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Administración Desconcentrada Jurídica de Michoacán 2


Enviado por   •  23 de Junio de 2016  •  Trabajos  •  738 Palabras (3 Páginas)  •  556 Visitas

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Administración Desconcentrada Jurídica de Michoacán 2

Av. Ocampo No. 2, Col. Centro, C.P. 60000.

Uruapan Michoacán

PRESENTE.

Por medio de este documento María luisa Pulido Corona, mexicana con mi carácter de representante de la persona física Rafael Efrén Morelos Esquivel acreditando con original poder notarial ante la notaria publica 116 a cargo del licenciado Rafael Hernández López en fecha veintiseis de enero del dos mil dieciséis, con Registro Federal del Contribuyente MOER7408028Q5 señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones en calle avenida gardenia 167 Los Camichines Periban, PERIBAN MICHOACAN con Código Postal 60440 y autorizado a Jorge Pulido Herrera y Eugenio Corona Cortez  indistintamente en términos de los artículos 19 del Código Fiscal de la Federación.

Que con el citado carácter, vengo a interponer el Recurso de Revocación, en contra de la resolución contenida en el oficio, número161611152303533C08271, del día veintisiete de enero del dos mil dieciséis dictado en el crédito fiscal número 341375 por la autoridad Administración Desconcentrada Jurídica de Michoacán 2 , donde se establece un crédito por concepto de pago de multa por presentación a requerimiento de autoridad por la cantidad de $3720 (tres mil setecientos veinte pesos en moneda nacional) correspondientes al mes de julio de dos mil quince.  

Sirven de fundamento para interposición del recurso, lo dispuesto por los artículos 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133 y 133-A del Código Fiscal de la Federación y en los artículos 16 y 8 de nuestra CARTA MAGNA la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en contra del siguiente acto administrativo:

HECHOS

•Con fecha de 27 de enero del 2016 (veintisiete de enero del dos mil dieciséis), fui notificado en forma diversa a lo establecido por el artículo 134 del CFF de la resolución que hoy se controvierte.

AGRAVIOS

PRIMERO: Resulta ilegal y violatoria la resolución que en esta vía se impugna de acuerdo con el artículo 137 del Código Fiscal de la Federación,  ya que no fue notificado como marca la ley por que las persona que el notificador señala que tiene relación laboral con Rafael Efrén Morelos Esquivel en realidad no trabajan juntos por lo cual me dirijo a usted para decirle que el señor Rafael Efrén Morelos Esquivel no conoce a esta persona que el notificador indica.

SEGUNDO: Resulta ilegal y violatoria la resolución que en esta vía se impugna de acuerdo con el artículo 137 del Código Fiscal de la Federación ya que el citatorio que la persona autorizada por la Administración Desconcentrada Jurídica de Michoacán 2 estableció esperaría al día hábil siguiente, este artículo establece que podría acudir a notificar a las oficinas de las autoridades fiscales dentro de los seis días siguientes contando a partir de aquel que fue dejado el citatorio, se practicó la notificación al día siguiente, sin contar que el notificador supiera que seguiría trabajando en las huertas.

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