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Los Derechos Humanos


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2014  •  9.084 Palabras (37 Páginas)  •  323 Visitas

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Educación para los derechos humanos

José Bonifacio Barba

BARBA, Bonifacio Educación para los derechos humanos

México. Fondo de Cultura Económica (s/a) pp. 15-43

I. LOS DERECHOS HUMANOS

NATURALEZA

Como conjunto de cuestiones humanas relevantes, los DH son una cosa compleja. Forman un ente jurídico, cultura y valoral y su existencia social los hace estar en estrecha relación con los campos de la política y la economía.

Los DH son invocados cada vez con más intensidad y frecuencia, pero pocas veces las personas se detienen a dilucidar su significado o aclarar su naturaleza. ¿Qué son o qué representan estas prerrogativas o derechos calificados como humanos? ¿Porqué son derechos y, además, porqué se les dice “humanos”?

Si un derecho “es un privilegio u oportunidad asignado a un individuo simplemente por el hecho de ser miembro del grupo al que se aplican los derechos” (Ray y Bernstein, 1987:5), al calificar a un conjunto de ellos como “humanos” se asignan a todos los individuos de la sociedad humana.

Por otra parte, al llamarse “derechos” se ubican en un campo más amplio, el del “derecho”, el cual puede ser “concebido formalmente como un conjunto de normas de vinculación bilateral, imperativas, obligatorias y coercitivas” (Burgoa, 1989:23-24). La propia historia de los DH es la del esfuerzo por establecer prerrogativas de las personas, de los grupos y comunidades, de los pueblos, como derechos plenos en lo jurídico y en lo social.

Debido a que están referidos al ser humano, no son comprensibles o apropiables por medio de una definición simple. Constituyen una compleja y profunda cuestión cognitiva pues han ido formándose histórica, cultural, sociopolítica y filosóficamente como respuesta a la pregunta sobre el hombre a partir del “descubrimiento”, de la postulación y defensa de su dignidad original y esencial. Así, ontológicamente, los DH están fundados en la dignidad de la persona humana.

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Los seres humanos tienen diversos rasgos constitutivos y diversas facetas en su desarrollo y manifestación, tanto desde una perspectiva personal como socio-histórica. Los DH son una expresión inacabada, en continuo desenvolvimiento sociocultural y jurídico de lo que constituye de modo fundamental al hombre y que al mismo tiempo, y como consecuencia, es irrenunciable y exigible. Constituyen de modo fundamental al ser humano porque representan “las aspiraciones y las concretizaciones de justicia” (De la Torre, 1988: 13).

Una definición afirma que “los DH son los que la persona tiene por su calidad humana” (Hernández y Fuentes, 1991:7). Adicionalmente, puede decirse que los derechos del hombre son “los privilegios fundamentales que el hombre posee por el hecho de serlo, por su propia naturaleza y dignidad. Son derechos que le son inherentes y que, lejos de nacer de una concesión de la sociedad política, han de ser por ésta consagrados y garantizados” (ibid.:15). Siendo inherentes al ser humano, han de ser reconocidos y plasmados en las constituciones y otros instrumentos jurídicos que los garanticen. Se necesita, además, crear la cultura de los DH, convertirlos en creencias, actitudes y valores de los individuos, expresarlos en las estructuras sociales, políticas y económicas.

Al subrayar el carácter natural de los DH, Oestreich y Sommermann (1990:25) afirman que “son derechos innatos, inalienables, que pertenecen a todo ser humano en cuanto tal, independiente de su reconocimiento por el Estado”. Agregan que

el concepto de DH, tal y como ha sido transmitido desde el siglo XVII, no quiere decir, en principio, sino que existen derechos innatos en el ser humano que le corresponden por naturaleza. Tales derechos son inalienables e imprescriptibles y con ellos se desarrollan la personalidad, la dignidad y el valor del ser humano. Aquí se encuentra uno de sus rasgos centrales: la comprensión y el alcance de cada uno de tales derechos dependen de la idea que cada persona tenga o se haga sobre la esencia del ser humano (ibid.:24).

Esta definición sirve a sus autores para establecer la diferencia entre los DH y los derechos fundamentales; estos últimos son “aquellos reconocidos por el derecho público, que forman parte casi siempre de un apartado de las constituciones” (ibíd.) llamado parte dogmática”.1

¿De dónde surgen los DH? Su fuente es la dignidad humana. Con este punto de partida afirma Carpizo (1993:78):

La preeminencia de la idea de la dignidad humana no está a discusión; se le acepta desde las más diversas teorías y filosofías; es un valor

1 Sobre el concepto de garantía constitucional, véase a Burgoa, 1989: 155ss.

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supremo por encima de los demás. Por ello, como elegantemente ha afirmado Héctor Gross Espiell, los DH no se extinguirán nunca, porque por ser consustanciales con la idea del hombre, subsistirán siempre ontológicamente y renacerán en la realidad de la existencia política, ya que la libertad jamás podrá ser eliminada porque el hombre es, en esencia, su libertad.

De la conciencia de la dignidad humana brotaron, con la misma fuerza y como consecuencia insoslayable, la libertad de cada persona y la igualdad original de todos. Nuevamente, con estos atributos se recalca la preeminencia o anterioridad de los DH con respecto del Estado. Histórica y culturalmente, se fundan en valores, específicamente el de la dignidad de la persona humana. Aunque la noción como tal de ”DH” es europea.

Luego se expandirá a todas las culturas este instrumento de respeto y estímulo a la dignidad de la persona, cuya peculiaridad es ser normas jurídicas. Quiere decirse, con esto, que son derechos reconocidos por el poder político y que con independencia de la convicción que posean los gobernantes están obligados a garantizar su cumplimiento. Son normas totalmente imperativas; en caso de infracción u omisión, el poder político debe utilizar los medios coactivos necesarios para tornarlos vigentes (Bustamante y González, 1992: 31).

Subrayando la obligación estatal frente a los DH, los mismos autores afirman que por su naturaleza jurídica y su función crítica éstos “son un conjunto de obligaciones positivas y negativas del Estado. Los derechos de la persona y de los pueblos tienen como contrapartida los deberes estatales” (ibid.:42).

A propósito de esta obligación del Estado conviene mencionar

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