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CONSTITUCION SOCIEDAD sl


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2015  •  Tareas  •  757 Palabras (4 Páginas)  •  102 Visitas

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        Constitución sociedad SL

La sociedad será una Sociedad Limitada (SL) siendo la forma jurídica más recomendada y práctica para pequeños empresarios. Tendrá un capital social inicial de 3.000 Euros a ingresar de forma íntegra en una cuenta bancaria a nombre de la futura empresa que el banco, una vez ingresado este importe, emitirá un certificado que posteriormente los socios deben presentar en notaria al ir a firmar las escrituras. La responsabilidad de los socios es limitada, es decir, en caso de quiebra, los socios no responderán con su patrimonio personal sino con los Fondos Propios de la empresa. Los administradores serán dos; uno de ellos socio de la misma y otro externo o bien un trabajador que ellos mismos contraten para llevar a cabo esta función. Los administradores actúan de forma solidaria, teniendo libre capacidad de obrar frente al resto de administradores (no son socios mancomunados). Las acciones las podrán trasmitir de un socio a otro de forma que el socio adquiriente tendrá todos los derechos derivados de la acción.

        El nombre para esta sociedad será PEDRO PABLO Y MIGUEL ASOCIADOS SL. Es imprescindible redactar un conjunto de normas que regirán el funcionamiento de la empresa (Estatutos Sociales) y que se incorporarán posteriormente a la escritura pública para la correspondiente constitución de la sociedad. A pesar que en este caso los socios firman los Estatutos y el contrato privado en Portugal, la sociedad es española ya que las escrituras se firman en España, siendo el domicilio social de la misma Barcelona, Vía Agusta 263, 8º.

        Una vez aportada toda la documentación necesaria para la constitución de la nueva sociedad, es necesario inscribir a la empresa en el Registro Mercantil de la ciudad dónde se haya fijado el domicilio social de la empresa, en este caso Barcelona. El plazo para inscribirla es de dos meses desde la obtención de la escritura de constitución. Los socios deben aportar la siguiente documentación para la inscripción en el RM.

  • Copia auténtica de la escritura constitución de la Sociedad.
  • Certificación negativa de denominación social
  • Documento acreditativo de haber liquidado el Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos documentados.
  • Copia del NIF Provisional

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es un tributo que grava la constitución de la sociedad y que había que liquidar en las oficinas de Hacienda de la Comunidad Autónoma dónde se hubiese constituido la sociedad en un plazo de 30 días desde el otorgamiento de la escritura (modelo 600). Pero el 3 de Diciembre de 2010 con la aprobación del Real Decreto – ley 13/2010, quedaron exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad de operaciones societarias: la constitución de sociedades, el aumento de capital y el traslado a España de la sede de la dirección efectiva o del domicilio social de una sociedad cuando ni una ni otro estuviesen previamente situados en un Estado miembro de la Unión Europea. Por lo que los socios no deben pagar ningún impuesto, en este caso lo más costoso será la escritura pública de constitución.

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