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ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO Y SU FUNCIONAMIENTO EN HONDURAS


Enviado por   •  27 de Abril de 2021  •  Resúmenes  •  521 Palabras (3 Páginas)  •  764 Visitas

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ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO Y SU FUNCIONAMIENTO EN HONDURAS

Mario Rivera

Contenido

ALMACENES DE DEPOSITO Y SU FUNCIONAMIENTO EN EL HONDURAS.        3

Definición        3

Finalidad        3

Régimen legal        3

Requerimiento de capital para su constitución        3

Operaciones        4

Condiciones mínimas        4

Bibliografía        5


ALMACENES DE DEPOSITO Y SU FUNCIONAMIENTO EN EL HONDURAS.

Definición

Un Almacén General De Depósito es un establecimiento de uso público para la guarda y conservación de bienes de toda clase, nacionales o nacionalizados[1].

Finalidad

Los Almacenes Generales de depósito tienen como finalidad principal el desarrollo de actividades relacionadas con el almacenamiento de bienes o mercancías, y podrán realizar las operaciones relacionadas con el giro del negocio.

Régimen legal

Los Almacenes Generales de Depósito, se regirán por el Código de Comercio, Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, Ley del Sistema Financiero, Ley del Banco Central de Honduras, Ley de Garantías Mobiliarias, Reglamento De Los Almacenes Generales De Depósito Y De Los Depósitos De Aduana y las Resoluciones y Circulares que, en materia de su competencia, emitan la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, el Banco Central de Honduras y la Comisión Nacional de Bancos y Seguros.

Requerimiento de capital para su constitución

Todo Almacén, deberá constituirse como sociedad anónima de capital fijo, el cual estará dividido en acciones nominativas con un capital mínimo suscrito y pagado de DIEZ MILLONES DE LEMPIRAS (L10,000,000.00)

La autorización para el establecimiento de un Almacén se solicitará a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, quien otorgará dicha autorización previo dictamen

favorable de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros.

Operaciones

Dentro de las operaciones que puede realizar un almacén depósito en Honduras se encuentran:

  1. Almacenamiento, guarda o conservación, custodia y manejo de bienes o mercancías.
  2. Cambios en la presentación o empaque, previa voluntad expresa del dueño de las mercancías, con la finalidad de proteger o conservar el estado físico de las mismas, sin variar esencialmente su naturaleza.
  3. Recepción de mercancías en consignación, para entregarlas a los compradores de las mismas, previo pago de sus valores y de las comisiones y gastos incurridos.
  4. Contratación de seguros por cuenta del cliente sobre el valor de las mercancías depositadas, ya sea en bodegas generales, arrendadas o habilitadas, estableciendo que los montos deducibles son responsabilidad del depositante.
  5. Alquileres simples de espacios determinados, amparados en un contrato de arrendamiento.
  6. Etiquetado de productos o mercancías.
  7. Preparación de pedidos.
  8. Transporte y entrega de productos, y
  9. Demas operaciones autorizadas por la Secretaria de Finanzas.

Condiciones mínimas

  1. Acceso directo a la vía pública
  2. Buenas condiciones físicas de estabilidad y adaptabilidad que aseguren la adecuada conservación de los bienes o mercancías que se almacenen en ellos.
  3. Los Almacenes deberán asegurarse que en las pólizas de seguros endosadas a su favor.

Bibliografía

Reglamento de los almacenes generales de depósito y de los depósitos de aduana. (20 de Abril de 2018). Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán, Honduras: Diario Oficial La Gaceta.


[1] Obtenido de: https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Acuerdo_552-2018.pdf 

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