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Política fiscal


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2012  •  Tutoriales  •  4.314 Palabras (18 Páginas)  •  341 Visitas

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Política fiscal

La política fiscal expresada en la Ley de Presupuesto 2006 se propuso mantener el crecimiento económico a través del dinamismo de la demanda agregada interna.

El gasto público acordado en el presupuesto alcanzó Bs. 87 billones (22,3% del PIB) y fueron aprobados durante el año créditos adicionales por un monto de Bs. 41,2 billones, lo cual representó una expansión del gasto acordado de 48,6% con

respecto al año 2005. Durante 2006, la amplia disponibilidad de recursos en exceso provenientes del ejercicio fiscal 2005 permitió, a diferencia de años anteriores, financiar un monto significativo de créditos adicionales durante el

primer semestre. Los principales destinos de los créditos adicionales fueron el pago de diversos compromisos laborales, transferencias a regiones, vivienda, economía popular, insuficiencias presupuestarias, ambiente, deuda pública,

misiones, infraestructura y agricultura, entre otros.

Por otra parte, se dio continuidad a la política de financiamiento por parte de la industria petrolera hacia proyectos especiales y de inversión para la transformación de la base productiva y el mejoramiento de la infraestructura física y el capital humano en el país. En este sentido, el Fondo de Desarrollo Nacional S.A. (Fonden), creado en 2005, recibió aportes durante el año por parte de Petróleos de Venezuela S.A. (Pdvsa) por un monto total de US$ 6.855 millones.

En el período tuvieron lugar algunos cambios legislativos e institucionales que modificaron la orientación y asignación del gasto público. En este sentido, fue creado el Fondo Nacional de los Consejos Comunales11, cuya competencia

principal es el manejo financiero de los recursos asignados a los consejos comunales hasta la entrega de los mismos. Asimismo, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Endógeno12, con el objetivo de promover el desarrollo armónico y coherente de las políticas, planes y proyectos del Ejecutivo Nacional, para el desarrollo endógeno y la economía popular, colectiva y solidaria.

Por otra parte, fueron constituidos el Fondo Binacional Venezolano-Iraní de Financiamiento para el Desarrollo13 y el Fondo Pesado Estratégico de 11 Los recursos a ser administrados por este fondo provienen, entre otras fuentes, de los

transferidos por la República, los estados y municipios, y los que provengan de lo dispuesto en

la Ley del Fides y en la Ley de Asignaciones Económicas Especiales derivadas de Minas e

Hidrocarburos. Decreto N° 4.485, Gaceta Oficial N° 38.439 de fecha 18/05/06.

12 El patrimonio de este fondo, estaría compuesto principalmente por los aportes provenientes

de la Ley de Presupuesto y extraordinarios que le asigne el Ejecutivo, así como por los bienes y

recursos que le sean transferidos de otros fondos, entes, personas u organismos. Gaceta Oficial

N° 38.500 de fecha 15/08/06.

13 Gaceta Oficial N° 38.517 de fecha 07/09/06.

Inversión14, en el marco de los acuerdos de cooperación suscrito entre la República Bolivariana de Venezuela y la República Islámica de Irán15. En materia impositiva petrolera, la Ley de Reforma Parcial del Decreto N° 1.510 con Fuerza de Ley Orgánica de Hidrocarburos16 estableció un impuesto de extracción en un tercio (33,3%) del valor de todos los hidrocarburos líquidos extraídos de cualquier yacimiento. Este impuesto se calcula sobre la misma base establecida para el cálculo de la regalía en dinero. El contribuyente tiene el derecho de deducir de dicho impuesto lo pagado por regalía (30%), incluso la

regalía adicional que esté pagando como ventaja especial17.

Además de este impuesto de extracción, la reforma señalada estableció el Impuesto de Registro de Exportación en 0,1% del valor de los hidrocarburos exportados. Cabe mencionar que las nuevas empresas mixtas constituidas a partir

del acuerdo de la Asamblea Nacional en el mes de marzo que aprobó los términos y condiciones para su creación y funcionamiento, pasan a pagar la alícuota de 50% de Impuesto sobre la Renta.

