Principales Impuestos Del Gobierno Central
JESSIMAT10 de Octubre de 2012
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PRINCIPALES IMPUESTOS DEL GOBIERNO CENTRAL
En Colombia, manejamos un sistema cuyos grandes tributos tienen carácter nacional como lo son renta, IVA, aduanas y se han venido diseñando mecanismos con el fin de transferir una porción de ellos hacia las entidades territoriales con el fin de que de dichas entidades puedan asumir responsabilidades en la que se puedan ejecutar determinados gastos e inversiones.
HISTORIA DEL IMPUESTO DE RENTA (EUROPA y ESTADOS UNIDOS)
Aunque con anterioridad al siglo XIX se aplicaron diversas formas de tributación directa, el impuesto a la renta es un producto de los fenómenos sociales y políticos que tuvieron lugar a lo largo del siglo XIX. Pues hasta mediados del siglo pasado no se presentaron sobre el Estado demandas por servicios públicos de gran consideración. Sin embargo, durante este período se consolida la que se conoce como “revolución industrial”, y con ella se inicia un período de intensa industrialización, de acelerado crecimiento de los núcleos urbanos, y lo que es muy importante, de formación en toda Europa de una conciencia política nueva que busca preservar los intereses de la clase obrera que empieza a surgir en ese entonces.
En el siglo XIX se formulan las primeras críticas sobre la inequidad que comportaba un sistema exageradamente sustentado en los tributos indirectos, como era el sistema que hasta entonces está en vigor.En la revolución industrial surgió también la idea novedosa para entonces de que los impuestos no sólo deberían ser suficientes para atender los gastos públicos sino que además deberían ser justos.
Los países que precedieron el camino hacia el establecimiento del impuesto directo a la renta fueron aquellos donde primero se inició la revolución industrial. El surgimiento del impuesto a la renta está vinculado también a otro fenómeno político.
Hacia mediados del siglo XIX las clases comerciantes comienzan a ganar poder político en los países donde la revolución industrial había tenido una aparición más temprana, y consecuentemente las clases terratenientes empiezan a perder preferencia. Los intereses agrarios habían sido los que habían presionado la imposición de fuertes gravámenes a la importación de géneros alimenticios lo que les permitía, de una parte, proteger la agricultura nacional de la competencia extranjera, y de otra parte, mantener, como acontecía en Inglaterra, unos precios para los productos alimenticios básicos extremadamente altos. Precios que naturalmente terminaban pagando las clases más desvalidas.
En el siglo XIX. La política inglesa fomentó la idea de que al aumentar el poder político y económico de las clases comerciantes, en donde más allá de proteger una agricultura ineficiente estaban interesados en estimular el comercio y la transformación de materias primas importadas en productos manufacturados de exportación, comenzó la presión para que se redujeran los impuestos indirectos que gravaban el comercio exterior. Los altos aranceles a la importación de géneros alimenticios se denominaban las "Corn Laws” (las leyes sobre el maíz) y finalmente, hacia la mitad del siglo XIX, los intereses comerciales logran reducir estos impuestos. Esa evolución coincide con el momento en que el impuesto a la renta, bajo el gobierno del primer ministro Robert Peel, se establece, con carácter permanente en 1842.
El impuesto a la renta se estableció inicialmente en Inglaterra como un recurso temporal para financiar las guerras napoleónicas. Terminadas las guerras el impuesto fue retirado, pero con el inicio de las Corn Laws se reestablece el impuesto de la renta de manera permanente y se generan las fuerzas del libre cambio, sin embargo los impuestos indirectos seguían aportando la mitad y dos tercios de los ingresos fiscales en Europa
El impuesto a la renta nace inicialmente en Europa y en Estados Unidos con muy bajas tarifas y así mismo en Colombia. El impuesto de la renta no consistía en reemplazar los impuestos indirectos, sino que los impuestos directos sobre los ingresos consistió en reducir los impuestos altísimos que se gravaban con las importaciones.
El establecimiento del impuesto a la renta sirvió también para adelantar una política de equilibrio presupuestal que por los mayores gastos públicos que debió asumir el Estado al finalizar el siglo XIX, “Allí donde el impuesto a la renta se encontró aceptable, los gobiernos pudieron adelantar una política de equilibrio presupuestal, y al mismo tiempo, implementar políticas para alcanzar eficiencia económica y fiscal. En un contexto de crecimiento el impuesto a la renta apoyó otros ingresos, y suministró recursos para gastos como el rearmamento y la financiación de guerras sin que se tuviera que recurrir al endeudamiento masivo. Simultáneamente el impuesto a la renta ayudó a hacer el sistema tributario más equitativo. Cuando el gobierno se transformó en el representante de todos los grupos de la sociedad y no meramente en el de la clase propietaria, la equidad fiscal, se convirtió en un tema de alta sensibilidad.
