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Garantias Constitucionales

David18283 de Noviembre de 2012

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GARANTIAS CONSTITUCIONALES

PROCESOS PROCEDE EN DEFENSA DE LOS

SIGUIENTES DERECHOS DEMANDA REQUISITOS PLAZO DE DEMANDA CONTESTACION DEMANDA MEDIDAS CAUTELARES SENTENCIA APELA

CION

HABEAS CORPUS

(libertad individual)

Título II Art 25CPC.

 La integridad personal y el De. a no ser sometido a torturas o tratos inhumanos.

 No ser obligado a prestar juramento i declarar contra si mismo

 No ser exiliado o desterrado sino por sentencia firme

 A no ser expatriado

 De. del extranjero a quien se concedió asilo político a no ser expulsado del país

 De. de nacionales o extranjeros a transitar libremente dentro o fuera del territorio.

 A no ser detenido sino por mandato judicial

 Decidir voluntariamente prestar servicio militar

 No ser detenido por deudas

 No ser privado del D.N.I.

 A nos ser incomunicado salvo art. 2 num. 24 inc g). CPE

 A ser asistido por abogado defensor

 De. a retirar vigilancia del domicilio cuando resulten arbitrarias

 De a la libertad del procesado o condenado declarar por el juez

 De. a seguir tramite de detención de personas art. 99 C.P.E.

 A no ser objeto de desaparición forzada

 De. del detenido a no ser objeto de un tratamiento carente de razonabilidad y proporcionalidad respecto a la forma y condiciones que cumple el mandato de detención penal.

 Del debido proceso y la inviolabilidad del domicilio.

*Cualquier persona o Defensoría del Pueblo

*Escrito o verbal (acta) correo u otro idóneo

* No requiere firma de letrado, tasa u otro (26 y 27)

No existe.

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COMPETENCIA

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-Se interpone ante el Juez Penal sin observar turnos (28)

-Cuando no hay Juez Penal este dictará orden perentorio e inmediata para que el Juez de Paz en el día haga las verificaciones y ordenará las medidas necesarias para hacer cesar la afectación del detenido (29)

PLAZO

No existe

NO HAY EXCEP

CIONES DEFENSAS PREVIAS *FUNDADA:

Medidas:

1) Se ponga en libertad a la persona privada arbitrariamente de este De.

2)Que continúe la situación de privación de libertad, pero si el juez lo considere necesario ordenará cambiar las condiciones de la detención sea en el mismo establecimiento u otro

3) Que la persona detenida sea puesta a disposición del juzgado-plazo

4) Que cese el agravio producido y se dispone no vuelva a repetirse (art. 34) Solo es apelable la resolución q pone fin a la instancia

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PLAZO

2 días

Se eleva 1 día auto al Superior.

El Superior resolverá en el plazo de 5 días

Previa vista causa (art. 36)

PROCESO

AMPARO

Titulo III Art 37 CP.C.

PROCEDE

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• De de igualdad y no ser discriminado

• Del ejercicio público de cualquier confesión religiosa

• De información opinión y expresión

• A la libre contratación

• A la creación artística intelectual y inviolabilidad y secreto de comunicaciones y documentos privados

• De reunión

• Del honor intimidad, voz imagen

• De asociación

• Al trabajo

• De sindicación, negociación colectiva y huelga

• De propiedad y herencia

• De de petición ante autoridad competente

• De. participación individual o colectiva en la vida política del país

• A la nacionalidad

• A la tutela procesal efectiva

• A la educación y de. padres escoger el Centro Educativo

• De. de impartir educación dentro principios constitucional

• A la seguridad social

• De la remuneración y pensiones

• De la libertad de cátedra

• De acceso a los medios de comunicación art 35 C.P.E.

• Gozar ambiente equilibrado y adecuado a la vida

• A la salud (Art. 37) DEMANDA REQUISITOS

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LEGITIMACION:

. El afectado y puede comparecer por representante procesal

. Cualquier persona cuando se trate de amenaza o violación del derecho del medio ambiente u otro de. difusos que gocen de reconocimiento constitucional

. Defensoría del pueblo en ejercicio de su competencia constitucional (Art. 39 y 40)

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REQUISITOS Dda.

