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POLÍTICA FISCAL Y ANÁLISIS ECONÓMICO DE LOS IMPUESTOS

maricelapeinadoEnsayo4 de Diciembre de 2015

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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”

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DOCENTE            :    SÁNCHEZ VECORENA JORGE

MAESTRANDA     :   CAROLINA  CONDOR ARAUJO

MARICELA PEINADO DE LA CRUZ

EVELIN SAUÑI ONOFRE

ANGEL SÁNCHEZ LAZO

ASIGNATURA      :   POLÍTICA FISCAL Y ANÁLISIS ECONÓMICO DE LOS IMPUESTOS

HYO-PERÚ

2015

 

INTRODUCCIÓN


Los gastos tributarios, son toda aquella recaudación que el fisco deja de percibir; la aplicación de incentivos y regímenes tributarios especiales como parte de la política pública para atraer la inversión.

Su finalidad es estimular a determinados sectores, actividades, regiones o agentes de la economía.

Aludiendo de esta forma  a la renuncia tributaria por las cuales deja de percibir parcial o totalmente como parte de ingresos tributarios, atendiendo a la política económica y social.

Para evaluar correctamente la posición fiscal de un país hay que considerar dos conjuntos de indicadores. El primero de ellos es convencional, y se refiere a los gastos, impuestos, subsidios y transferencias que están debidamente identificados en el presupuesto del gobierno, y conforma el aspecto visible de la política fiscal. El segundo consiste en una amplia gama de instrumentos y canales de transmisión de efectos de naturaleza fiscal, excluidos por definición del presupuesto, que denominamos "política cuasifiscal". Los Gastos Tributarios pertenecen a este segundo grupo, y en la medida en que se desarrollen mecanismos para su correcta medición, programación y fiscalización, se logrará mayor eficiencia en el cumplimiento de los objetivos políticos y económicos para los cuales fueron creados.


LOS GASTOS TRIBUTARIOS EN EL PERÚ

  1. DEFINICION DE GASTO TRIBUTARIO

El objetivo primordial de un sistema tributario es recaudar los ingresos necesarios para financiar el gasto público. Cada ciudadano debe aportar una proporción ya sea de su ingreso, de su consumo o de su riqueza, que será destinada a financiar los bienes públicos, el gasto social u otras actividades que tengan efectos económicos positivos para la sociedad.

Sin embargo la manera de recaudar no es irrelevante, la estructura tributaria debe tener ciertas cualidades, tales como eficiencia, equidad y simplicidad.

La equidad se entiende en un doble sentido: horizontal y vertical, los impuestos tienen que ser horizontalmente equitativos, es decir, deben afectar de igual manera a personas de igual capacidad contributiva. A su vez, deben ser verticalmente equitativos, en el sentido de que las personas de mayor capacidad contributiva tienen que pagar proporcionalmente más impuestos.

Es preferible tener una estructura tributaria simple a una compleja, pues la simplicidad disminuye otros costos asociados a los impuestos, como los relacionados con la administración y el cumplimiento, a la vez que reduce los espacios de evasión y evaluación.

En general se define al Gasto Tributario como concesiones tributarias, o desviaciones respecto de un sistema tributario base, que los gobiernos utilizan para alcanzar determinados objetivos económicos y sociales. Pueden ser considerados como tales una variedad de instrumentos tributarios entre los que se puede mencionar a los créditos, exoneraciones, inafectaciones, reducciones de tasas, deducciones, diferimientos y devoluciones, entre otros. Sin embargo, es oportuno precisar que en la literatura y práctica internacional no existe consenso sobre lo que debe considerarse como GASTO TRIBUTARIO.

Frecuentemente, los gobiernos utilizan  los sistemas tributarios para promover ciertos objetivos de política económica, como incentivar el ahorro, estimular el empleo o proteger a la industria nacional, en tales circunstancias cumple un rol fundamental similar al del gasto público, pero por la vía de la renuncia del Estado a toda recaudación o parte de ella, que correspondería a determinados contribuyentes o actividades. Esta renuncia se conoce como gasto tributario.

Desde un punto de vista de la técnica tributaria, los gastos tributarios pueden tomar diversas formas, como las siguientes:

  • Exenciones: Ingresos o transacciones que se excluyen de las bases imponibles, Ejm: exenciones, exoneraciones, hechos no gravados, etc.
  • Deducciones: Cantidades que se permite rebajar de la base imponible.
  • Créditos: Cantidades que se permite rebajar de los impuestos.
  • Tasa reducida: Alícuotas de impuestos inferiores a la aplicación general.
  • Diferimiento: Postergación en el pago de los impuestos.

