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Derecho tributario sustantivo.


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2016  •  Apuntes  •  616 Palabras (3 Páginas)  •  197 Visitas

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Derecho tributario sustantivo

Cuando se crea un tributo, nace una relación jurídica tributaria entre el Estado y los sujetos pasivos sometidos al poder del imperio.

Poder Legislativo: creación o modificación de la ley.

Poder Ejecutivo: ente que recauda.

Poder judicial: persecución del cobro del tributo.

La capacidad contributiva del sujeto pasivo se la mide no sólo por su capacidad económica sino también por la situación personal o particular para contribuir al sostenimiento del Estado.

Se crea un tributo en el poder legislativo, de ahí nace una relación jurídica tributaria sometida a su poder de imperio, en el cual el Estado cumple un papel fundamental. El contribuyente sólo tiene que pagar.

Contribuyente:

  • Obligaciones materiales: pagar tributo declarado.
  • Deberes formales: ej.: llevar libros de contabilidad, presentar declaración jurada.

Hay tributos en que los montos son fijos impuestos por el Estado, y otros que los montos depende del contribuyente, ej.: IVA, ganancias.

Tipos de relaciones jurídicas

Relación jurídica originaria: Estado es el que reclama y contribuyente el que paga. (si pagué menos).

Relación jurídica inversa: actor demandado es el Estado, contribuyente el que reclama (si pagué demás).

Para Villegas esta relación jurídica es igualitaria porque ninguna de las dos partes puede ir mas allá de lo que la ley permita.

Hecho imponible.

También llamado hecho generador o hipótesis de incidencia. Es un presupuesto legal hipotético y condicionante cuya configuración fáctica en la realidad, en determinado momento, en determinado lugar y con relación a ciertos sujetos va a dar nacimiento a la obligación tributaria; siempre y cuando no coexista o concurra alguna hipótesis legal neutralizante (ej. Alguna exención).

Para que sea un hecho imponible se tienen que cumplir los cuatro aspectos, todos ellos.

  1. Aspecto material

Se lo identifica por el verbo, dentro de la norma. Es ese presupuesto, esa operación que el legislador pretende gravar. Ej.: patente automotor, ser titular del automotor.

  1. Aspecto subjetivo

Tiene que ver con el o los protagonistas del hecho imponible. Quienes realizaron eso que  está gravado. Villegas: destinatario legal tributario. Ej.: el que es titular, el que dio en locación. A veces puede ser ajeno al hecho imponible, por ej.: cuando el escribano paga impuesto para sellos.

  1. Aspecto temporal

Momento en que se configura el hecho imponible. De acuerdo a cada tributo se configuran distintos momentos. Hay hechos imponibles periódicos como instantáneos (IVA). La norma que crea el tributo tiene que estar vigente.

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