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ANÁLISIS ECONÓMICO DE LOS IMPUESTOS


Enviado por   •  4 de Enero de 2021  •  Apuntes  •  847 Palabras (4 Páginas)  •  124 Visitas

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ANÁLISIS ECONÓMICO DE LOS IMPUESTOS

Grupo 2:

Nombres:

  • Carlos Calderón Ambar Maricielo
  • Casas Rabines José Luis
  • Chumacero Rodriguez Luis Ronald
  • Churampi Pérez Sonia Evelyn

  1. Situaciones que distorsionan o dificultan la toma de decisiones:
  1. Apéndice I de la ley del IGV ( Beneficio Tributario = exoneración)
  • El IGV es un impuesto que es regresivo (que afecta al que menos tiene), indirecto (que lo terminará pagando el consumidor final.
  • W. Villanueva (2014), comenta que el principio económico fundamental del IGV es la “neutralidad”. Pág. 19.
  • La neutralidad en el IGV es gravar con la imposición durante todas las etapas (desde la producción, hasta la comercialización), el simple hecho de no gravar en una de las etapas convierte al IGV, en un impuesto anti- técnico (desnaturalizando el principio de neutralidad).
  • Inciso b) art 18 de la LIGV: que se destinen a operaciones gravadas.
  • SUNAT (2012), Los beneficios asociados al Sector Agropecuario (apéndice 1 de la ley del IGV) están relacionados más directamente a la búsqueda de la reducción de precios de los alimentos (objetivo redistributivo).
  • Teniendo en cuenta lo descrito precedentemente, al otorgar una exoneración provocará en el contribuyente (excepto pagar impuesto) que su IGV (compras adquiridas) no las pueda deducir como crédito fiscal, el valor de este IGV ocasionará  la creación de IGV oculto (dentro del precio de venta), incidiendo en el costo de venta, lo que podría ocasionar la vulneración de los principios: capacidad contributiva y de la no confiscatoriedad en el consumir de menos recursos económicos.
  • Si analizamos la lista del apéndice I, podemos observar que la gran mayoría de productos no se encuentran dentro de los alcances o no son consumidos por la población más desfavorecida económicamente. Entonces, ¿esta exoneración a quién realmente beneficia?, ¿el Estado Peruano cuánto deja de recibir por este beneficio tributario?.

  1. NUEVO RUS : RÉGIMEN TRIBUTARIO

Los contribuyentes “formales” se ven en desigualdad en el tratamiento (presión tributaria) que les da la SUNAT frente a contribuyentes informales. Hoy en día, los contribuyentes del RER, REMYPE, RG tienen que dar una tajada de sus ganancias (IR) y además contribuir con el IGV, los informales siguen dejan de contribuir con el fisco y los del NRUS solo aportan entre s/ 20.00 y s/ 50.00 según sus ventas.

 Hay actividades económicas que no permiten acogerse al NRUS. Sin embargo, muchos de estos contribuyentes sus ingresos son iguales, a veces hasta menores que los que sí se pueden acoger. Durante 1 mes fui a comer 3 veces en un restaurant (3 pisos), les pedí factura, pero me dijeron que solo otorgaban boletas de venta, para sorpresa en cada piso era distinto número de RUC (“criollada peruana le llaman”). Los del NRUS pagan s/20.00 o s/50.00, frente a otro contribuyente que no son medidos de la misma manera (nivel de ingresos), sino que son discriminados por el tipo de actividad. ¿Es justa nuestra tributación peruana?.

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