  1. OBJETIVOS PERSEGUIDOS CON LOS GASTOS TRIBUTARIOS

Uno de los objetivos de los gastos tributarios constituye en una trasferencia de recursos públicos llevada a  cabo mediante reducción de las obligaciones con respecto a un impuesto de referencia. Lo ideal es que estas transferencias deberían perseguir en esencia cuatro objetivos:

  • Mejorar la progresividad del sistema tributario
  • Otorgar mayor eficiencia a la estructura tributaria
  • Estimular el consumo de bienes estimados meritorios
  • Incentivar la inversión en ciertos sectores o regiones

  1. IMPORTANCIA DE ESTIMAR LOS GASTOS TRIBUTARIOS

Los Gastos tributarios son reconocidos como programas de asistencia financiera para algunos grupos particulares, y la importancia de su medición radica en que permite tener un indicador que muestre si lo que se deja de recibir como ingreso tributario está cumpliendo los objetivos económicos o políticos para los cuales fueron creados.

Permite dotar de mayor transparencia a las cuentas públicas, al reducir posibles injerencias políticas y discrecionalidad administrativa en la distribución y el aprovechamiento de los beneficios. Además, en tanto se pueda tener información sobre gastos tributarios por tipos de impuestos aplicables a distintos sectores de actividad y regiones de destino, será posible identificar a los beneficiarios y perdedores de tal política, y en consecuencia, sus posibles efectos distributivos. Es decir, es necesario tener una medición de Gastos Tributarios que permita comparar si los beneficios del programa superan los costos, quienes se benefician y en qué medida se alcanzan los objetivos.

El problema de mostrar los gastos en la forma tradicional, como deducciones, excenciones o incentivos, es que se viola el principio presupuestario de la compensación de gastos e ingresos (dado que en la rendición final de la cuenta Ingresos-Gastos no pueden considerarse solo cifras netas), lo cual vulnera un requerimiento del sistema democrático acerca de la debida publicidad de los actos del gobierno. Por lo tanto, con la publicación de la estimación de los Gastos Tributarios esto queda garantizado.

Por último, se trata de estimar las implicaciones presupuestarias de la correspondiente pérdida de ingresos tributarios y, en particular, compararla con los gastos directos que sustituyen.

  1. DESVENTAJA DE LOS GASTOS TRIBUTARIOS
  • Distorsionan el Sistema Tributario, afectando su unidad al impedir que los impuestos se apliquen de manera general a todos los sujetos que realicen la misma operación gravada.
  • Conllevan a una menor eficiencia recaudatoria y una ineficiente asignación de recursos fiscales.
  • Generan mayores oportunidades de evasión y elusión.
  • Deterioran las condiciones de competitividad de la economía, al crearse niveles de competencia artificiales y no en base a criterios de mercado.
  • Incrementan el costo de recaudación, requiriéndose mayores recursos para la Administración Tributaria para el control de los beneficios tributarios.
  • Generan presiones de los sectores no beneficiados.
  1. PROBLEMAS DETECTADOS:
  • Proliferación de normas legales que conceden beneficios tributarios sin un debido sustento técnico que garantice la efectividad de la medida.
  • Existencia indefinida en el tiempo de beneficios tributarios cuya vigencia se prolonga en el tiempo sin un análisis técnico que garantice la necesidad de su permanencia.
  • Inequidad horizontal e inequidad global.
  • Menor transparencia fiscal y presupuestaria.
  • Beneficios tributarios ineficaces, que en la práctica no muestran los resultados por los que fueron creados.
  • Altos costos administrativos, al generar un sistema tributario más complejo, tanto en su control como en su administración.
  1. CUANTIFICACIÓN DE LOS GASTOS TRIBUTARIOS

Los gastos están categorizados según la siguiente clasificación

  • Gastos Tributarios según el Tributo Utilizado
  • Gastos Tributarios según Destino Geográfico
  • Gastos Tributarios según tipo de Gasto Utilizado
  • Gastos Tributarios clasificados por sector Beneficiario



  • VALOR PRESENTADO EN MMM (2013 – 2015)

BENEFICIARIOS 1/

ALCANCE GEOGRÁFICO 2/

TIPO DE GASTO

TRIBUTO

DESCRIPCIÓN DEL BENEFICIO

POTENCIAL  2013

POTENCIAL  2014

CORTO PLAZO 2015

Miles de nuevos soles

% PBI

Miles de nuevos soles

% PBI

Miles de nuevos soles

% PBI

AGROPECUARIO

 

Exoneración

IGV

Apéndice I: Insumos Agrícolas

230289

0.04

188,500

0.03

115,420

0.02

IGV

Apéndice I: Productos Agrícolas 5/

1,985,981

0.35

2,314,374

0.37

2,496,350

0.39

Diferimiento

IRPJ

Depreciación de hasta 20% de obras de infraestructura hidráulica y riego 6/

549

0.00

184

0,00

3,932

0.00

Tasas Diferenciadas

IRPJ

Tasa de 15%

228,853

0.04

301,738

0.05

235,360

0.04

PESCA

 

Tasas Diferenciadas

IRPJ

Tasa de 15% para la actividad de Acuicultura 7/

2,027

0.00

0

0,00

0

0.00

MINERÍA

 

 

IRPJ

Inversiones de titulares de la actividad minera en infraestructura que constituya servicio público

0

0.00

0

0,00

0

0.00

Deducción

IRPJ

Reinversión de utilidades por parte de empresas mineras

5,374

0.00

0

0,00

0

0.00

Diferimiento

IRPJ

Depreciación de hasta 20% de activos fijos y de hasta 10% en inmuebles  6/

19,500

0.00

22,525

0,00

23,136

0.00

Devolución

IGV

Minería - devolución a titulares de la actividad minera - fase exploración

35,536

0.01

65,199

0.01

71,453

0.04

HIDROCARBUROS

Amazonía

Exoneración

IGV

Venta de combustible por las empresas petroleras a las comercializadoras o consumidores finales ubicados en la Amazonía.