En cuanto a los tributos no petroleros, resalta en primer lugar la Reforma Parcial de la Ley de Impuesto sobre la Renta18 que otorgó rebajas del impuesto en los

14 Gaceta Oficial N° 38.546 de fecha 19/10/06.

15 Estos fondos tienen por objeto el financiamiento de inversiones, proyectos económicos y

sociales, así como intercambios comerciales, mediante créditos aportados tanto a personas

naturales y jurídicas, como a instituciones y entes públicos de ambos países. Los recursos

provienen del aporte de cada país en montos iguales.

16 Gaceta Oficial N° 38.443 de fecha 24/05/06.

17 La regalía adicional establecida en el Acuerdo de la Asamblea Nacional mediante el cual se

aprueban los términos y condiciones para la creación y funcionamiento de las empresas mixtas,

es de 3,33% sobre los volúmenes de hidrocarburos extraídos, distribuida de la siguiente

manera: 2,22% para los municipios del área delimitada y 1,11% para un fondo de

financiamiento para proyectos de desarrollo endógeno en la respectiva región.

18 Gaceta Oficial N° 38.529 de fecha 25/09/06.

siguientes términos: 10% del monto de las nuevas inversiones que se efectúen en los cinco años siguientes en las actividades industriales y agroindustriales, construcción, electricidad, telecomunicaciones, ciencia y tecnología, o a aquellas que satisfagan los requerimientos de avanzada tecnología o de punta, que sean destinadas al aumento de la capacidad productiva; 75% para las actividades turísticas; 80% para actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas; y 10% adicional para actividades vinculadas con la conservación del ambiente.

En segundo término, se tiene la Reforma Parcial de la Ley que Establece el Impuesto al Valor Agregado19, que redefinió la lista de bienes exentos del impuesto, estableció un rango entre 8% y 16,5% para el establecimiento de la alícuota general en la Ley de Presupuesto Anual, así como una tasa adicional de 10% a los bienes de consumo suntuario y una tasa de 0% para las ventas de hidrocarburos realizadas por las empresas mixtas, a la vez que se asimilaron estas empresas a los contribuyentes ordinarios exportadores, a los efectos del régimen de recuperación de créditos fiscales.

Igualmente, en el IVA fueron establecidos distintos incentivos fiscales a través de exoneraciones a este impuesto, para favorecer fundamentalmente las importaciones, ventas nacionales y/o servicios vinculados con algunas obras

públicas. Del pago del IVA y de los impuestos de importación, se excluyó la importación de bienes muebles de capital y sus partes, piezas o accesorios, no producidos o con producción insuficiente en el país, destinados a la ejecución de proyectos de desarrollo de la industria manufacturera y/o de la construcción.

19 Gaceta Oficial N° 38.424 de fecha 26/04/06.

Un aspecto a destacar con respecto a la base impositiva fue la eliminación del impuesto al débito bancario a partir del día 10 de febrero de 200620.

En cuanto al manejo de activos y pasivos, el Plan de Reducción de Deuda Pública adelantado por el Gobierno nacional permitió la recompra de bonos Brady Par y Descuento en operaciones que tuvieron lugar durante los dos

primeros trimestres del año, con lo cual se redujo el saldo de la deuda externa directa bruta en US$ 3.887,6 millones (12,5%), cifra que representa 2,1% del PIB.

La liberación de garantías asociada con esta estrategia permitió refinanciar préstamos provenientes de organismos bilaterales y multilaterales, así como reducir las necesidades de financiamiento de 2006. Cabe destacar que las operaciones de recompra fueron financiadas con recursos acumulados en ejercicios anteriores, así como mediante la utilización de fondos provenientes del Fonden.

Política fiscal

En correspondencia con lo establecido en la Ley de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2007, la política fiscal continuó siendo un instrumento de estímulo a la actividad económica del país. Sin embargo, este impulso de la política fiscal a través de la demanda agregada interna fue más moderado con respecto al año anterior, lo cual se evidencia en la menor expansión del gasto público experimentada por el sector público restringido y el Gobierno central.

