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Caso práctico: Adquisiciones, Contrataciones y Aspectos Legales

gustavo adolfo contreras muñozPráctica o problema25 de Febrero de 2024

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CASO PRÁCTICO: Adquisiciones, Contrataciones y Aspectos Legales.

CON LOS DATOS QUE SE LE FACILITAN JUSTIFIQUE SI PROCEDE O NO APROBAR LA OPERACIÓN DESDE EL PUNTO DE VISTA DE COMPETENCIA.

De los antecedentes proporcionados sobre la adquisición total de la capacidad Social de Galletas Artiach por parte de Nutrexpa, puedo comentar lo siguiente:

El comprador “Nutrexpa” corresponde a una compañía activa en la fabricación y comercialización de productos elaborados con cacao y polvo de galletas, no obstante, también es parte de la empresa “Levirita”, la cual presenta un giro de servicio en el sector de la alimentación.

Por otra parte, el vendedor “Panrico”, corresponde al único socio a Galletas “Artiach”, donde este último presenta como servicio, la fabricación y venta de galletas, mientras que Panrico presenta como línea de fabricación y comercialización, productos de panadería, pastelería y bollerías, además de toda clase de materias primas necesarias.

Las líneas de negocio de ambas empresas son distintas, pero de igual manera, se logran complementar para fortalecerse dentro del mercado nacional.

Desde la adquisición, esta se enmarca en la operación de concentración horizontal, donde la adquisición de Artiach por parte de Nutrexpa busca generar una alianza estratégica entre ambas empresas para abordar mercados conjuntos, buscando aumentar su cuota de mercado, reducir costos y aumentar la eficiencia de producción.

Desde el punto de vista de la comercialización, Nutrexpa presenta al 2011 una cuota en el mercado mayorista de galletas dulces MDD entre 10-20%, mientras que Artiach, no fabrica ni comercializa galletas dulces a distribuidores para su venta bajo MDD. Por otra parte, el mercado nacional ha presentado un incremento de MDD de un 39% en valor y 50% en volumen en el mercado total de galletas dulces. Ante esto último, se puede deducir, que Artiach, al no fabricar galletas dulces bajo MDD, la posibilidad de impacto que pudiese crear ante la competencia por si sola es baja, debido a al volumen que esta produce.

Si consideramos la suma de ambas empresas, como Nutrexpa y Artiach, esta demuestra que, en conjunto, pueden generar una competencia similar a las grandes marcas de España. Por lo tanto, se deberá crear un control o seguimiento de la producción y ventas de estas, ya que el valor en conjunto, posterior a la adquisición total de su sociedad, lograría mantener una cuota similar en el mercado minorista.

Las cuotas de ventas conjuntas del mercado mayorista MDF, muestran que ambas empresas logran una estable producción en % de volumen, mientras que el valor logra un incremento de entre un 10 y 20% al tercer año, manteniéndose alineada con la cuota de grandes marcas como Kraft, por lo que no constituiría una amenaza de monopolio de esta línea de galletas.

Del análisis del mercado de las galletas dulces, estas no acapararán el mercado, ya que los consumidores eligen este tipo de galletas indistintamente, existiendo un alta grado de sustitución desde la oferta.

Por otro lado, el volumen de galletas dulces de MDD ya es cercano al 50% del consumo total para los años 2009, 2010 y 2011, lo cual ejerce una fuerte presión en los precios de las MDF, ya que podría seguir aumentando y con ello se generará una producción excedentaria en el sector, la cual ya existe. Esto último, favorecería a los otros fabricantes de MDF a producir galletas para su comercialización bajo MDD.

Ante esto, la competencia identifica a marcas como Kraft y Guillon, con una cuota de mercado igual o mayor al de la concentración entre las empresas Nutrexpa y Artiach, presentando estas últimas para la cuota de mercado mayorista MDF entre 30-40 % del volumen y un leve aumento en el 2011 para el porcentaje de valor, con un 30-40 %. Por otra parte, la cuota del mercado minorista mantiene en conjunto una cuota de volumen estable durante los 3 años, caso similar para el valor.

Por lo tanto, y teniendo en consideración que no existe un riesgo de monopolio dentro del mercado de galletas en España, es que justifico la aprobación de la operación, donde de igual manera, se deberá generar una monitorización de estas empresas, para corroborar que no abarquen la totalidad del mercado y se mantenga la libre competencia.

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