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Vigilar Y Castigar


Enviado por   •  10 de Agosto de 2013  •  2.067 Palabras (9 Páginas)  •  456 Visitas

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Michel Foucault, Vigilar y castigar. El nacimiento de la prisión, México Editorial

Siglo XXI, trad. Aurelio Garzón del Camino, 1975

Vigilar y Castigar es la obra escrita por el pensador francés postmoderno Michel

FouCAult y publicada en 1975. Esta obra, a través de un estudio del derecho penal, y concretamente del régimen penitenciario del siglo XVIII hasta el siglo XIX,

estudia la presencia de las relaciones de poder, las tecnologías de control, y la

microfísica del poder presentes en nuestra sociedad.

Esta obra desarrolla básicamente dos tesis: la primera consiste en que la pena

ha sufrido mutaciones, lo cual implica no un mejoramiento o empeoramiento de

las mismas, no su humanización o racionalidad, como habitualmente se sostiene,

sino más bien una transformación que responde a los cambios político-económicos de las sociedades occidentales; se trata entonces de un estudio de los métodos punitivos de cara a la economía y la política. La segunda tesis se basa en la

afirmación de que existe un conjunto de elementos materiales y de técnicas que

sirven de armas, de relevos, de vías de comunicación y de puntos de apoyo a las

relaciones de poder y de saber que cercan los cuerpos humanos y los dominan

haciendo de ellos un objeto de saber (p. 35). La tesis consiste en que las prácticas

penales no son tanto consecuencia de las teorías jurídicas, cuanto un capítulo de

la anatomía política.

Estas tesis son desarrolladas en cuatro capítulos: “Suplicio”, “Castigo”, “Disciplina” y “Prisión”, los cuales se rigen por cuatro reglas que guían el estudio, a saber:

1) no centrar el estudio en el aspecto represivo de la pena, sino también en sus

efectos positivos, considerando así al castigo como una función social compleja;

2) abordar los métodos punitivos desde la perspectiva de la táctica política y no

meramente como consecuencia de la ley; 3) analizar la historia del derecho penal

y de las ciencias humanas no como si estuvieran separadas, sino buscar si ambas

dependen de un mismo proceso de formación epistemológico–jurídico; y 4) examinar si el desplazamiento de la pena del cuerpo al alma, y la inserción de un saber

científico en el ámbito penal, implican un cambio en la forma como el cuerpo se

ve atravesado por las relaciones de poder.

En el primer capítulo FouCAult inicia el estudio de la pena desde el siglo XVI y encuentra que lo característico de esta forma de penalidad es el suplicio. El suplicio

es la pena corporal, que debe cumplir con tres requisitos: 1) debe producir cier-

Díkaion - iSSN 0120-8942

reseña

ta cantidad de sufrimiento, es decir, debe ser cuantificable; 2) dicha producción

debe estar sometida a reglas, así, dependiendo de la gravedad del delito, se impone

determinado castigo; y 3) el suplicio forma parte de un ritual en donde se marca

al delincuente que fue víctima del suplicio y, a la vez, se comprueba el triunfo de

la justicia sobre el delito. Esta forma de castigo se ejerce por varias razones; una

es la razón política en la que el delito se observa como si se hubiese cometido

directamente contra el monarca, pues al provenir la ley del soberano ésta es su

semejanza misma, por lo que si es quebrantada, se quebranta al rey. El suplicio

es entonces venganza del soberano y, en consecuencia, desempeña una función

jurídico-política, pues restituye la soberanía lesionada. Otra razón es la econó-

mica, según la cual el suplicio se entiende bajo al sistema de producción de los

siglos XVI y XVII, en el que las fuerzas de trabajo y, por tanto, el cuerpo humano,

no tienen el valor que les confiere una economía industrial. Para FouCAult, el suplicio hace parte de la práctica jurídica porque revela la verdad y realiza el poder.

En el segundo capítulo, “Castigo”, FouCAult muestra cómo a partir del siglo XVIII

la pena que se imponía sobre el cuerpo del condenado, en espacios públicos, empieza a extinguirse. Se da entonces la desaparición del espectáculo punitivo pues

“La ejecución pública se percibe ahora como un foco en el que se reanima la violencia” (p. 17). Con el ocultamiento del castigo –afirma FouCAult– se dan ciertas

consecuencias, a saber: el castigo pasa a ser parte de la conciencia abstracta, se

trata de que sea la certidumbre de ser castigado y no el suplicio público lo que

persuada el no cometer crímenes; la justicia pasa a descargar la ejecución de las

penas al ámbito administrativo, y en el ámbito teórico penal se empieza a afirmar

que lo que busca la justicia no es el castigo, la imposición de la pena, sino reformar, corregir. Así, aun si las penas se siguen ejerciendo a través del cuerpo (encierro, trabajo forzoso, interdicción de residencia, deportación, etc.), no es éste el

fin último del castigo; no se trata ya de buscar un suplicio; sino a través del cuerpo –al cual se le concibe como instrumento–

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