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Justicia penal militar


Enviado por   •  14 de Agosto de 2015  •  Resúmenes  •  605 Palabras (3 Páginas)  •  364 Visitas

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                Sentencia C-1184/08 acerca del Fuero Penal Militar

Resumen

Esta sentencia inicia con la mención sobre  la competencia de las cortes marciales  o tribunales militares cuando se trata de delitos relacionados con la función o servicio de la fuerza pública, que está regulado de acuerdo a las disposiciones del Código Penal Militar que determina de manera taxativa y restrictiva el tratamiento que se le debe dar a estas conductas.

En seguida, determina los requisitos para acceder al fuero penal militar, y para tal fin aclara la relación que debe existir entre el delito y la actividad del servicio. Así, señala que hay dos elementos que configuran el fuero militar, el primero de ellos subjetivo que refiere a la comisión del delito por un miembro activo de la fuerza pública, y el segundo, funcional que sugiere la relación entre el delito y el acto el servicio. De allí que cuando se trata de una conducta punible ajena a las actividades propias del servicio, será tratada por el sistema de justicia común u ordinaria.

La norma demandada en esta sentencia es el artículo 424 del Código Penal, Ley 599 de 2000, que hace parte del         capítulo sobre los abusos de autoridad y otras infracciones. El artículo mencionado trata sobre la omisión de apoyo, que califica como delito cuando un miembro de la fuerza pública se rehúsa o demora en brindar el apoyo solicitado por autoridad competente. Sobre éste, los demandantes aducen una contravención con los principios de Unidad de materia y el fuero militar toda vez que el delito al que refiere no debe estar contemplado en el código penal común si no en el militar. Según la sentencia C-358 de 1997 “sólo conocerá la jurisdicción ordinaria aquellos delitos que no guarden relación con el mismo servicio”

Así mismo, sostienen los demandantes que al estar incluida el delito de omisión de apoyo en la Ley 599 se contraviene lo dispuesto en el artículo 250 de la Constitución Política en lo referente a las funciones de la Fiscalía General de la Nación de las que se debe excluir el conocimiento y tratamiento de  los delitos que son asunto exclusivo de la justicia penal militar.

Frente a la violación al fuero penal militar que los demandantes aducen, la solicitud que da origen a la sentencia es el retiro del ordenamiento jurídico el delito que compete a la jurisdicción penal militar.

En el estudio de esta solicitud y para la sustentación de la sentencia, intervienen la Fiscalía General de la Nación, el Ministerio de Defensa Nacional, la Universidad Jorge Tadeo Lozano, el Instituto Colombiano de Derecho Procesal, la Universidad Nacional de Colombia y  el Procurador General de la Nación.

En general dichas instituciones concluyen en mantener exequible el artículo demandado toda vez que la omisión de apoyo no se constituye como una acción exclusiva del servicio ya que no se limita a las órdenes de miembros de la fuerza pública si no que puede ser solicitud de cualquier autoridad competente. Así mismo, sostienen que no excluye el hecho de que dicha omisión pueda ser juzgada a la luz de otros tipos penales cuando de la omisión se deriven en delitos de mayor gravedad.

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