15,443

0.00

215,658

0.03

231,586

0.04

ISC

Venta de combustible por las empresas petroleras a las comercializadoras o consumidores finales ubicados en la Amazonía.

217,919

0.04

231,800

0.04

252,164

0.04

 

Exoneración

AD VALOREM

Hidrocarburos – Actividades vinculadas a la exploración - Importaciones

1,253

0.00

1,092

0,00

2,163

0.00

IGV

Hidrocarburos – Actividades vinculadas a la exploración - Importaciones

15,707

0.00

5,403

0,00

37,285

0.01

Devolución

ISC

Hidrocarburos – Actividades vinculadas a la exploración - compras internas

2,225

0.00

544

0,00

1,370

0.00

IGV

Hidrocarburos – Actividades vinculadas a la exploración - compras internas

30,340

0.01

84,856

0.01

130,685

0.02

Inafectación

IGV

Las regalías que corresponda abonar por contratos de licencia en Hidrocarburos

0

0.00

0

0,00

0

0.00

MANUFACTURA

Zona de Frontera

Tasas Diferenciadas

IRPJ

Tasa de 10% para las empresas en zonas de frontera

1,885

0.00

207

0,00

25

0.00

Zona Franca

 

IGV

Tasa de 0% en el IGV para los vehículos usados que hayan sido reacondicionados o reparados en los CETICOS.

7,890

0.00

147

0,00

6

0.00

Tasas Diferenciadas

ISC

Tasa de 0% en el ISC para los vehículos usados que hayan sido reacondicionados o reparados en los CETICOS.

43,835

0.01

815

0,00

31

0.00

 

 

Crédito

IRPJ

Crédito Tributario por reinversión a favor de empresas editoras - Ley del Libro

13,978

0.00

11,532

0,00

4,236

0.00

Devolución

IGV

Reintegro Tributario - Ley de Democratización del Libro

19,044

0.00

19,066

0,00

25,339

0.00

Exoneración

IGV

Importación y venta de libros y productos editoriales - ley de Democratización del Libro

37,504

0.01

62,973

0.01

56,353

0.01

 

 

Exoneración

IGV

Apéndice I: Primera venta de inmuebles cuyo valor no supere las 35 UIT

41,090

0.01

74,010

0.01

48,981

0.01

CONSTRUCCIÓN

IGV

La construcción y reparación de las Unidades de las Fuerzas Navales que efectúen los Servicios Industriales de la Marina

10,542

0.00

19,617

0,00

70,168

0.01

COMERCIO

Amazonía

Devolución

IGV

Reintegro Tributario

125,069

0.02

104,364

0.02

100,162

0.02

TRANSPORTE

 

Exoneración

IGV

Apéndice II: Servicio de transporte público de pasajeros dentro del país, excepto el transporte aéreo.

259,641

0.05

320,320

0.05

340,366

0.05

Devolución

ISC

Devolución del combustible usado por el transporte terrestre equivalente al 30% del ISC pagado

23,160

0.00

71,106

0.01

34,366

0.01

INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

 

Inafectación

IGV

Servicios de crédito efectuado por Bancos

260,326

0.05

338,169

0.05

585,131

0.09

IGV

Servicios de crédito efectuado por Cajas Municipales de Ahorro y Crédito

11,114

0.00

21,112

0,00

45,403

0.01

IGV

Servicios de crédito efectuado por Cajas Rurales de Ahorro y Crédito

0

0.00

0

0,00

3,155

0.00

IGV

Servicios de crédito efectuado por EDPYMES

0

0.00

243

0,00

5,431

0.00

IGV

Servicios de crédito efectuado por Financieras

51,196

0.01

24,493

0,00

107,510

0.02

IGV

Los servicios de las AFP y los seguros para los trabajadores afiliados al SPFP

176,468

0.03

203,679

0.03

106,713

0.02

IRPN

Intereses por valores mobiliarios - Bonos del Tesoro y CDBCRP

59,012

0.01

100,779

0.02

84,082

0.01

IGV

Las pólizas de seguros de vida

 

 

388,410

0.06

579,425

0.09

Exoneración

IGV

Las pólizas de seguros de vida

485,385

0.09

 

 

 

 

IGV

Apéndice II: Los ingresos que perciba el Fondo MIVIVIENDA por las operaciones de crédito que realice con entidades bancarias y financieras

40,245

0.01

36,658

0.01

38,196

0.01

IRPN

Intereses de Cooperativas de ahorro y crédito

10,193

0.00

12,628

0,00

16,202

0.00

...

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