Derecho Mercantil
klipertico13 de Junio de 2012
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DERECHO MERCANTIL
Ámbito histórico.
1)- Origen y evolución del Derecho Mercantil:
El Derecho Mercantil tuvo su origen en Italia a finales de la edad media. Es en esa época cuando nace en propiedad, con configuración propia.
En el siglo 6 Romano, por orden de Justiniano y dirigidas por el jurisconsulto Triboniano, se compiló el Digesto y las Institutas, que comprenden particularmente el IUS CIVILE y el IUS GETIUM. El derecho civil romano contempló con suficiente amplitud todas las instituciones jurídicas que aún existen y, por consiguiente, las normas general que regulaban las relaciones comerciales de la época no tipificada como tales.
En Venezuela, las normas reguladoras del Derecho Mercantil, eran las contenidas en las ORDENANZAS DE BILBAO, dictadas en el año 1737, y en el Reglamento de Comercio Libre de España y las Indias de 1778, entre muchas otras, que rigieron hasta la promulgación del primer Código de Comercio venezolano en el año 1862, por mandato de la Ley del Congreso de la Gran Colombia de fecha 13 de mayo de 1825.
Concepto de Derecho Mercantil
Es la rama del derecho privado, integrada por principios legales y doctrinales encaminados a estudiar y disciplinar el ejercicio profesional de una actividad económica organizada que está dirigida a la producción o al cambio de bienes o de servicios, y también a los particulares actos en que se concreta la materia comercial, cuya finalidad consiste en regular la práctica comercial.
El derecho mercantil es un derecho profesional que corresponde a una clase determinada (los comerciantes), de allí que es de la competencia, el estudio del comerciante en todas sus facetas, y además el de otras instituciones que surgen a su alrededor y a propósito de la actividad que desempeña.
Sistemas Fundamentales del Derecho Mercantil
1. El sistema Subjetivo:
Parte de la idea de que el Derecho Mercantil es el derecho de los comerciantes.
2. El sistema Objetivo:
Parte del supuesto de que el derecho comercial es el derecho de los actos de comercio, por cuanto es la ley la que califica cuáles actividades son comerciales, independientemente de las personas que la ejecutan.
3. El sistema Mixto:
Este sistema se basa en la combinación de las nociones de comerciante y de acto de comercio. Tiene en cuenta la participación del comerciante en el ejercicio del comercio, pero admite al mismo tiempo, que ciertos actos son comerciales aunque sean realizados por no comerciantes.
El derecho mercantil venezolano ubica su estudio en el sistema mixto, pero hace mayor énfasis en la teoría objetiva.
Características del Derecho Mercantil:
• La universalidad:
El derecho mercantil tiene como característica ser universal, por cuanto el tráfico comercial es un fenómeno universal; es decir que el derecho mercantil es de carácter permanente y simultáneo y ocurre en todas partes del mundo.
• Carácter Consuetudinario:
Toda vez que la ley no puede surgir con la perentoriedad que reclama la actividad comercial, el sentido práctico del comerciante suple el silencio de la ley y da paso de esa manera al nacimiento de una nueva norma que cubrirá en su oportunidad la laguna de la ley, es decir que este derecho se basa en la costumbre.
• La Celeridad:
Este carácter es recogido en la ley y hacen que se tomen soluciones prácticas que se adapten a la realidad, cuya formalización se hace con el simple consentimiento manifestado sin cubrir ninguna formalidad.
• La Seguridad: El carácter de la seguridad constituye un sistema jurídicamente seguro, mediante el cual las partes contratantes encuentran la suficiente protección legal de sus intereses.
• Crédito:
El crédito dentro del comercio es sinónimo de confianza y surge mediante la solvencia moral y económica del comerciante.
• La Equidad:
Consiste en un comportamiento equitativo, justo, que dignifique el comercio, evitando transitar por los peligrosos caminos del denominado mercado negro.
Fuentes del derecho Mercantil:
• La ley:
Es el conjunto de principios normativos de derecho positivo que disciplinan la materia comercial.
• La Costumbre:
Constituye la segunda fuente del derecho comercial y sirve para interpretar la voluntad de los contratantes o para suplir el silencio de la ley.
