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La Ley Pendiente de la Radio y Televisión


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2015  •  Resúmenes  •  468 Palabras (2 Páginas)  •  209 Visitas

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El libro de José Perla Anaya titulado La Ley Pendiente de la Radio y Televisión habla sobre el debate suscitado a raíz de conductas indebidas de los medios de comunicación para la aprobación de una nueva ley que regule la radio y la televisión.

En el artículo 5 de este proyecto de ley que se refiere a la libre competencia sostiene que cualquier forma de exclusividad, monopolio o acaparamiento por parte de los medios de comunicación queda prohibida.

Sobre el otorgamiento y renovación de la autorización  sostiene que estas se otorgan a través de una tramitación directa por parte del interesado, y en los casos previstos en el artículo 33, previa convocatoria del Ministerio, a través de concurso público.

Por otro lado, el artículo 24 señala que los extranjeros solo pueden tener como máximo el 40% del total de participaciones, de las acciones del capital social, o del número de asociados de un servicio de radiodifusión.

Otro punto importante es el que se estipula en el artículo 43 que indica que los principios fundamentales que deben regir las actividades de los servicios de radiodifusión son: la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad, la defensa del orden jurídico democrático y de los derechos humanos fundamentales estipulados en los tratados internacionales y en la constitución, la preservación de la libertad de información, opinión y expresión y difusión de pensamiento del titular del servicio, de los periodistas que laboran en él y de los ciudadanos, incentivar la elevación del nivel educativo, cultural y moral de la nación, contribuir al entretenimiento de la sociedad a través de la difusión de programas que vayan acorde con la dignidad humana y por último el respeto al código de normas éticas que es establecido por el titular del servicio.

El artículo 46 que tiene que ver con la protección al menor, señala dentro del código de normas éticas que se incluirán disposiciones que se refieran al horario familiar y a la contribución del  servicio de radiodifusión a la formación tanto de niños como de adolescentes.

Tanto el artículo 49 como el 50 también tienen que ver con la programación en horario familiar, que según está estipulado en esta ley rige entre las 6 y las 22 horas y que tanto la programación, publicidad comercial y promociones del servicio de radiodifusión deben ser aptas para todos y estar acorde con la formación de los menores de edad, evitando contenidos considerados violentos y obscenos.

Además señala que los programas difundidos después de las 20 horas deben ser clasificados como apto para todo el público o apto para mayores de 14 años con orientación de adultos.

Y los programas que se difundan después de las 22 horas deben ser clasificados como apto para todos, apto para mayores de 14 años con orientación de adultos o apto sólo para adultos.

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