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Análisis legal y administrativo Registro ante el IMPI

Luz Ángeles ChávezResumen29 de Octubre de 2021

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Análisis legal y administrativo

Registro ante el IMPI

Este procedimiento se consideró tomarse en línea, por lo que todo trámite será realizado en la página www.gob.mx/impi.

Para proceder con este trámite se debe de contar con los siguientes documentos:

  • Estar registrado en el portal de Pagos y Servicios Electrónicos (PASE) del IMPI.
  • Contar con la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente de una persona física.
  • Contar con una cuenta bancaria habilitada para realizar transferencias electrónicas de los bancos autorizados.
  • Revisar la Guía de Usuario de Registro de Marcas, avisos y Publicaciones de Nombres Comerciales, disponible en www.gob.mx/impi.

Al comenzar se debe presentar una solicitud en la siguiente página https://eservicios.impi.gob.mx/seimpi/action/rduml2, donde procederemos a ingresar nuestro usuario y contraseña de nuestro Portal de Pagos y Servicios electrónicos; leyendo y aceptando los lineamientos y condiciones. Seguido de esto seleccionaremos la opción de “Presentación en línea” que es nuestro caso. Luego se nos mostrarán los pasos a seguir para el procedimiento al igual que un apartado con los siguientes elementos:

  • Inicio: donde se podrá regresar siempre al menú.
  • Mis solicitudes: Se encuentran tus solicitudes en preparación o poder hacer captura de ellas.
  • Mis promociones: podrás capturar o acceder a tus promociones previamente creadas.
  • Tablero electrónico: Acceder a tus solicitudes enviadas, notificaciones pendientes y promociones enviadas, (revisar los días 15 y 30 de cada mes).

Como primer paso se realizara la captura de la solicitud, para esto nos direccionaremos al apartado de mis solicitudes y selecciona “captura tu solicitud”. (Ten en cuenta que los apartados que aparezcan con un signo de asterisco son apartados obligatorios que deben ser llenados).

Como primer paso se deberá elegir el tipo de solicitud que se desea realizar de las siguientes opciones se deberá elegir la que se requiera en el momento:

  • Registro de marca.
  • Registro de marca colectiva.
  • Registro de nombre comercial.
  • Registro de aviso comercial.

En este procedimiento se recomienda consultar la ya mencionada Guía de Usuario de Registro de Marcas, Avisos y Publicación de Nombres Comerciales.

Para esta ocasión nosotros procederemos a hacer un registro de marca que es la primera opción. Posteriormente se debe elegir el tipo de marca de las cuales nos aparecen:

  • Nominativa.
  • Innominada.
  • Mixta con denominación y diseño.
  • Tridimensional.
  • Mixta con denominación y forma tridimensional.
  • Mixta con diseño y forma tridimensional.
  • Mixta con denominación, diseño y forma tridimensional.

(Se debe elegir dependiendo a lo que se desea proteger) que en este caso escogemos mixta con denominación y diseño.

Seguido de esto se nos presenta un cuestionario el cual debemos de completar.

Comenzando con la denominación de la marca y su respectivo logotipo el cual se deberá apreciar con claridad, en caso de no ser así se deberá ajuntar una ampliación en formato PDF, en el apartado de Anexos, para que sea considerado durante el estudio.(Si el diseño incluye alguna Leyenda o figura no reservables, deberá agregarla en el campo correspondiente)

 Como segundo paso se deberá completar los datos del solicitante, que incluyen:

  • Tipo de persona: Física o Moral.
  • Nombre: acompañado de los respectivos apellidos.
  • Nacionalidad.
  • Teléfono y correo electrónico.

Como tercer paso se indica la fecha de primer uso y ubicación de establecimiento.

Se debe agregar desde cuando se está utilizando la marca, o si aún no se utiliza selecciona la opción “No se ha usado” o, deja en blanco los espacios y agregar si cuentas o no con un establecimiento. (En caso de que si haya sido utilizada se deberá ingresar una fecha y obligatoriamente un domicilio de establecimiento).

Como cuarto paso se debe completar la Clase o giro comercial preponderante en la que se deberá agregar:

La clase a la que pertenece los productos o servicios que deseas distinguir con tu marca, (se puede realizar la búsqueda por lista alfabética, titulo de clases o descripción libre). Solo se puede elegir una clase y en caso de que quieras distinguir varios productos de distintas clases es necesario que realices una solicitud por clase. Damos guardar y continuamos con el siguiente paso.

En este quinto paso deberá ser verificado el nombre del firmante, ya que este nombre debe coincidir con el certificado de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL). El sistema nos asignará un número de solicitud, y en todo momento podrás guardar los datos que hayas ingresado.

