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CONTRATO INDIVIDUAL


Enviado por   •  11 de Agosto de 2021  •  Apuntes  •  1.831 Palabras (8 Páginas)  •  87 Visitas

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        [pic 1]INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL[pic 2][pic 3]

ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN

 

NOMBRE DEL INSTITUTO: INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

UNIDAD ACADÉMICA: ESCA UNIDAD SANTO TOMÁS

LICENCIATURA: CONTADOR PÚBLICO (PILARES)

UNIDAD DE APRENDIZAJE: DERECHO MERCANTIL Y LABORAL

NOMBRE DE DOCUMENTO: ACTIVIDAD 2 SESIÓN 5. EL CONTRATO DE COMPRAVENTA.

NOMBRE DEL ALUMNO: ROJAS ARRIAGA DULCE YAZMIN

GRUPO: 2PXC1

NOMBRE DEL PROFESOR: JANETH FONSECA JAIMES

FECHA: 29 DE JUNIO

Contrato de compraventa que se celebra entre Distribuidora Mexicana S.A. De C.V (el comprador) representada por Héctor López Hernández Y España, Boloña, S.A. (el vendedor) representada por Salvador Sánchez Espinosa

De fecha: 29/06/2021

Contrato de compra venta que celebran por una parte la empresa España, BOLOÑA, S.A. representada en este acto por Salvador Sánchez Espinosa y por la otra la empresa DISTRIBUIDORA MEXICANA S.A. de C.V, representada por Héctor López Hernández quienes en lo sucesivo se les denominará como “EL VENDEDOR” y “EL COMPRADOR” respectivamente, de acuerdo con las siguientes declaraciones y cláusulas:

DECLARACIONES

Declara “EL VENDEDOR”: España, BOLOÑA, S.A.

  1. Que es una sociedad anónima legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República Mexicana con fecha 03 de abril  2013 según consta en la escritura pública número 16541.

  1. Que dentro de su objeto social se encuentran entre otras actividades, las de fabricación, comercialización, importación y exportación de Jamón Serrano
  1. Que cuenta con la capacidad, conocimientos, experiencia y el personal adecuado para realizar las actividades a que se refiere la declaración que antecede.
  1. Que el Salvador Sánchez Espinosa es su legítimo representado y en consecuencia, se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente instrumento y obligar en los términos del mismo.
  1. Que tiene su domicilio en Sur 107ª n. 752, Juventino rosas, Iztacalco mismo que señala para todos los efectos legales a que haya lugar.

Declara “LA COMPRADORA”:

  1. Que es una empresa constituida de acuerdo con las leyes en ESTADO DE MEXICO y que se dedica entre otras actividades a la comercialización e importación de los productos a que el señor Salvador Sánchez Espinoza, refiere la declaración II de “El Vendedor”.

  1. Que conoce las características y especificaciones de los productos objeto del presente contrato.
  1. Que el Sr. Héctor López Hernández es su legítimo representante y está facultado para suscribir este contrato.
  1. Que tiene su domicilio en Homero n.704, Polanco, Miguel Hidalgo mismo que señala para todos los efectos legales a que haya lugar.

Ambas partes declaran:

Que tienen interés en realizar las operaciones comerciales a que se refiere el presente contrato, de conformidad con las anteriores declaraciones y al tenor de las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA. - Objeto del Contrato, por medio de este instrumento “El VENDEDOR” obliga a vender y “El COMPRADOR” a adquirir 1 tonelada de jamón serrano.

SEGUNDA. - Precio. El precio de los productos objeto de este contrato que “La Compradora” se compromete a pagar será la cantidad de $50,000 EUROS. Utilizando el INCOTERM DDU delivered duty unpaid (entregado sin pago de impuestos).

Ambas partes comprometen a renegociar el precio antes pactado, cuando éste sea afectado por variaciones en el mercado internacional o par condiciones económicas, políticas o sociales extremas en el país de origen o en el de destino, en perjuicio de cualquiera de las partes.

TERCERA. - Forma de pago. “EL COMPRADOR” se obliga a pagar a “EL VENDEDOR” el precio pactado en la CLAUSULA anterior, mediante PAGOS DIFERIDOS, confirmada e irrevocable.

De conformidad con lo pactado en el párrafo anterior, “EL COMPRADOR” se compromete a realizar las gestiones correspondientes, a fin de que se establezca las condiciones antes señaladas en el banco Santander de la ciudad de México con una vigencia de 12 meses.

Los gastos que se originen por la apertura y manejo de la carta de crédito serán pagados por “EL COMPRADOR”.

CUARTA. - Envase y embalaje de las mercancías. “EL VENDEDOR” se obliga a entregar las mercancías objeto de este contrato, en el lugar señalado en la cláusula segunda anterior cumpliendo con las especificaciones siguientes:

QUINTA. - Fecha de entrega. “EL VENDEDOR” se obliga a entregar las mercancías a que se refiere este contrato dentro de los 5 días posteriores a la fecha en que reciba la confirmación de la carta de crédito que se menciona en la cláusula tercera del presente contrato.

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