importante para la gestión financiera dentro de las entidades gubernamentales.

EL BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN

Antecedentes: El año de 1989 marca un hito en la historia del sector público colombiano porque en ese año se tramitó un importante cambio en la normatividad relacionada con el manejo del Presupuesto General de la Nación. Con la promulgación de la Ley 38, conocida como el Estatuto Orgánico del Presupuesto, adicionalmente a la introducción de mejoras a las incongruencias observadas hasta ese entonces entre la programación presupuestal y los equilibrios macroeconómico y fiscal, se incorpora una innovación importante: la introducción del Banco de Proyectos de Inversión Nacional, conocido desde ese entonces como BPIN, herramienta básica para la racionalización del gasto público y para el fortalecimiento de las actividades de pre inversión, fundamentales en todo proceso importante de toma de decisiones.

El BPIN es la instancia que por medio de sus componentes y funciones, liga la planeación con la programación y el seguimiento de programas y proyectos de inversión pública.

Recursos y registro de los proyectos ante el Banco de Proyectos: El acceso a los recursos de inversión del Presupuesto General de la Nación por parte de entidades nacionales o territoriales se hace a través de proyectos dEBIdamente formulados y evaluados en metodologías avaladas por el BPIN por las entidades públicas.

Si el proyecto requiere recursos del Presupuesto General de la Nación, éste debe ser presentado para registro a través de una entidad pública nacional. Los proyectos de iniciativa de las entidades públicas nacionales deben seguir el procedimiento indicado a continuación:

1. El proyecto debe ser formulado y evaluado por la entidad responsable del proyecto, utilizando la metodología BPIN general o la específica, de acuerdo al sector al que pertenezca el proyecto.

2. Una vez evaluado el proyecto, la entidad responsable diligenciará la ficha EBI, en la que se sintetizan los principales datos contenidos en la evaluación del proyecto. Esta información es grabada en la base de datos de la entidad responsable en el aplicativo BPIN.

3. Posteriormente, la entidad responsable remite el proyecto en transmisión magnética, junto con la evaluación del proyecto y copia de la ficha EBI, al ministerio o departamento administrativo al cual está adscrita la entidad, para que surta el proceso de viabilidad y se registre el proyecto en la base de datos delegada del BPIN.

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