Derecho constituyente y derecho constituido
sergioxhcEnsayo18 de Noviembre de 2015
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Nombre.- Sergio Hernández Coello
Paralelo.- “C”
Fecha.- 29/10/2015
Poder constituyente y poder constituido, deferencias entre ambas.
En el año 2008, en el Ecuador entro en vigencia una constitución basados en los elementos constitutivos de un estado (territorio, población, soberanía). La nueva constitución fue elaborada mediante a una Asamblea Nacional Constituyente, en donde se le otorgaron a un grupo de personas un poder constituyente para así poder crear dicha constitución. Este poder constituyente es temporal, ya que, una vez cumplida su labor, el poder constituyente desaparece.
Una vez que la nueva constitución es aprobada, aparecen los poderes constituidos, estos poderes constituidos son los poderes que otorgan la nueva constitución. Estos poderes son creados por el poder constituyente. El poder constituido es limitado, ya que no puede actuar más de la competencia que le otorga la constitución.
Poder constituyente
El poder constituyente es el poder que se le otorga a una persona, previamente elegida por una consulta popular, para elaboración de un nuevo ordenamiento jurídico, mediante una asamblea constituyente. Las tres características básicas del poder constituyente: son únicos, extraordinario e ilimitado.
El poder constituyente es la voluntad directa que tiene el pueblo, para construir un sistema de estado que más le convenga.
Según el ab. Luis María Bandieri” El pueblo es el único sujeto político soberano y se constituye como sujeto del poder constituyente; sé hace consiente de su capacidad política de actuar y se da a sí mismo una constitución. Toma primero conciencia de su calidad de único sujeto político soberano y se da en consecuencia una constitución. “Es decir, el poder constituyente es el poder que tiene el pueblo para poder crear una constitución que e convenga mejor, ya que la constitución está al servicio del pueblo.
El jurista argentino Carlos Sánchez Viamonte asegura que “el Poder Constituyente, consiste en la suprema capacidad y dominio del pueblo sobre sí mismo para darse una organización política y un ordenamiento jurídico. “Es decir que el poder constituyente es un signo de democracia pura.
Poder constituido
Es el conjunto de órganos e instituciones creadas por el poder constituyente, es el poder que ejerce un gobierno dentro de una nación.
El poder constituido se caracteriza por ser poderes creados por el constituyente, son limitados ya que no pueden actuar más allá de su competencia, tiene múltiples funciones (legislativo, administrativo, judicial, etc.), fueron creadas con el propósito de gobernar.
Es limitado, porque está sujeto a las condiciones que establezca la Constitución, ya que solo tiene la potestad, para aprobar la enmienda o reforma de la Constitución, según el procedimiento ya preestablecido en la misma.
Diferencia entre poder constituyente y poder constituido
Partiendo de que el poder constituyente tiene supremacía ante todos los demás poderes, podemos decir que la primera y principal diferencia entre ambos es que el poder constituyente es superior al poder constituido, debido a que el poder constituido nace de poder constituyente, el poder constituyente es un poder originario y es el que le otorga competencia al poder constituido, esto lo hace derivado a la constitución.
Otra diferencia es que el poder constituyente solo tiene una función, que es la constitución, en cambio el poder constituido tiene múltiples funciones que incluyen lo legislativo, administrativo, judicial, etc.
El poder constituido fue creado para gobernar, el poder constituyente solo tiene un fin.
En conclusión podemos ver que el poder constituyente expresa la voluntad de un pueblo al cambio y que es el poder supremo, ya que, es la misma ciudadanía que ejerce ese poder, este poder se presume que es ilimitado, pero la realidad es que la libertad del poder constituyente no es total ya que, por encima del derecho positivo, toda comunidad política se encuentra limitada por la obligación que tiene de respetar los valores naturales y absolutos como son la libertad, la justicia y la dignidad de las personas, que es el caso de los derechos humanos. Además es limitado por derechos internacionales como respetar el territorio de las demás naciones y otra serie de limitaciones políticas a las que tiene que regirse y cumplir.
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