En materia de gasto fiscal, el Ejecutivo Nacional dio prioridad en la asignación de los recursos a la continuidad de los proyectos de infraestructura, los programas y misiones sociales, la construcción de viviendas, seguridad alimentaria, estímulo a las empresas de producción social y aportes a los estados, municipios y consejos comunales.

En este sentido, la industria petrolera continuó y profundizó su decidido apoyo al financiamiento de los diferentes proyectos, planes y programas de desarrollo nacional, mediante los aportes que realiza al Fondo de Desarrollo Nacional S.A. (Fonden), creado en 2005, el cual recibió por parte de Pdvsa durante el año un monto total de USD 6.761 millones. Estos recursos en su mayoría fueron invertidos en obras como el Hospital Cardiológico Infantil “Dr. Gilberto Rodríguez Ochoa”, las líneas 3 y 4 del Metro de Caracas, Metros de Los Teques, Maracaibo y Valencia; Trolebús Mérida y Ferrocarril Caracas-Tuy Medio, así como en diversas plantas centrales de generación eléctrica que se construyen en varias regiones del país.

Por decisión del Ejecutivo Nacional, en 2007 se llevaron a cabo los procesos de nacionalización de la EDC y de la Cantv. El primero de estos procesos fue financiado con recursos de Pdvsa, quien adquirió el 93,6% del total de las acciones en circulación de esta compañía; el segundo fue ejecutado por la República Bolivariana de Venezuela, quien adquirió el 79,6% de las acciones de Cantv, para lo cual fueron aprobados recursos por la vía del crédito adicional al Ministerio del

Poder Popular para las Telecomunicaciones e Informática.

Es de hacer notar que no obstante el gasto público establecido en el presupuesto fue de Bs. 115,1 billones (23,5% del PIB), al cierre del año el gasto acordado resultó 24,4% superior al inicialmente presupuestado, debido a la necesidad de incorporar pagos por concepto de diversos compromisos laborales, compra de la Cantv, transferencias a las regiones, misiones sociales, vivienda, ambiente, agricultura, infraestructura, entre otros. Esto significó una expansión de 11,7% con respecto

al gasto acordado en 2006. Este monto de créditos adicionales aprobados en 2007 (Bs. 28,1 billones) fue, sin embargo, menor en 32% al correspondiente a 2006.

La gestión fiscal continuó siendo favorecida, especialmente en el último cuatrimestre del año, por

el incremento en los precios de la cesta petrolera venezolana, a lo que se sumó una recaudación

tributaria interna superior a la meta establecida en el presupuesto nacional. Este incremento de los

ingresos tributarios estuvo influido, en gran medida, por los cambios legislativos que se dieron en

esta materia, así como por el impacto de la continuación del Plan Evasión y Contrabando Cero.

Concretamente, fue promulgada la Ley de Impuestos a las Actividades de Juegos de Envite o Azar21

que estableció a las loterías, casinos, salas de bingo, máquinas traganíqueles y espectáculos

hípicos, el pago de tributos especiales que oscilan desde 10% a 50% según el tipo de actividad

gravada; y aprobados el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley

de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas y el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de

Ley de Reforma Parcial de la Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas de Tabaco22. En

estas dos últimas leyes se incrementaron las alícuotas impositivas, a efectos de desestimular el

consumo de tabaco y alcohol, al tiempo de incrementar su contribución en la recaudación de los

ingresos tributarios.

Igualmente, fue aprobado en el último trimestre del año, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de

Ley del Impuesto a las Transacciones Financieras de las personas jurídicas y entidades económicas

sin personalidad jurídica23, con una vigencia desde el 1° de noviembre de 2007 hasta el 31 de

diciembre de 2008 y una alícuota de 1,5% no deducible del Impuesto sobre la Renta.

El Ejecutivo Nacional aprobó la Reforma Parcial de la Ley de Impuesto al Valor Agregado24, en la

cual se estableció la reducción de 5 puntos porcentuales en la alícuota, que bajó de 14% a 9% de

manera progresiva en dos tramos, en una primera fase hasta 11% a partir del 1° de marzo y luego

a 9% a partir del 1° de julio. Además, para aminorar el impacto regresivo de este tributo, se amplió

tanto la lista de bienes y servicios exentos del impuesto como la de las importaciones y ventas de

alimentos y productos para consumo humano que están sujetos al pago del 8%. Con esta medida

Venezuela pasa a ser el país con la tasa más baja de este tributo en Latinoamérica.

