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Camaras De Comercio


Enviado por   •  10 de Mayo de 2012  •  2.504 Palabras (11 Páginas)  •  597 Visitas

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Contenido

Pág.

Introducción

1. Antecedentes

2. Naturaleza jurídica de las Cámaras de Comercio

2.1. Funciones

2.2. Funcionamiento institucional

2.3. Servicios

2.4. Órganos de Control

2.5. Presupuesto

2.6. Miembros Integrantes

2.7. Diferencia entre matriculado y afiliado

3. Registro Mercantil

3.1. Medios

3.2. Características

3.3. Funciones del Registro

4. La Matrícula

4.1. Oportunidad

4.2. Lugar

4.3. Renovación

4.4. Importancia de la Matricula

5. La costumbre mercantil

6. Centro de Arbitraje y Conciliación

6.1. Conciliación

6.2. Arbitraje

Introducción

1. Antecedentes

La historia de las cámaras de comercio en Colombia comienza con la ley 111 de 1890. Dicha ley autorizó al Gobierno para crear las cámaras de comercio en el país “con el carácter de órganos oficiales del comercio ante el mismo Gobierno, y de cuerpos consultores en todos los asuntos relacionados con el comercio y la industria” (Artículo 2°) en desarrollo de precisas funciones que en el mismo estatuto legal se consagran.

Esas cámaras estaban formadas por comerciantes elegidos por sus colegas de la localidad y podían servir, además, como tribunales de comercio en calidad de árbitros y amigables componedores (Artículo 7°) La organización interna de dichas cámaras se asimilaba a las de Francia y España.

Durante la vigencia de la ley 111 de 1890 se crearon la Cámara de Comercio de Bogotá (1904), las de Medellín (1904), Tunja (1910), Cali (1910), Manizales (1913) y la mayoría de las que hoy existen en las capitales de departamento y otras ciudades importantes.

La ley 28 de 1931 dio a las cámaras de comercio un nuevo y más completo estatuto por el cual se rigieron hasta el 31 de diciembre de 1971. De esta ley es pertinente realzar, en relación con sus funciones, la atribución de llevar buena parte del registro público de comercio, especialmente la matrícula del comerciante y aquellas inscripciones que se efectuaban en las secretarías de los juzgados (Articulo 29 y 30). Según esto, se ratificaba la mezcla de funciones oficiales y gremiales que se conoció desde la ley de 1890. En cuanto a su organización se conservó en general, la orientación de la ley anterior, pero se observó que eran “instituciones de orden legal”, cuya creación correspondía al Estado en virtud de iniciativa compartida con los comerciantes.

2. Naturaleza jurídica de las Cámaras de Comercio

Las Cámaras de Comercio en Colombia, como delegatarias legales de funciones públicas se constituyen en un modelo de colaboración público – privado a través de las cuales se realizan los fines constitucionales de promoción de la prosperidad general del empresariado, de la libertad de empresa como base del desarrollo nacional, de solidaridad y de participación en la vida económica nacional.

Las Cámaras de Comercio, son personas jurídicas sin ánimo de lucro, de carácter corporativo y gremial, sujetas en la ejecución de todos sus actos de administración, gestión y contratación al derecho privado, las cuales tienen como fines defender y estimular los intereses generales del empresariado en Colombia, y llevar los registros mercantil, de las entidades sin ánimo de lucro y el registro único de proponentes delegados legalmente, sin que formen parte integrante de la administración pública ni al régimen legal aplicable a las entidades que forman parte de la misma.

Las Cámaras de Comercio estarán sujetas en sus actos de administración, gestión y contratación, a las normas de carácter público que les sean aplicables a los particulares que ejercen funciones administrativas por delegación legal, cuando así se disponga expresamente en las mismas, la cual tiene diferencias con la aplicable a los delegatarios de funciones públicas en virtud de un contratos o un acto administrativo, las cuales que deberán ser tenidas en cuenta por tratarse de normas de aplicación restrictiva y exegética.

2.1. Funciones

Las Cámaras de Comercio, son creadas por el Gobierno Nacional a iniciativa de los respectivos comerciantes y de acuerdo con la Ley ejercen las siguientes funciones.

a) Sirven de órgano de los intereses generales del comercio ante el Gobierno y ante los comerciantes mismos.

b) Llevan el Registro Mercantil y certifican sobre los actos y documentos en él escritos.

c) Dan noticia en sus boletines y órganos de publicidad de las inscripciones hechas en el Registro Mercantil y de toda modificación, cancelación o alteración que se haga de dichas inscripciones.

d) Recopilan las costumbres mercantiles de los lugares correspondientes a su jurisdicción y certifican sobre la existencia de las recopiladas.

e) Designan el árbitro o árbitros o los amigables componedores cuando los particulares se lo solicitan. Organizan conferencias, editan o imprimen estudios o informes relacionados con sus objetivos, y con los intereses de la región.

f) Adelantan actividades cívicas e investigaciones económicas sobre aspectos o ramos específicos del comercio interior y exterior y formulan recomendaciones a los organismos estatales y semioficiales encargados de la ejecución de los planos respectivos.

g) Colaboran dentro del interés común de fomentar los planes y programas que cada uno de los diferentes gremios regionales se propongan.

h) Desempeñar veedurías cívicas y ciudadanas.

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