Ley Del Ambiente
euryale12 de Octubre de 2011
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ARTICULO. 1
Esta Ley tiene por objeto establecer las disposiciones y los principios rectores para la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la sociedad, para contribuir a la seguridad y al logro del máximo bienestar de la población y al sostenimiento del planeta, en interés de la humanidad.
De igual forma, establece las normas que desarrollan las garantías y derechos constitucionales a aun ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
ANALISIS DEL ARTÍCULO 1.
En este artículo se establece como se encuentran ordenadas las normas rectores para la misión del cumplimiento de la ley del ambiente, en el cuadro del progreso sustentable como son los deberes y derechos del Estado y la sociedad, hacia la contribución, seguridad y al logro del bienestar de la población y al mantenimiento del planeta, en beneficio de la humanidad.
Los ingenieros de gas debemos de conocer la aplicabilidad de este artículo en el momento de la explotación de los hidrocarburos para no ocasionar ningún deterioro ambiental dentro de los márgenes de la explotación del gas preservando el ambiente de dicha área.
ARTÍCULO 10.
Son objetivos de la gestión del ambiente, bajo la rectoría y coordinación de la Autoridad Nacional
Ambiental:
1. Formular e implementar la política ambiental y establecer los instrumentos y mecanismos para su aplicación.
2. Coordinar el ejercicio de las competencias de los órganos del Poder Público, a los fines previstos en esta Ley.
3. Cumplir las directrices y lineamientos de las políticas para la gestión del ambiente.
4. Fijar las bases del régimen regulatorio para la gestión del ambiente.
5. Fomentar y estimular la educación ambiental y la participación protagónica de la sociedad.
6. Prevenir, regular y controlar las actividades capaces de degradar el ambiente.
7. Reducir o eliminar las fuentes de contaminación que sean o puedan ocasionar perjuicio a los seres vivos.
8. Asegurar la conservación un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.
9. Estimular la creación de mecanismos que promuevan y fomenten la investigación y la generación de información básica.
10. Establecer los mecanismos e implementar los instrumentos para el control ambiental.
11. Promover la adopción de estudios e incentivos económicos y fiscales, en función de la utilización de tecnologías limpias y la reducción de parámetros de contaminación, así como la reutilización de elementos residuales provenientes de procesos productivos y el aprovechamiento integral de los recursos naturales.
12. Elaborar y desarrollar estrategias para remediar y restaurar los ecosistemas degradados.
13. Resguardar, promover y fomentar áreas que coadyuven a la preservación de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
14. Cualesquiera otros que tiendan al desarrollo y el cumplimiento de la presente Ley.
ANALISIS DEL ARTÍCULO 10.
En este artículo se tipifica que el propósito de la gestión del ambiente, esta regularizado por la rectoría y coordinación de la Autoridad Nacional.
Ambiental:
1. Realizar el manejo de las políticas ambiental y constituir los instrumentos, módulos para su aplicación.
2. Sistematizar el adiestramiento de las competencias de los órganos del Poder Público, a los fines anunciados en esta Ley.
3. Que se hagan cumplir las directrices y lineamientos de las políticas para la gestión del ambiente.
4. Establecer las bases del sistema regulatorio para la gestión del ambiente.
5. Promover la educación ambiental y la intervención protagónica de la sociedad.
6. Controlar todas las actividades capaces de degradar el ambiente.
7. Tratar de eliminar las fuentes de contaminación que sean o puedan originar daño a los seres vivos.
8. Vigilar la conservación de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.
9. Incitar la elaboración de conjuntos que originen y fomenten la indagación y la generación de información básica.
10. Constituir módulos e implementar los instrumentos para el control ambiental.
11. Originar el patrocinio de estudios e incentivos económicos y fiscales, en base del uso de conocimientos de contaminación, así como la reutilización de síntesis residuales provenientes de procesos productivos.