En 2007 tuvieron lugar dos decisiones que afectan el nivel y el manejo de los ingresos fiscales

petroleros. En el marco del Plan de Soberanía Petrolera, se estableció un porcentaje mínimo de

participación accionaria para el Estado venezolano de 60% en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza

de Ley de Migración a Empresas Mixtas de los convenios de asociación de la faja petrolífera del

Orinoco, así como de los convenios de exploración a riesgo y ganancias compartidas25. Además

se puso en práctica la decisión de modificar el esquema de venta de divisas de Pdvsa, para permitirle

a esta empresa estatal cumplir con sus compromisos tributarios directamente en dólares,

sin la exigencia de liquidarlos previamente y con carácter obligatorio ante el BCV. De esta manera,

posteriormente la tesorería nacional determinaría en función de su planificación de gasto interno,

el monto de divisas por vender al BCV. Este mecanismo se orienta a moderar los excesos de

liquidez monetaria en la economía nacional.

A efectos de un mayor control sobre los recursos otorgados a través de créditos adicionales, se

promulgó la Ley que Regula la Devolución al Tesoro Nacional de las Sumas Acreditadas en las

Cuentas de la República y de sus Entes Descentralizados sin Fines Empresariales Provenientes

de Créditos Adicionales26, en la cual se estableció la obligatoriedad de estos sujetos de enterar

al Tesoro Nacional los recursos que hayan sido otorgados en períodos anteriores sin que se les

haya dado el destino para el cual fueron aprobados.

En lo concerniente a la estructura de la administración pública central, durante 2007 se modificó el

decreto sobre la organización y funcionamiento de la administración pública nacional27, conforme

a lo cual se establecieron dos nuevos ministerios: el Ministerio del Poder Popular para las Telecomunicaciones

y la Informática que asumió parte de las competencias que correspondían a los

Ministerios del Poder Popular para la Infraestructura, del Poder Popular para la Ciencia y la Tecnología

y del Poder Popular para la Comunicación y la Información; y el Ministerio del Poder Popular

para los Pueblos Indígenas, que asumió las competencias que en esta materia estaban a cargo

del Ministerio del Poder Popular para la Participación y Protección Social. Además, el mencionado

decreto estableció las competencias de cada ministerio así como de sus organismos adscritos

y la incorporación de la denominación Ministerio del Poder Popular para todos los despachos de

la administración central.

En la gestión de financiamiento de 2007, el Gobierno realizó cuatro colocaciones especiales de

deuda pública, por un monto total de USD 5.266. En el primer trimestre se emitió el denominado

bono del Sur II, compuesto en un 50% por un bono venezolano y 50% por uno argentino; cada título

de esta emisión tuvo un valor nominal mínimo de USD 1.000. Se adjudicaron USD 755,6 millones

en bonos argentinos (Boden 15) y USD 755,6 millones en títulos venezolanos (TICC032019). En

este período tuvo lugar la oferta pública combinada de los bonos de Petróleos de Venezuela, en

la cual se adjudicaron USD 7.500 millones, distribuidos en USD 3.000 millones del bono 2017,

USD 3.000 del bono 2027 y USD 1.500 del bono 2037.

En el tercer trimestre se colocó nuevamente una emisión combinada con títulos argentinos (Boden

15) y venezolanos (TICC032015), denominada bono del Sur III, de lo que resultó un total adjudicado

de USD 1.254,9 millones, con un valor nominal para cada título de USD 2.200, compuesto en la

misma proporción por ambos instrumentos.

Las emisiones conjuntas de títulos venezolanos y argentinos enmarcadas dentro de la estrategia

de administración de pasivos de la República están orientadas a promover la integración financiera de

América Latina por medio de la creación de un mercado secundario de títulos públicos latinoamericanos.

