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CONCEPTOS DE DERECHO FISCAL


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2011  •  533 Palabras (3 Páginas)  •  1.100 Visitas

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CONCEPTOS DE DERECHO FISCAL

Obligado directo: Es quien específicamente se coloca dentro de la norma prevista en la ley fiscal y sobre el recae el deber tributario.

Responsable solidario: Persona que en virtud de haber establecido una relación jurídica con el obligado directo y por disposición legal adquiere la obligación de cubrir una contribución a cargo del obligado directo.

Tercer relacionado con los dos anteriores: Cuando un tercero que comprueba su idoneidad y solvencia garantiza voluntariamente el interés fiscal respecto de un crédito auto determinado por un contribuyente, se constituye como un obligado solidario. Aquella persona física o jurídica que no realiza el hecho imponible ni en el supuesto propio de la sustitución. Se coloca en el lugar del contribuyente o del sustituto a los efectos de pagar según las circunstancias de la deuda. Cuya responsabilidad alcanza la totalidad de la deuda con exclusión de las sanciones. Persona a quien la ley obliga al pago de la deuda solidaria o subsidiariamente.

1. Fundamento legal de la cancelación.

Artículo 146-A.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá cancelar créditos fiscales en las cuentas públicas, por incosteabilidad en el cobro o por insolvencia del deudor o de los responsables solidarios.

1. Fundamento legal de la condonación.

Artículo 21.- Cuando no se cubran las contribuciones o los aprovechamientos en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales, su monto se actualizará desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, además deberán pagarse recargos en concepto de indemnización al fisco federal por la falta de pago oportuno. Dichos recargos se calcularán aplicando al monto de las contribuciones o de los aprovechamientos actualizados por el período a que se refiere este párrafo, la tasa que resulte de sumar las aplicables en cada año para cada uno de los meses transcurridos en el período de actualización de la contribución o aprovechamiento de que se trate.

1. Fundamento legal de compensación.

Artículo 23. Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que ambas deriven de impuestos federales distintos de los que se causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico, incluyendo sus accesorios. Al efecto, bastará que efectúen la compensación de dichas cantidades actualizadas, conforme a lo previsto en el artículo 17-A de este Código, desde el mes en que se realizó el pago de lo indebido o se presentó la declaración que contenga el saldo

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