En Estados Unidos el proceso fue similar, en tanto que al incrementarse el poder de las clases comerciantes e industriales se vió necesaria la implementación del impuesto a la renta para financiar la guerra civil en 1862, pero finalizando la guerra, se suprime el impuesto, pero se reestablece en 1898, en embargo la Corte Suprema de Justicia lo declara inconstitucional. Para eliminar esta inconstitucionalidad, se promueve una enmienda a la Carta Política americana para permitir la implantación del impuesto a la renta la cual en 1909 y así este impuesto se impone de manera indefiinida en la Unión Americana como un ingreso federal en el año de 1913.
HISTORIA DEL IMPUESTO A LA RENTA EN COLOMBIA
Inicialmente, este impuesto se denota en la propuesta del Congreso de Cúcuta en 1821 en cabeza del Secretario de Hacienda del Libertador, señor Castillo y Rueda.
Durante el siglo XIX se deseó la implantación de un impuesto a la renta que al menos en parte sustituyera los múltiples gravámenes indirectos que, heredados de la colonia, se aplicaron en el país durante ese período. Don Manuel Murillo Toro, autor de la de la reforma fiscal de 1850, abogaba por el establecimiento que tiene un impuesto directo que según él debería cedérsele a las provincias para que ellas, sobre la base de un tributo directo, pudieran poner en marcha un ambicioso programa de descentralización fiscal. En 1850 dijo Murillo manifestó que en vez del establecimiento de una contribución directa decretada por el Congreso y llevada a efecto por el ejecutivo no podría pesar con igualdad y justicia en las diferentes provincias de la República de tan diversas condiciones industriales, encomendemos esta tarea a las Cámaras de provincia que, conociendo mejor las circunstancias del pequeño territorio que administran, pueden con toda exactitud determinar el medio de hacer más productivas las contribuciones.
Aunque esta iniciativa no se llevó a la práctica, ella le da títulos suficientes a Murillo Toro para ser considerado como uno de los precursores de la descentralización fiscal en Colombia.
Muchos de los más brillantes analistas de nuestra situación económica y política en el siglo XIX coincidieron en que era conveniente la Implantación de la tributación directa en nuestro sistema. Sin embargo, la situación no estaba preparada para ello, y solo hasta 1918, mediante ley 56 de ese año, el país pudo al fin, darse un impuesto a la renta, Posteriormente, la ley 57 de 1918 fue modificada por la Ley 64 de 1927, dictada durante la administración Abadía Méndez siendo ministro de Hacienda Esteban Jaramillo.
La ley 64 organizó el impuesto a la renta mediante un esquema “cedular", es decir, no establecía tarifas uniformes para el conjunto de los ingresos de una persona, sino tarifas diferenciales según el origen de las rentas. Estas tarifas diferenciales fluctuaban entre el 1% Y el 8%.
Finalmente, mediante la Ley 78 de 1935, durante la administración López Pumarejo, el país se dio el estatuto más completo que hasta entonces había tenido en materia de Impuesto a la renta, elevó ostensiblemente la tarifa para las rentas altas, haciendo pasar del 8% al 17% la tarifa mayor, modificó las exenciones y deducciones; incorporó el criterio de que la renta consolidada por la posesión de un capital debe gravarse más que la que se origina en el simple trabajo. Para lo cual se creó el impuesto adicional sobre el patrimonio; se estableció así mismo el impuesto sobre el exceso de utilidades, como adicional a la renta; estableció procedimiento y normas para evitar los fraudes y las evasiones. Además, modificó la Constitución Nacional para permitir la inspección de documentos privados con fines tributarios.
Inmediatamente se adoptaron estas reformas, la importancia del impuesto a la renta comenzó a aumentar. Para 1920 ya representaba el 11 % de los ingresos del fisco nacional, y para 1940 llegaba al 27%. Su importancia siguió creciendo durante los años cincuenta y sesenta hasta llegar a la situación actual, ya comentada, en la que comparte el lugar de mayor significación fiscal con el IVA.
CONCEPTO DE INGRESOS FISCALES
A finales del siglo XIX, se hace necesario establecer la capacidad de pago de los contribuyentes para medir el acercamiento del sistema tributario al ideal de la equidad. Mientras que un sistema tributario consulte mejor la capacidad de pago de los contribuyentes más cerca se estaba
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