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1.-Designación Juez

2.-Nombre, domicilio procesal ddte.

3.-Nombre y domicilio del ddo, sin perjuicio art 7 (Procurador Publico).

4.-Numeración hechos q produce la agresión

5.- los derechos violados o amenazados

6.-El petitorio

7.-firma del ddte o apoderado y abogado

EN NINGUN CASO LA DEMANDA SERA RECHAZADO POR EL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE JUZGADO O SALA

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CALIFICACION DEMANDA

INADMISIBLE: Concede 3 días para subsanar; bajo apercibimiento archivarse. Procede Apelación ( art. 48CPC)

IMPROCEDENTE liminarmente

fundamentos decisión art. 5 CPC. (art. 47 CPC)

PLAZO DEMANDA

Para interponer la demanda prescribe a los 60 días hábiles de producida la afectación siempre haya tenido conocimiento acto lesivo

*Si no hubiese sido posible, el plazo se computa desde el momento de la remoción del impedimento

* Amparo contra resolución judicial firme el PLAZO se inicia cuando la resolución quedo firme. Dicho plazo concluye 30 días hábiles después notificación dda..

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COMPUTO DEL PLAZO

. Desde el momento q se produce afectación

. Si la afectación y la orden q ue la ampara son ejecutadas simultáneamente, el computo se inicia en dicho momento.

. Si los actos q constituyen la afectación son continuados el plazo se computa desde la fecha en que haya cesado su ejecución

* La amenaza de ejecución de un acto lesivo no da inicio a computo del plazo. Solo si la afectación se produce se empieza a contar el plazo

* Si el agravio consiste en una omisión el plazo no transcurrirá mientras subsista.

* El plazo se computa una vez agotado la vía previa (ART. 44 CPC)

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COMPETENCIA

Juez Civil o Mixto donde se afecto el derecho o tiene domicilio el afectado a lección del ddte. (art. 51)

CONTESTACION

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PLAZO: 5 días

EXCEPCIONES DEFENSAS PREVIAS O PEDIDOS DE NULIDAD DE AUTO

ADMISORIO

El juez corre traslado al ddte. PLAZO 2 días

.Con absolución o no dicta Auto de Saneamiento procesal

* Si se ampara la excepciones de incompetencia, litispendencia, cosa juzgada y caducidad

LA Apelación es concedida con Efecto suspensivo.

La apelación de la resolución que desestima la excepción es concedida sin efecto suspensivo

MEDIDAS

CAUTELARES

-------------- SENTENCIA

Se expedirá vencido el plazo de contestación de demanda, SALVO que se haya formulado solicitud de INFORME ORAL en cuyo caso se computará a partir de la fecha de su realización (art. 53).

El Juez expedirá sentencia en la misma audiencia o excepcionalmente en un PLAZO que no excederá de 5 días ( art. 53).

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SENTENCIA FUNDADA

Contendrá

- Identificación del de. vulnerado o amenazado

- Declaración de nulidad de decisión, acto o resolución que impidió el pleno ejercicio de de..

-Restitución o restablecimiento del agraviado en el pleno goce de sus de. ordenando que las cosa vuelvan a su estado anterior a la violación.

-Orden y definición precisa de la conducta a cumplir con el fin de hacer efectiva la sentencia (ART. 55)

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EJECUCION DE SENTENCIA

La sentencia firme que declara fundada la demanda debe ser cumplida dentro 2 días sgtes. de notificada (art. 59)

En caso de omisiones este plazo pude ser duplicado

Si el obligado no cumple se dispondrá la apertura del procedimiento administrativo contra quien incumplió dentro de mismo plazo APELACION

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La sentencia se apela plazo de 3 días desde el día siguiente a su notificación

ELEVACION

El expediente será elevado dentro de los 3 días siguientes a la notificación de la concesión del recurso

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TRAMITE APELACION

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