Contrato colectivo e individual
Gizmoo LópezSíntesis19 de Septiembre de 2021
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Diferencias entre contrato colectivo y contrato individual
Contrato colectivo | Contrato individual | |
Contenido | I. Los nombres y domicilios de los contratantes; II. Las empresas y establecimientos que abarque; III. Su duración o la expresión de ser por tiempo indeterminado o para obra determinada; IV. Las jornadas de trabajo; V. Los días de descanso y vacaciones; VI. El monto de los salarios; VII. Las cláusulas relativas a la capacitación o adiestramiento de los trabajadores en la empresa o establecimientos que comprenda; VIII. Disposiciones sobre la capacitación o adiestramiento inicial que se deba impartir a quienes vayan a ingresar a laborar a la empresa o establecimiento; IX. Las bases sobre la integración y funcionamiento de las Comisiones que deban integrarse de acuerdo con esta Ley; y, X. Las demás estipulaciones que convengan las partes. | I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio del trabajador y del patrón; II. Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial o por tiempo indeterminado y, en su caso, si está sujeta a un periodo de prueba; III. El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán con la mayor precisión posible; IV. El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo; V. La duración de la jornada; VI. La forma y el monto del salario; VII. El día y el lugar de pago del salario; VIII. La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta Ley; y IX. Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón. X. La designación de beneficiarios a los que refiere el artículo 501 de esta ley, para el pago de los salarios y prestaciones devengadas y no cobradas a la muerte de los trabajadores o las que se generen por su fallecimiento o desaparición derivada de un acto delincuencial. |
Contrato colectivo | Contrato individual | |
Convenio celebrado | Entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones | Una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado |
DIFERENCIAS ENTRE CONTRATO COLECTIVO E INDIVIDUAL DE TRABAJO
Diferencias | |
Contrato individual de trabajo | Contrato colectivo de trabajo |
A relación patrono – obrero se basa mediante una remuneración | La relación patrono – obrero se basa en estabilizar las relaciones personales, pero planteando ciertas condiciones de trabajo. |
Es celebrado por un empleado u obrero, mientras que en un convenio. | Es celebrado por una persona jurídica laboral de carácter colectivo como es el sindicato, federación o confederación de trabajadores. |
Es una convención dirigida a realizar un “do ut facias” (te pago para que trabajes) en que el trabajador asume una obligación de hacer contra una prestaciones del patrono consistente en un dar. | Es una regulación de trabajo por la mayoría absoluta de trabajadores de unas empresas de una misma rama industrial, comercial o agrícola para obligar a la totalidad de los trabajadores de la empresa o empresas de las citadas ramas de la actividad. |
El contrato es regularmente informal, pero en ciertos casos la ley exige la forma escrita como son los contratos de trabajos a término, contratos a deportistas profesionales, etc. | Es un contrato solemne sujeto o requisito imprescindible según la ley, debe extenderse por escrito entre ejemplares. |
El contrato puede celebrarse por un tiempo indeterminado, determinado o por una obra determinada. | No puede excederse de tres años ni ser menos de dos años. |
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