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La Legítima Defensa O Defensa Propia


Enviado por   •  7 de Junio de 2013  •  679 Palabras (3 Páginas)  •  490 Visitas

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La legítima defensa o defensa propia es, en Derecho penal, una causa que justifica la realización de una conducta sancionada penalmente, eximiendo de responsabilidad a su autor, y que en caso de no cumplirse todos sus requisitos, permite reducir la pena aplicable a este último. En otras palabras, es una situación que permite eximir, o eventualmente reducir, la sanción ante la realización de una conducta generalmente prohibida.

Una definición más concreta revela que la defensa propia es: el contraataque o repulsa de una agresión actual, inminente e inmediata con el fin de proteger bienes jurídicos propios o ajenos.

ESTRÉS DE SOBREVIVENCIA

Es el Proceso que involucra la percepción e un desbalance significativo entre la demanda y la capacidad de respuesta bajo condiciones donde la demanda implica consecuencias vitales

PERCEPCION DEL PELIGRO TIEMPO CAPACIDAD DE RESPUESTA

FISIOLOGIA DEL ESTRÉS DE SOBREVIVENCIA

Sistema Nervioso Simpático (SNS)

SISTEMA DE ALERTA MENTAL

(Código de Colores)

ESTRUCTURA DE LA AGRESIÓN

dialogo

Es la principal Arma a utilizar por el funcionario para resolver la mayoría de las situaciones conflictivas en las cuales tiene que actuar y donde se usa violencia verbal. El uso del diálogo como instrumento de fuerza, evita causar daños físicos innecesarios al ciudadano mediante un trato digno y respetuoso

Técnicas suaves

 Estas Técnicas de control, consisten en ejercer presión en determinados nervios sensoriales, causando el menor maltrato físico a los fines de controlar la resistencia pasiva de los ciudadanas, ciudadanas o grupo de estos.SUB-MAXILAR

 SUB-LINGUAL.DOBLE SUB-LINGUAL.GARRA DE TIGRE.AL CUELLO.BRAQUIAL FRONTAL.

 SUPRA EXTERNAL

técnicas duras

Son técnicas utilizadas para controlar la resistencia defensiva de las ciudadanas, ciudadanos o grupos de estos, afectando algunos nervios motores sobre-estimulándolos y causando disfunción temporal y/o evitando el fluido normal sanguíneo al cerebro y por ende el paso de oxígeno, que sin causar lesiones graves contrarrestan cualquier tipo de acción defensiva.

esposamiento Es un método en el cual los funcionarios practicaran una intervención policial para inmovilizar, inspeccionar y trasladar al intervenido de manera segura. Su uso es discrecional de acuerdo a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.NOMENCLATURA DE LAS ESPOSDASA

legalidadSon todos los actos que realizan los funcionarios policiales dentro del marco jurídico vigente nacionales e internacionales. El uso de la fuerza debe estar dirigido a lograr un objetivo legal necesidad Es la respuesta a una situación que represente una amenaza y que requiera de una acción inmediata para evitar agravamiento en actos delictivos o ilegales. El uso de la fuerza física y armas de fuego es necesario cuando no existe otra forma de lograr un objetivo legal. Proporcionalidad Es el equilibrio entre la gravedad de la amenaza y la cantidad de fuerza policial empleada, considerando sus posibles consecuencias para alcanzar el objetivo legal deseado. Intimidación psicológica por parte del ciudadano significa situación de desafío efectivo mediante gestos y modales, que implica un riesgo latente de confrontación física y frente al cual el funcionario o funcionaria policial, responde con su presencia. Indeciso por parte de la ciudadana, ciudadano o grupo de éstos, significa No acatamiento visible de la instrucción policial, frente al cual el funcionario o funcionaria policial, realiza el despliegue táctico de sus recursos disuasivos. Permanece inactivo (a) peso muerto, inmovilidad ante la acción del funcionario (a) policial. Para esta se aplicaran técnicas suaves de control Fisico.

Activación para atacar o agredir, frente a la cual el funcionario o funcionaria policial puede utilizar armas intermedias para neutralizar la conducta.

Estos niveles están representados por la presencia, despliegue táctico policial y diálogo, permitiendo controlar la resistencia de la ciudadana, ciudadano o grupo de éstos, en la mayoría de los encuentros policiales, sin necesidad del contacto

físico. El uso de estos niveles, sólo se justifica cuando están dadas las condiciones de legítima defensa o estado de necesidad, especificadas en el Código Penal Venezolano, en tanto refiere el uso de armas intermedias y fuerza potencialmente letal.

PATRONES DE CONDUCTA

COOPERATIVO INDECISO NO COOPERATIVO

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