12. Desarrollar habilidades para corregir y restaurar los ecosistemas degradados.
13. Proteger las áreas que contribuyan a la preservación de un ambiente indudable, sano y ecológicamente equilibrado.
14. Cualquiera otra ley que tiendan al desarrollo y el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Este artículo nos sirve en nuestra carrera como un gran conocimiento al momento de la explotación de los reservorios debido a que en nuestra actividad muchas veces causamos grandes contaminaciones y daños a patrimonios naturales y no prestamos atención a programas ecológicos para la conservación de ecosistemas.
ARTICULO 13.
El Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela, en Consejo de Ministros, ejerce la suprema dirección de la política nacional ambiental.
ANALISIS DEL ARTÍCULO 13.
Este artículo nos indica quienes son las máximas autoridades que se encargan de todo lo que compete con dicha ley.
En nuestra opinión creo que a todo ciudadano le corresponde saber quienes son las autoridades competentes de cada ley que integra a nuestro país.
ARTÍCULO 18.
La Autoridad Nacional Ambiental será ejercida por el ministerio con competencia en materia ambiental como órgano rector, responsable de formular, planificar, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las políticas, planes, programas, proyectos y actividades estratégicas para la gestión del ambiente.
ANALISIS DEL ARTÍCULO 18.
En el articulo 18 se expone por quien será ejercida la competencia del material ambiental. Y nos tipifica que el ministerio es el encargado de evaluar todas las gestiones que competan al ambiente.
De mucha importancia es para nosotros este articulo ya que en un futuro sabremos a que instancias asistir en lo que compete al medio ambiente.
ARTÍCULO 22.
La planificación del ambiente constituye un proceso que tiene por finalidad conciliar el desarrollo económico y social con la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable.
ANALISIS DEL ARTÍCULO 22.
Este artículo tipifica que la finalidad de ella es el progreso económico y social de la gestión del ambiente en el cuadro de un buen desarrollo.
ARTÍCULO 36
Las personas naturales o jurídicas, públicas y privadas, responsables en la formulación y ejecución de proyectos que impliquen la utilización de los recursos naturales y de la diversidad biológica, deben generar procesos permanentes de educación ambiental que permitan la conservación de los ecosistemas y el desarrollo sustentable.
ANALISIS DEL ARTÍCULO 36
Este artículo nos establece que toda persona natural o jurídica que quiera elaborar un proyecto utilizando los recursos naturales debe organizar métodos permanentes sobre todo lo referente a la conservación de ecosistemas.
ARTÍCULO 45
El presente Título establece las disposiciones que regirán el manejo, la conservación de los ecosistemas y sus funciones, los recursos naturales y de la diversidad biológica, para garantizar su permanencia y los beneficios sociales que se derivan de ellos como elementos indispensables para la vida y su contribución para el desarrollo sustentable.
ANALISIS DEL ARTÍCULO 45.
En este artículo se habla de las normas que rigen el buen uso que se le debe dar a los ecosistemas y cual es su finalidad que garantizan su buena permanencia y el buen progreso sustentable.
ARTICULO 46.
La Autoridad Nacional Ambiental declarará como ecosistemas de importancia estratégica, a determinados espacios del territorio nacional en los cuales existan comunidades de plantas y animales que por sus componentes representen gran relevancia desde el punto de vista de seguridad agroalimentaria; para la salud humana y demás seres vivos; para el desarrollo médico y farmacológico; de conservación de especies; de investigación científica y aplicada de utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica; de prevención de riesgos; de seguridad de la Nación y de otra naturaleza de interés al bienestar colectivo.
ANALISIS DEL ARTÍCULO 46.
En este artículo se tipifica cuales son los ecosistemas de importancia a determinadas plantas, animales debido a los componentes de los mismo porque muchos sirven como actividades científica y agroalimentarias.
Artículo 49
El aprovechamiento de los recursos naturales y de la diversidad biológica en las diferentes cuencas hidrográficas, ecosistemas, áreas naturales protegidas, áreas privadas para la conservación y demás áreas especiales, estará sujeto a la formulación e implementación de los respectivos planes de manejo. En los correspondientes instrumentos de control se fijarán las condiciones y limitaciones a las que queda sometida la actividad.
ANALISIS DEL ARTÍCULO 49.
En este artículo se tipifica que todos los recursos naturales estarán sujetos a planes
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