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Sancion Y Coaccion

albertobaca4 de Diciembre de 2011

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Sanción y Coacción

Se define como la consecuencia jurídica que el incumplimiento de un deber produce en relación con el obligado.

La sanción se encuentra condicionada por la realización de un supuesto.

A la norma que establece la sanción se le llama norma sancionadora; la relación entre la norma sancionada y la norma sancionadora se resuelve de la siguiente forma:

• "Si A es, debe ser B, si B no es debe ser C"

Por ejemplo, si se celebra un contrato se deben cumplir con todos los requisitos de validez; si no se cumplen con dichos requisitos el contrato será nulo, la omisión de la conducta ordenada en el primer caso constituye el supuesto jurídico del segundo.

La sanción no debe confundirse con los actos de coacción.

• Sanción. Es una consecuencia de carácter secundario.

• Coacción. Es la aplicación forzosa de la sanción.

Tipos de Sanción

Sanciones Simples

• Indemnización. Tiene como finalidad obtener del sancionado una prestación económicamente equivalente al deber jurídico primario. Como por ejemplo una indemnización por años de servicio que consiste en pagar al trabajador cuando se pone término al contrato por la causal de necesidades de la empresa. Esta indemnización es equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio y periodo superior a seis meses prestados continuamente a dicho empleador. Esta indemnización tiene un tope máximo de 11 años.

• Castigo. Su finalidad inmediata es aflictiva, no persigue el cumplimiento del deber jurídico primario ni la obtención de prestaciones equivalentes ejemplo; privación de la libertad.

• Cumplimiento. Es la realización efectiva de la obligación.

Sanciones Mixtas

• Cumplimiento + indemnización.

Un trabajador despedido injustificadamente demanda su reinstalación y el pago de salarios caídos. Si el patrón no demuestra la justificación del despido la Junta de Conciliación y Arbitraje debe condenar al patrón a reinstalar en su puesto al trabajador (cumplimiento) y a pagarle por concepto de indemnización los salarios caídos, es decir, los salarios que ha dejado de percibir desde la fecha en que fue despedido hasta la reinstalación del empleo.

• Cumplimiento + Castigo

Al celebrarse un contrato de préstamo puede estipularse cierta cantidad de dinero como castigo para que el caso de la obligación no sea cumplida puntualmente; el acreedor tiene derecho a exigir que se constriña u obligue al deudor al cumplimiento y al pago de una pena convencional (intereses moratorios).

• Indemnización + Castigo

La comisión de un delito de robo engendra para el ladrón la obligación de pagar el daño que ha causado equivalente al valor de la cosa robada y además se le impone una pena consistente en la privación de la libertad y el pago de una multa.

• Cumplimiento + Indemnizacion + Castigo

El ejemplo es una rescisión de contrato de trabajo por parte del trabajador.

En este caso hay una sanción triple para el patrón:

• El cumplimiento estará constituido por la entrega de las cantidades de dinero no cubiertas (salarios caídos)

• La indemnización por el pago de 3 meses de salario (indemnización constitucional)

• Castigo que consistirá en la rescisión del trabajo

Pena y Sanción Premial

• Pena

Es la forma más característica del castigo.

La pena es una especie de sanción de carácter penal que tiene las siguientes características:

• Es un sufrimiento consistente en la restricción o privación de ciertos bienes jurídicos como la libertad, la propiedad o el honor, a través de cárcel, confiscación, inhabilitación, ahorcamiento.

• Debe ser impuesta por tribunales como resultado de un juicio penal por medio de una sentencia.

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