Por último, en el cuarto trimestre, se realizaron dos operaciones. La primera de ellas, denominada

el Venezolano I, donde cada combinación tenía un valor nominal de USD 2.000, USD 1.000 correspondiente

al bono internacional y USD 500 para cada uno de los otros dos títulos venezolanos. Se

adjudicó un monto total de USD 1.650,4 millones, distribuidos en USD 825,2 millones del bono

soberano internacional 2038 y Bs. 887.067,4 millones en el VEBONO092014 y VEBONO092015,

respectivamente. La segunda, llamada el Venezolano II, por USD 849,7, adjudicados USD 424,8

en el bono internacional 2038 y Bs. 456.685,8 millones tanto para el VEBONO052013 como para

el VEBONO052014.

4. Política fiscal

El objetivo de estímulo a la actividad económica del país se tradujo en un impulso de la

política fiscal a través de medidas de aumento de la recaudación de ingresos fiscales

petroleros y del gasto acordado del Gobierno central. Asimismo, se instrumentaron

acciones para la nacionalización de empresas y ajustes en la carga tributaria interna;

esto último, sin menoscabo del mejoramiento del esfuerzo de recaudación.

En el ámbito de la tributación petrolera y como respuesta a la coyuntura económica de

predominio de altos precios del petróleo, el Ejecutivo Nacional promulgó la Ley de

Contribución Especial sobre Precios Extraordinarios del Mercado Internacional de

Hidrocarburos23 para las empresas que exportan o transportan al exterior hidrocarburos

líquidos naturales y/o mejorados, y otros productos derivados, con vigencia a partir del

15 de abril de 2008. El impuesto, de acuerdo con la metodología de cálculo diseñada

por el Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo24, se aplica cuando el

precio de la cesta petrolera venezolana exceda dos umbrales de referencia: en el primer

caso, el umbral de USD/b 70 (barril de 42 galones) da lugar a un monto de impuesto

igual al 50% de la diferencia de los ingresos estimados con base en el precio promedio

mensual observado de la cesta y en este umbral25.

En el segundo caso, cuando el precio de la cesta venezolana es superior a USD/b 100, el

monto del impuesto a pagar se compone de dos tramos: el que corresponde al 50% de la

diferencia entre USD/b 70 y USD/b 100 más el 60% de la diferencia entre el ingreso

estimado con base en el precio promedio mensual observado de la cesta y USD/b 10026.

De acuerdo con el marco normativo mencionado, los pagos por concepto de este

impuesto deben aportarse mensualmente al Fonden.

En consecuencia, la creación de este nuevo impuesto significó un flujo de ingresos de

USD 5.730 millones al Fonden, que continuó recibiendo recursos mediante los aportes

ordinarios realizados por la industria petrolera, los cuales durante el año registraron un

monto total de USD 6.677 millones. Los recursos del Fonden fueron destinados al

financiamiento de diferentes proyectos de desarrollo nacional pertenecientes a los

Ministerios del Poder Popular para la Energía y Petróleo, Vivienda y Hábitat,

Infraestructura y Defensa, entre otros, según la Memoria y Cuenta del Ministerio del

Poder Popular de Economía y Finanzas.

En materia de gasto fiscal, su nivel acordado al cierre de 2008 para el Gobierno central

se incrementó en 40%, con respecto al inicialmente presupuestado en la ley (Bs. 137,6

millardos) y en 34,4% con respecto al acordado en 2007. En particular, el monto de los

créditos adicionales aprobados en 2008 (Bs. 54,97 millardos) fue mayor en 95,89% al

correspondiente del año anterior. Por depender de la evolución de los ingresos

ordinarios efectivos, las transferencias a las regiones comprometieron más del 50% del

total de créditos aprobados.

Desde el punto de vista de la orientación sectorial del gasto, destacó la prioridad del

Ejecutivo Nacional en la asignación en el presupuesto de los recursos a los proyectos de

infraestructura en marcha, a las empresas de producción social, a la construcción de

viviendas, seguridad y soberanía alimentaria, a los consejos comunales y, finalmente, a

los programas y misiones sociales. Resaltaron en este último aspecto, la creación de la

Misión Vida, José Gregorio Hernández y Niños y Niñas del Barrio en el área de salud

integral, así como la Misión 13 de Abril que busca elevar el nivel de vida de las

comunidades.

