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REVISORIA FISCAL

karolina310514 de Octubre de 2014

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ENSAYO CRÍTICO

¿QUÈ SE EJERCE EN COLOMBIA: REVISORÍA O AUDITORÍA?

Diana Patricia Marulanda Marín

“En verdad lo que buscan los opresores es cambiar la mentalidad de los oprimidos y no la situación

que los oprime”

Esta frase que fue mencionada durante el Seminario sobre “La Responsabilidad Social del

Contador Público” llevado a cabo en la Universidad de Antioquia, nos muestra como procesos

económico-sociales entre ellos: la globalización, el TLC (Tratado de Libre Comercio), acuerdos

bilaterales, la “armonización”, “adopción” o “adaptación” de los Estándares Internacionales de

Contabilidad nos conducen a una integración y homogenización económica; que exige que

seamos seres activos en la generación de un nuevo marco cultural que busque el mejoramiento

continuo del trabajo desempeñado.

Pero para ello, necesitamos que recordemos la historia y evolución que ha tenido la figura de la

Revisoría Fiscal de la cual han surgido acuerdos, leyes y procedimientos que han ayudado a

controlar actuaciones que causan impactos negativos en el buen desarrollo empresarial.

Por la anterior razón he decidido dividir este escrito en las siguientes preguntas las cuales se iràn

resolviendo a medida de su desarrollo:

1. ¿Cómo surge la revisoría fiscal en nuestro pais?

2. ¿Que relación existe entre el objeto de la Contabilidad y la revisoría fiscal?

3. ¿Tiene la revisoría fiscal un marco teórico que dé cuenta de la realidad actual?

4. ¿En qué consiste el trabajo del revisor fiscal?

Por último, daré una consideración personal acerca de la crisis de la Institución de la Revisoría

Fiscal. 1. ¿CÓMO SURGE LA REVISORÍA FISCAL EN NUESTRO PAÌS?

La figura de la Revisoría Fiscal surge en respuesta a la necesidad pública de inspeccionar el

trabajo desempeñado por los gerentes o administradores de las sociedades anónimas, debido a

que, entre 1945 y 1953 se siente más fuerte el poder de los inversionistas extranjeros en el paìs y

se comienza un período hacia “La Concentración Industrial” dando orígenes al desarrollo de una

etapa de prenacionalismo, cuyo objeto inicial buscaba la reglamentación de la profesión de la

Contaduría Pública; ya que las firmas trasnacionales de auditoria que se encontraban en nuestro

paìs no deseaban que se instaurara una figura de control y fiscalización de la riqueza; por el

contrario deseaban seguir manejando el paìs sin ningún tipo de restricción ni responsabilidad.

Surgieron en los años 50 dos agremiaciones que aún continúan con vigencia, como son:

• INCP en 1951 Instituto Nacional de Contadores Públicos.

• ADECONTI en 1955 Institución que ha recibido distintos nombres pero

que es la misma “Federación del Colegio de

Contadores” o “Colegio de Contadores”

Estas dos Instituciones creadas entre 1955 y 1965 tenían como fin agremiar a los Contadores

Públicos del paìs, por lo que al principio el movimiento no logró organizarse lo suficiente llevando

con ello, a agotar energías y cerrar caminos lo que causó el debilitamiento de éste, por la poca

conciencia social que existía acerca de la importancia del movimiento.

Sin embargo, para 1953 bajo el golpe de Estado dado por Rojas Pinilla en contra del Gobierno de

turno, el movimiento se fortaleció por la expedición del Decreto 2373 del 18 septiembre de 1956,

por medio del cual se reglamentó por primera vez “La profesión del Contador Público y se protegió

el ejercicio profesional de los contadores públicos colombianos”. Dentro de este decreto, se

establecieron los parámetros de calidad que debería tener el Revisor Fiscal expresando que “las

firmas de auditoria externa NO PODRIAN EJERCER EN EL PAÌS” por el tipo de responsabilidad

contable que esta ejercía (ya que prestaban conjuntamente a una misma empresa un sinnúmero

de servicios profesionales como: Asesores – Consultores – Revisores Fiscales entre otros) lo cual

es éticamente contrario.

Con la expedición de la Ley 145 de 1960 se deja un vacío en la restricción que le había sido

impuesta a las firmas internacionales (es decir lo que ya se había ganado con el Decreto 2373 de

1956 de proteger al Contador Público colombiano se había desvanecido).