El sexto y último paso tenemos la sección de Prioridad reclamada en la cual debemos seccionar si la marca cuenta con prioridad en el extranjero, (El proceso de registro en el extranjero no debe exceder de los 6 meses).

Al terminar puedes generar una vista previa de tu solicitud y podrás verificar que los datos estén correctos. Si es así, podrás finalizar con la captura de la misma.

En automático se te mostrará el portal de pagos y servicios electrónicos (PASE) para realizar el pago. Genera el monto total que deberás pagar, dependiendo al tipo de solicitud que hayas seleccionado. Podrás hacer un pago electrónico o generar una línea de captura para pago en ventanilla bancaria.

Lo siguiente que deberás realizar es firmar la solicitud con la FIEL vigente de la persona física registrada en el PASE. Una vez ya firmada la solicitud, el sistema te genera un acuse electrónico donde aparece el número de expediente asignado. (Este acuse permanecerá disponible en el Tablero Electrónico y en MARCANET podrás dar seguimiento al estatus de tu expediente).

(Todas las notificaciones posteriores se visualizaran directamente en el Tablero Electrónico y deberás estar pendiente).

Una vez recibido el acuse de tu solicitud, deberás esperar los estudios pertinentes, los cuales determinarán el registro de tu marca.  

Para visualizar la notificación, el sistema te solicitará que firmes de forma electrónica la notificación por medio de tu FIEL vigente, al hacerlo te generará el acuse y te permitirá descargar la notificación.

Una vez que el IMPI realice el estudio correspondiente y en un plazo no mayor a seis meses, mediante el Tablero Electrónico se te dará una respuesta sobre la solicitud de registro notificándote el otorgamiento o negación del registro.  

En caso de existir un requisito por cumplimentar, el IMPI lo hará saber por escrito otorgando un plazo de cuatro meses sin prórroga para darle contestación.

De ser aprobada la solicitud  el Instituto concederá el Título de Registro de Marca en su favor, con una vigencia de diez años contada a partir de la fecha de presentación de la solicitud, siendo renovable por periodos de diez años.

Pero en el caso de ser denegada el Instituto girará la negativa de registro de marca por escrito al interesado, teniendo éste un plazo de quince días para interponer recurso de revisión ante el propio instituto, o bien cuarenta y cinco días para iniciar el juicio de Nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Constitución legal

Se deben llevar a cabo una serie de procedimientos administrativos los cuales son esos pasos legales que debe llevar a cabo la empresa para poder formalizarse.

Comenzaremos con presentar una solicitud ante la Secretaria de Relaciones Exteriores. Esto para poder elegir el tipo de denominación social que mejor se adapte a nuestro negocio, asegurándonos de que el nombre que elegimos no esté registrado constitutivamente en el país o en el extranjero con la misma razón social.

Seguido de la creación del acta constitutiva que es un documento donde se ve relejado todo lo relacionado con la empresa y sus asuntos legales como lo son:

  • Razón social: Nombre del régimen jurídico en donde la empresa va a entrar ya sea persona Física o Moral.
  • Giro comercial: La clasificación en donde se identifica nuestro negocio, dicha clasificación que legalmente tiene contemplado la secretaria de economía.
  • Capital Social: La primer base económica que cuenta la empresa para iniciar sus actividades.
  • Domicilio fiscal: Ubicación geográfica donde se encuentra el establecimiento.
  • RFC: Se solicita ante el SAT solicitando una cita ante este.
  • E. Firma: La firma electrónica la cual de igual forma se genera ante el SAT.

Identidad corporativa.

  • Marca: La forma visual con la que se identifica tu empresa la cual debe estar registrada ante el IMPI.
  • Nombre comercial: El nombre que presenta la empresa al público.
  • Aviso comercial: El eslogan que es tu frase publicitaria de tu marca.
  • Licencias y permisos: Permisos necesarios para la apertura o instancia de un negocio.

Al concluir la Acta Constitutiva se debe presentar ante el Notario Público o Corredor.

Después deberá inscribir a la empresa ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Este paso se debe realizar cuando nuestra Acta Constitutiva esté legalizada, así podremos proceder con la presentación de nuestra empresa ante el SAT, en donde obtendremos un número de Registro Federal de Contribuyente (RFC) para obtener la Cédula Fiscal.

Lo siguiente será presentarnos ante el Registro Público de la Propiedad y Comercio, en donde inscribiremos a nuestra empresa y nuestros bienes inmuebles que la conforman, así como sus fines, objetivos y metas comerciales. Para este procedimiento se deberá presentar:

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