Asimismo, el Ejecutivo Nacional continuó con la política anual de ajuste salarial, con el

aumento en 2008 de un 30% del salario mínimo para los trabajadores y trabajadoras que

prestan servicio en los sectores público y privado, aplicable a su vez como monto

mínimo de las pensiones de los jubilados y pensionados de la Administración Pública

Nacional y del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). En concordancia

con esta medida, se actualizó el tabulador general de salarios y se reguló la escala

general de sueldos para los funcionarios(as) de carrera, en ambos casos al servicio de la

Administración Pública Nacional27.

Esta orientación de la gestión fiscal se vio favorecida por diversos factores, entre los

que destacan una recaudación tributaria interna superior a la meta establecida en el

presupuesto nacional y a la registrada en el año previo, la disponibilidad de recursos

excedentes de años anteriores, y el incremento promedio del precio de la cesta petrolera

venezolana durante la mayor parte del año28. En la mayor recaudación tributaria interna

influyó, en gran medida, el impacto del reimpulso del Plan Evasión Cero y de la

continuación del Plan Contrabando Cero, a través de los cuales se pretende mejorar la

fiscalización y captación de recursos, especialmente, en los ámbitos del Impuesto sobre

la Renta, del Impuesto al Valor Agregado y de la renta aduanera. Igualmente, incidió el

efecto de los cambios legislativos que se dieron a finales de 200729.

En el área de la tributación interna, se produjo una reforma parcial a la Ley de Timbre

Fiscal30, de la cual se esperó un impacto neto de una mayor recaudación al fisco

nacional, al aumentar la base imponible de este tributo.

Asimismo, con el propósito de favorecer la actividad productiva tuvo lugar la

eliminación del Impuesto a las Transacciones Financieras a partir del 12 de junio de

2008, medida que planteó como objetivo adicional la atenuación de las tensiones

inflacionarias31.

Por decisión del Ejecutivo Nacional, se adoptaron otras medidas tales como la

nacionalización de Sidor C.A. y de las empresas de cemento, Cemex Venezuela SACA,

Holcim Venezuela C.A. y Fábrica Nacional de Cementos SACA, dirigidas a

incrementar la participación del Estado venezolano en actividades estratégicas. Además,

en el mes de octubre, se promulgó la Ley Orgánica de Reordenamiento del Mercado

Interno de Combustibles Líquidos, según la cual el Estado se reserva la actividad de

intermediación para el suministro de combustibles líquidos, realizada entre Pdvsa, sus

filiales y los establecimientos dedicados a su expendio, así como las actividades

relacionadas con su transporte terrestre, acuático y de cabotaje32.

Finalmente, se creó el Ministerio de Estado para los Asuntos de la Mujer, cuya finalidad

es mejorar la calidad de vida de la mujer venezolana así como asegurarle una mayor

participación protagónica en la sociedad. Este ministerio tiene adscritos el Instituto

Nacional de la Mujer, el Banco de la Mujer, C.A. y la Fundación Madres del Barrio

“Josefa Joaquina Sánchez”. Otros cambios con incidencia en el área fiscal se reseñan en

la sección sobre la Ley Habilitante de este mismo capítulo, principalmente los que

hacen referencia a la modificación del papel de la planificación central, la centralización

de las decisiones públicas y la creación de un fondo social para captar los recursos

excedentes de los entes de la Administración Pública Nacional, entre otros aspectos.

Política fiscal

La implementación de la política fiscal durante 2009 estuvo afectada de manera importante por

el impacto adverso que tuvo la crisis económica global sobre el comportamiento de los precios

internacionales del petróleo y, por ende, sobre las finanzas públicas del país.