Para la década de los 70 Medellín se convierte en el eje político del Movimiento Nacionalista de los

Contadores, a través de la sede de ADECONTI que ahora es INCP, quienes tenían como

objetivos centrales:

• La eliminación de los monopolios de las firmas de auditoria

• Evitar que se crearan monopolios nacionales

• Evitar que las firmas internacionales se disfrazaran o resguardaran a través de firmas

nacionales- Según el Profesor Jack Araújo Ensuncho “El problemas principal con las firmas es un

problema de conocimiento, de dominación económica y política de un paìs sobre otro, no

es tanto un problema de mercado sino de Conciencia Contable”. Por lo que los Contadores

debemos nutrir día a día la contabilidad a través de la investigación, generando no sólo la mejor

Contabilidad sino también el mejor plan académico contable aunque esto nos suene utópico.

Luego, surge la Ley 43 de 1990 la cual considero es una recopilación de tipo procedimental que se

basó en un conjunto de experiencias vividas por los profesionales de la contaduría; un camino

hacia la ciencia e idiosincrasia propia en las prácticas técnico – contables adscrita a un crecimiento

progresivo del pais que después de quince años (15) de vigencia no se le ha creado un marco

teórico y filosófico que oriente al Revisor Fiscal hacia un norte más claro de conocimiento que

genere una homogenización en los procesos que deben ser llevados a cabo en la Revisoría Fiscal.

2. ¿QUE RELACIÓN EXISTE ENTRE EL OBJETIVO DE LA

CONTABILIDAD Y LA REVISORIA FISCAL?

El establecimiento de esta relación la considero de gran importancia ya que de ella depende que

los planes académicos de contabilidad se creen, modifiquen y mejoren en pro de un mejor

desarrollo de la profesión contable, en el que se circunscribe la Revisoría Fiscal, si estos planes no

forman al estudiante en el conocimiento principal del “control” generan en los futuros profesionales

incompetencias en el desarrollo y aplicación de la Revisoría Fiscal, la cual se encuentra enmarcada

dentro de un modelo de control integral y permanente. Además considero que éste no es el único

objetivo de la Contabilidad, por el contrario, es multidisciplinario que definido en palabras del

Profesor Danilo Ariza Buenaventura “El objeto de conocimiento de la Contabilidad es la

conceptualizaciòn de la riqueza adscrita a una propiedad”. Con ello quiero resaltar que la

riqueza de una Nación o persona se debe controlar y, por tanto, se podrá vigilar, fiscalizar e

inspeccionar en sus procesos de producción y conservación, por lo que es aquí donde surge la

Revisoría Fiscal como respuesta a esta necesidad social de salvaguardar lo público; por ello es

que la legislación colombiana en un momento histórico le otorgó a la Contaduría Pública esta

función esencial de controlar, para ser ejercida a través de la Revisoría Fiscal como una de las

formas o herramientas más especializadas de los campos de invención que se adjudicaron a la

contaduría.

Sin embargo, vemos como los pénsumes de estudio de las universidades nos fundamentan en la

auditoria y no en el control integral, ¿por qué?

Igualmente, como lo establece el profesor Rodrigo Loaiza García Contador Público de la

Universidad de Medellín y Economista de la Universidad de Antioquia: “ En la norma son

explícitas las funciones del Revisor Fiscal, mas no la forma del cómo cumplirlas, ya que

tendemos frecuentemente a confundir en la práctica el control que se lleva a cabo en la Auditoria,

el control de la Interventoria de cuentas, el Control fiscal y el control de la Revisoría, conllevando a

quien ejerce la Revisoría Fiscal a fundamentarse en Instituciones propias de control de estos otros

modelos (Auditoria - Control fiscal - Intervención de cuentas) distorsionando con ello, los objetivos

de la Revisoría Fiscal”, prueba de ello es ver los aspectos procedimentales de nuestra

normatividad la cual no establece ni siquiera los aspectos del cómo se lleva a cabo el proceso del

control, sino que se debe extraer de la normatividad contable.

En conclusión, si lo que tenemos legislado es la obligatoriedad de la Revisoría Fiscal como

campo de intervención de la contaduría, el objeto de formación debería ser el CONTROL

INTEGRAL y no la AUDITORÍA. 3. ¿TIENE LA REVISORÍA FISCAL UN MARCO TEÓRICO QUE DE

CUENTA DE LA REALIDAD ACTUAL?

Como lo mencionaba al final del párrafo del numeral 1 aún no tenemos un marco teórico; nos

encontramos en deuda con la profesión por expedir no un Código Procedimental de la Revisoría

Fiscal sino un MARCO TEÒRICO que de cuenta del porque de la revisoría fiscal, ¿cómo surge?,

¿cuál

...

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