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Sancion Y Coaccion


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2013  •  3.106 Palabras (13 Páginas)  •  434 Visitas

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Sanción y coacción

La sanción como consecuencia del derecho:

Por regla general, las normas jurídicas en lazan determinadas consecuencias al incumplimiento de los deberes que el derecho objetivo impone. Y una de las más características es la sanción.

Las nociones jurídicas fundamentales quedarían reducidas a tres: hecho jurídico, consecuencias del derecho y sujeto o persona.

SANCIÓN: consecuencia jurídica que el incumplimiento de un deber produce en relación con el obligado.

La sanción se encuentra condicionada por la realización de un supuesto, y tal supuesto tiene carácter secundario, ya que consiste en la inobservancia de un deber establecido por una norma a cargo del sujeto sancionado. La obligación cuyo incumplimiento representa el supuesto jurídico de la sanción, deriva a su vez de otro supuesto, al que lógicamente corresponda al calificativo primario, si las obligaciones que éste condiciona son cumplidas, el secundario no se realiza y, consecuentemente, la sanción no puede imponerse. Como hay supuestos primarios y secundarios también hay deberes jurídicos primarios y secundarios.

El deber cuya inobservancia (incumplimiento, quebrantamiento, omisión) determina la existencia de la obligación oficial de sancionar tiene, naturalmente, el carácter primario. La sanción es, en cambio, consecuencia secundaria.

A la norma que establece la sanción suele llamársele “sancionadora”, es secundaria relativamente a la sancionada. La omisión de la conducta ordenada por el primer precepto constituye el supuesto jurídico del segundo.

La sanción no esla única consecuencia que puede derivar del incumplimiento delas normas del derecho. Hay numerosas consecuencias secundarias que no tienen el carácter de sanciones.

Algunos casos son:

a) El deber impuesto a ciertos órganos estatales, de aplicar las sanciones señaladas en los preceptos jurídicos. Dentro de un régimen primitivo la imposición de las sanciones incumbe al titular del derecho violado, o al grupo, sippe o clan de que el propio titular forma parte. Pero cuando la autodefensa es proscrita y el poder público asume el ejercicio dela función jurisdiccional, la imposición de las sanciones se encomienda a órganos jurídicos y constituye, a partir de entonces, una de las finalidades más importantes de dicha función. El deber de sancionar al infractor de un precepto jurídico, tiene como supuesto el hecho violatorio, pero no es sanción. La imposición de sanciones por el poder público supone necesariamente la aplicación de las normas sancionadoras a casos concretos. Si el órgano sancionador encuentra que el supuesto de tales normas se ha realizado, debe imponerlas consecuencias jurídicas correspondientes.

b) El hecho antijurídico condiciona a veces la existencia de determinados derechos a favor del agraviado. Refiriendo al caso de la defensa legítima.

c) Otro caso en que el acto violatorio de nacimiento a consecuencias jurídicas secundarias, diversas de la sanción, es el de la rescisión de un contrato de trabajo por causas imputables al patrón. En este caso hay que distinguir, por consiguiente, el derecho a larescisión del contrato y la rescisión misma, ya que sólo esta última es una sanción.

Definición de sanción:

Sanción es una consecuencia normativa de un carácter secundario.La sanción es un término legal, en Derecho, que tiene varias acepciones.

En primer lugar, se denomina sanción a la consecuencia o efecto de una conducta que constituye a la infracción de una norma jurídica. Dependiendo del tipo de norma incumplida o violada, pueden haber sanciones penales o penas; sanciones civiles y sanciones administrativas.

Sin embargo, habitualmente la referencia a una sanción se hace como sinónimo de pena pecuniaria, es decir, una multa o, al menos, para penas leves (por ejemplo, prohibiciones para ejercer cargos públicos). Por el mismo motivo, comúnmente se suele relacionar la expresión sanción con la Administración pública (sanciones administrativas) y el término pena se deja para el ámbito del Derecho penal.

En segundo lugar, se llama sanción al acto formal mediante el cual el jefe de Estado da su conformidad a un proyecto de ley o estatuto. En España, por ejemplo, el Rey sanciona las leyes aprobadas por las Cortes Generales. Y por extensión, además, se denomina sanción a la aprobación o autorización de cualquier acto jurídico. Así, por ejemplo, en Argentina, la sanción es el acto formal mediante el cual el Congreso da fuerza de ley a una norma. En Chile, el Presidente de la República a través de la sanción, da su conformidad al proyecto de ley, presentado por las respectivas Cámaras de Senadores y Diputados, para dicho acto, el Presidente cuenta con una herramienta denominada veto, con la cual podrá vetar el proyecto de ley.

Por último, desde un punto de vista de Derecho internacional, las sanciones son las medidas económicas, diplomáticas o militares que un Estado toma de forma unilateral para presionar a otro en una negociación o para el cumplimiento de obligaciones internacionales.

La sanción es la aplicación de algún tipo de pena o castigo a un individuo ante determinado comportamiento considerado inapropiado, peligroso o ilegal. En este sentido, el concepto de sanción puede ser entendido de dos maneras distintas, aunque similares y conectadas entre sí. Estos dos sentidos son, básicamente, el jurídico y el social, contando cada una con elementos particulares.

En primer lugar, una sanción es uno de los elementos principales del ámbito jurídico y ha sido creada para representar la pena o castigo que puede recibir un sujeto como consecuencia del cometimiento de algún tipo de delito o acto ilegal. En este espacio, las sanciones están fijadas por ley y aparecen como el resultado de todo un sistema de categorías y jerarquizaciones que hace que cada hecho reciba un tipo específico y particular de sanción. Por ejemplo, tanto un ladrón como un homicida reciben la sanción de ir encarcelados, pero cambiará en cada caso la cantidad de años que esa sanción represente por ser diferente el tipo de crimen cometido.

Por otro lado, la sanción también puede salirse del espacio meramente jurídico cuando se habla de sanciones sociales. Estas tienen que ver más que nada con una combinación de costumbres, tradiciones, comportamientos y actitudes aprobados por cada cultura que terminan construyendo en conjunto la estructura moral y ética de las mismas. Entendida así, la sanción puede volverse entonces un elemento mucho más indefinido ya que no lo rige una ley

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