En este sentido, el Ejecutivo Nacional adoptó a comienzos de 2009 un conjunto de medidas

de ajuste fiscal con el propósito de atenuar el efecto en las finanzas públicas de la caída de los

ingresos petroleros. La medida de reducción del gasto público presupuestado buscó eliminar

los egresos superfluos, a la vez de continuar fortaleciendo la inversión social. En este sentido

destaca el crecimiento en términos reales y nominales del gasto de inversión que realizó Fonden

y Fondo Conjunto Chino-Venezolano durante 2009. En particular, el Fonden desde su creación en

2005 ha destinado la mayor parte de los recursos al financiamiento de proyectos en las áreas de

obras públicas y vivienda, energía y petróleo, industrias básicas y minería, agricultura y tierras,

entre otros31.

Por el lado de los ingresos, se reformuló el presupuesto de la nación establecido para el ejercicio

fiscal 2009, siendo particularmente relevante la modificación de los supuestos en materia petrolera.

A este respecto, el precio de referencia de la cesta venezolana utilizado para la estimación de los

ingresos petroleros se redujo de USD/b 60 a USD/b 40, mientras que la producción de crudo se

ajustó de 3,6 a 3,2 millones de barriles diarios.

Con el fin de compensar esta reducción prevista en los recursos públicos, el Ejecutivo Nacional

incrementó la alícuota del IVA, de 9% a 12%, una medida que entró en vigencia el 1 de abril de

2009. Asimismo, se aumentó el límite máximo de endeudamiento en Bs. 25.000 millones, para

situarlo en Bs. 37.243 millones, lo que requirió la reforma parcial de la Ley Orgánica de la Administración

Financiera del Sector Público (LOAFSP)32. Otra modificación a esta normativa legal

se publicó en abril, para permitir que los entes autorizados por el Presidente de la República en

Consejo de Ministros realicen operaciones de crédito público, cuando se considere necesario para

el interés nacional33.

La enmienda de las premisas condujo a una reducción de 4,5% en el presupuesto de gastos de la

República, equivalente a Bs. 7,5 millardos, con lo cual el monto total de las erogaciones previstas

se ubicó en Bs. 159,97 millardos. Con el fin de implementar este recorte, se dictó un Instructivo

Presidencial para la eliminación del gasto suntuario o superfluo en el sector público nacional34. Esta

normativa contempló la restricción a la compra de determinados bienes y servicios, el establecimiento

de límites máximos en las remuneraciones del personal de alto nivel y la estandarización

de las tarifas de las contrataciones de servicios de asesoría profesional y técnica.

No obstante el ajuste presupuestario, las autoridades aprobaron un monto de créditos adicionales

por la cantidad de Bs. 37,1 millardos, menor en 32,5% a la registrada en 2008. En consecuencia,

el gasto acordado al cierre de 2009 para el Gobierno central aumentó 20,4% con respecto al

monto establecido en la ley reformulada (Bs. 159,97 millardos) y 2,4% en relación con el gasto

acordado en 200835.

Desde el punto de vista de la orientación sectorial del gasto, las asignaciones presupuestarias de

los recursos fueron destinadas, en su mayoría, a las áreas de infraestructura, educación, comunicación,

vivienda, salud, vialidad, ambiente, turismo y al sector agrícola. No obstante, se continuó

dando prioridad a la política social, a través de las misiones y el apoyo a los proyectos emprendidos

por los consejos comunales. Al respecto, destaca la creación de la Misión Niño Jesús, adscrita al

Ministerio del Poder Popular para la Salud, con el fin de disminuir la mortalidad materno-infantil.

Es importante destacar que a partir de agosto, la Comisión Central de Planificación asumió la

dirección, coordinación, planificación, orientación y fiscalización de las misiones sociales.

En paralelo, se efectuó la reforma de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia

de Competencias del Poder Público36. Esta modificación incorporó la posibilidad de

revertir por razones estratégicas, de mérito, oportunidad o conveniencia, la transferencia de las

competencias concedidas a los estados. Además, las actividades de conservación, administración

y aprovechamiento de las carreteras, puentes y autopistas nacionales, así como de puertos

y aeropuertos de uso comercial, que antes eran competencias exclusivas de los estados, ahora

requieren de la coordinación con el Ejecutivo Nacional, quien establecerá los lineamientos y ejercerá

la rectoría de esta actividad37.

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