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Demanda Aplicable


Enviado por   •  23 de Febrero de 2014  •  2.639 Palabras (11 Páginas)  •  268 Visitas

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Exp. Nº:

Secretario:

Escrito Nº: 01

Cuaderno Principal.

DEMANDA PROCESO CONSTITUCIONAL DE AMPARO.

SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL.

CARLOS ALBERTO SEGUNDO FRANCO QUIPUZCO, identificado con DNI. 40880623, con domicilio real en Los Jazmines 414 y procesal cito en el Jr. Diego de Almagro 545 Of. 204 de esta ciudad; me apersono ante usted y con respeto digo:

I.- PERSONERÍA Y LEGITIMACIÓN PROCESAL.-

Conforme se recauda la ingente cantidad de documentales, el recurrente es alumno de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Privada Antenor Orrego, con Código de Estudiante ID 000001385; en tal sentido me encuentro vinculado a esta Casa Superior de Estudios a la cual emplazo con la presente demanda de amparo.

II.- ENTIDAD EMPLAZADA CON LA DEMANDA.-

Se interpone el presente PROCESO CONSTITUCIONAL DE AMPARO; el mismo que la dirijo contra la UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO; la que será notificada a través de su representante legal en su domicilio institucional ubicado en la Av. América Sur 3145 Urb. Monserrate – Trujillo.

III.- PETITORIO.-

En el ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia se interpone PROCESO CONSTITUCIONAL DE AMPARO contra la UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO solicitando el CESE DE LA VIOLACIÓN a los derechos constitucionales de contenido constitucional directo que se precisarán líneas abajo como fundamentos de nuestra demanda y se me REINCORPORE en mi condición de alumno en el ciclo académico correspondiente en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad emplazada.

En tal sentido, la presente demanda de Amparo se dirige a que se declare inaplicable, tanto la Resolución N° 168-2006-FCCEE-UPAO-D emitida por el Consejo de Facultad de la Facultad de Ciencias Económicas, por la cual se me aplica la sanción de suspensión como estudiante de la Escuela Profesional de Economía por el término de tres años; así como la Resolución Rectoral N° 2953-2006-R-UPAO, (Ver ambas Resoluciones en Anexo 1-A) que confirma la resolución de la Facultad de Ciencias Económicas y mantiene la grosera suspensión, que configura tácticamente una real expulsión de mi persona como estudiante universitario.

En tal sentido, y tal y como indica el art. 55 del Código Procesal Constitucional en sus incisos 2 y 3; la sentencia que declare fundada mi demanda deberá contener en su parte resolutiva, tanto la declaración de nulidad de las resoluciones antes mencionadas, que han vulnerado mis diversos derechos constitucionales que se indicarán en la parte pertinente de la presente demanda; así como la restitución de dichos derechos constitucionales reincorporándoseme en el ciclo lectivo correspondiente como alumno de la Escuela Profesional de Economía; y disponiéndose por otro lado, Señor Juez, que el ciclo anterior, que hace poco ha fenecido, sea objeto de una evaluación especial, pues su no culminación ha sido consecuencia de la ilegalidad administrativa, que ha hecho que pierda un ciclo lectivo.

La sentencia deberá declarar además, Señor Juez, la expresa condena de costas y costos.

IV.- FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA DEMANDA.-

Con el fin de ubicar a su Despacho en el real contexto en el que se ubica la sanción que me ha sido impuesta por la Universidad emplazada, se van a exponer a continuación, en forma detallada, los hechos que demuestran que dicha sanción no constituye otra cosa que la represalia de algunos docentes de dicha Casa Superior de Estudios por la crítica frontal que he hecho tanto a su desempeño como catedráticos, como a la gestión que a nivel ejecutivo vienen realizando tanto en la Facultad de Ciencias Económicas como en la Universidad.

Es por tanto, crucial en el presente proceso, Señor Juez, que complementariamente a los fundamentos de derecho que sustentan tanto la inaplicabilidad de las resoluciones objeto del presente proceso de amparo, como la arbitrariedad y desproporcionalidad de la sanción impuesta, y que desglosaré en ítem independiente; observe vuestro Despacho los fundamentos de hecho, pues estos demuestran que es justamente mi condición de líder del principal grupo opositor que existe en la Universidad, la única razón que explica la desproporcionada suspensión de tres años; puesto que, en los hechos se pretende liquidar una permanente actitud crítica de nuestro movimiento estudiantil denominado “Universitarios Líderes para el Desarrollo”

4.1. DESEMPEÑO COMO LÍDER DE LA AGRUPACIÓN ESTUDIANTIL ULD Y RELACIÓN CON LAS AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD.-

1. El 25 de junio del 2004 los alumnos Sixto Otoya y Daniel Meza presentan una carta ante el Director de Escuela de Economía, Mg. Hugo Vásquez, solicitando garantías ante las amenazas que el docente Luis Amaya Lau había expresado en clases (Anexo 1-B). Conforme se aprecia en el documento, estas amenazas simplemente son fruto del reclamo que hicieran los alumnos por el deficiente método de enseñanza empleado por el mencionado catedrático. Es de resaltar aquí, que el profesor Amaya Lau, sindica a mi persona como líder de una “movida para tumbarlo”. Esto demostraba desde ya la animadversión del referido docente hacia mi persona, pues me endilgó la responsabilidad de una situación que él mismo había generado con su ineficiencia. Y por lo demás, Señor juez, conforme apreciará en dicho documento, mi persona no tenía nada que ver con el reclamo de estos alumnos contra dicho profesor.

2. Como respuesta a la solicitud antes referida, el mismo día 25 de junio, el Director de Escuela de Economía, Mg. Hugo Vásquez, emite la carta N° 001-2004-EPE-FCCEE-UPAO, en la cual expresa a los alumnos solicitantes su compromiso de cautelar los intereses de los alumnos e informa que el docente Amaya Lau ha sido advertido de que su comportamiento debe expresar una moralidad intachable y un fiel respeto a la conducta ética que la sociedad exige (Anexo 1-C).

3. Pese a esta advertencia, el profesor Amaya Lau sigue atacándome en clase por lo que mediante carta del 07 de julio del 2004 solicito al Director de Escuela de Economía recepcionar una copia del trabajo del curso de Economía Sectorial que imparte el mencionado docente, a fin de que la nota que deba corresponder a dicho trabajo no sea alterada (Anexo 1-D).

4. La situación de incertidumbre prosigue y es así que el 06 de setiembre del 2004, mi madre se ve obligada a

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