• La Jurisprudencia:
Son las distintas sentencias dictaminadas por los respectivos Tribunales de Justicia en lo relacionado con algún caso comercial.
Relaciones del Derecho Mercantil con otras ramas de la Ciencia Jurídica:
1. Con el derecho civil:
El derecho mercantil tiene que tomar del derecho civil, en una forma continuada y permanente, los principios legales y doctrinarios contenidos en éste.
2. Con el derecho procesal:
Tiene relación con el derecho mercantil, ya que muchos de sus principios por razones de accesoriedad sistemática se encuentran enlazados a los del derecho mercantil.
3. Con el derecho penal:
El derecho mercantil se relaciona con el derecho penal, porque este derecho mediante su Código Penal, establece pena para todo aquel que cometa un delito en el ejercicio de determinadas actividades comerciales.
4. Con el derecho del trabajo:
Las relaciones del derecho mercantil con el derecho del trabajo se manifiestan en la reglamentación que hace este derecho de los colaboradores y auxiliares para proteger sus intereses.
5. Con el derecho agrario:
Las relaciones del derecho mercantil con el derecho agrario surgen fundamentalmente en su afán de distinguir la actividad agrícola de la comercial.
Actos de comercio
Concepto
Generalmente se considera imposible formular un concepto de acto de comercio, porque la disposición que los consagra es amplísima y comprende organizaciones (empresas), contratos, negocios, operaciones complejas, hechos ilícitos y situaciones de hecho. Por la diversidad del contenido de la materia, se adelantan nociones muy amplias que tratan de abarcar lógicamente, todo el espectro del campo que se pretende delimitar, por ejemplo, “que los actos de comercio pueden ser definidos como aquellos hechos que producen efecto en el ámbito jurídico-mercantil, comprendiéndose tanto los que dependen de la voluntad de los hombres (actos propiamente dichos), como también aquellos acontecimientos independientes de la voluntad humana que tienen realidad en el mundo exterior, pero que de alguna manera producen tales efectos.
Clasificación de los actos de comercio:
Se clasifican en:
• Objetivos
• Subjetivos
• Unilaterales o mixtos
Los objetivos se clasifican en:
• Absolutos
• Relativos
Actos de comercio en sentido absolutos
Son aquellos cuya naturaleza comercial está implícita al acto mismo. Su comerciabilidad se destaca atendiendo a la naturaleza intrínsecamente comercial del acto en sí.
En este sentido, actos de comercio en sentido absoluto, son: la compra y la venta de un establecimiento comercial y de las acciones o de las cuotas de una sociedad mercantil; la creación de empresas para la realización de actividades comerciales; los actos relacionados con los instrumentos cambiarios, salvo las excepciones legales; las operaciones de banco y las de cambio; las operaciones de bolsa, las actividades con la navegación, etc.
En este sentido tenemos:
La compra y la venta de un establecimiento de comercio y la de las acciones o de las cuotas de una sociedad mercantil:
Establecimiento de comercio es sinónimo de fondo de comercio, y constituye el conjunto de bienes materiales e inmateriales organizados por el comerciante para el ejercicio de su actividad mercantil. Y el acto de compra o de venta de un establecimiento de comercio expreso, por la materia comercial que integra el acto. Es una cosa comercial mediante la cual se explota una determinada actividad comercial y por lo tanto, el negocio que sobre él se realice, tiene que ser comercial. No puede ser de otra índole. Igual naturaleza debe tener si a cambio de celebrarse una venta, se realiza un arrendamiento, pues el objeto de dicho contrato lo constituye una cosa de naturaleza estrictamente comercial. La venta o la compra de acciones o de cuotas de una sociedad mercantil, no civil, es un acto de comercio por cuanto dichos títulos o derechos, integran el patrimonio de una persona jurídico comercial (sociedad), y mal puede originarse de un negocio de una cosa comercial, otro que no lo siga siendo.
Actos de comercio en sentido relativo
Dentro de este grupo de actos se distinguen las siguientes categorías:
a) Actos de comercio atendiendo a la intención de las partes.
b) Actos de comercio en atención a la causa que los determina
c) Actos de comercio atendiendo al sujeto que le imprime el carácter comercial.
a) Actos de comercio atendiendo a la intención de las partes:
Dentro de esa categoría se consideran los actos señalados en
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