Codigo Mercantil
abejita0218 de Octubre de 2012
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Rejistro mercantil
El registro mercantil es una función que la ley ha asignado a las cámaras de comercio, consistente en llevar una matrícula de los comerciantes y sus establecimientos de comercio, así como la inscripción o anotación de los diferentes actos u operaciones, libros y documentos que sean de carácter mercantil, o que afecten a la persona del comerciante, con el fin de darles publicidad y los efectos jurídicos que la ley señala. Dicha publicidad supone que cualquier persona podrá examinar los libros y archivos en que se lleva el registro, tomar anotaciones y obtener copias de los mismos. Así mismo, cualquier persona puede obtener prueba de la inscripción de un acto en el Registro Mercantil, mediante la solicitud del respectivo certificado a la Cámara de Comercio.
¿Quiénes deben inscribirse en el registro mercantil?
De manera expresa, la ley señala que deben inscribirse en el registro mercantil las personas que ejerzan el comercio profesionalmente y sus auxiliares, tales como comisionistas, corredores y agentes. Las personas naturales deberán inscribirse dentro del mes siguiente a la fecha en que inicien actividades y las personas jurídicas, dentro del mes siguiente a su fecha de constitución.
MATRICULA MERCANTIL
Su matrícula mercantil... Aquí le decimos cómo obtenerla, cómo cancelarla y cómo renovarla. Una de las obligaciones legales de todo comerciante es la de obtener su matrícula mercantil, así como la de sus establecimientos de comercio, en la Cámara de Comercio con jurisdicción en su lugar de domicilio, es decir, en el lugar donde desarrolla sus negocios de manera permanente.
Trámite para obtener la matrícula mercantil
• Primero. Antes de solicitar la matrícula, el comerciante debe solicitar un "estudio de homonimia", esto es, un estudio que indique si en el registro mercantil existe matriculado un comerciante o establecimiento con el mismo nombre del comerciante o establecimiento que pretende matricular, ya que de ser así, deberá escoger otro nombre o agregarle un distintivo al mismo.
• Segundo. Debe diligenciar su formulario de matrícula, bien como persona natural, o bien como persona jurídica (sociedad, empresa unipersonal, empresa asociativa de trabajo). Además deberá diligenciar, por cada establecimiento de comercio a matricular, el respectivo formulario de matrícula.
• Tercero. La documentación anteriormente señalada debe ser presentada personalmente, en nuestros locales de atención al público, por el comerciante o por el representante legal si se trata de una persona jurídica.
• Cuarto. Por último, deben cancelarse en nuestras cajas los derechos de matrícula correspondientes.
Trámite para cancelar la matrícula mercantil
• Primero. Debe solicitarse mediante comunicación que contenga: El nombre del comerciante. La clara indicación de cual(es) matrícula (s) desea cancelar, es decir, si sólo su matrícula personal, la de alguno(s) de sus establecimientos, o todas ellas. Si se trata de establecimientos deben además especificarse correctamente su nombre y dirección.
• Segundo. Dicha comunicación, deberá ser presentada personalmente por el comerciante ante Secretario de la Cámara de Comercio o ante un Notario Público. Si se trata de la matrícula de un establecimiento en sociedad de hecho, deberá ser suscrita y presentada personalmente por la totalidad de los socios.
• Tercero. Deberán cancelarse los derechos de inscripción correspondientes a la cancelación de cada una de las matrículas.
Trámite para renovar la matrícula mercantil
No olvide renovar su matrícula y la de sus establecimientos dentro de los tres primeros meses de cada año. Para ello deberá: diligenciar los formularios de matrícula nuevamente y cancelar los derechos de matrícula, que se liquidarán de acuerdo con el valor de los activos por usted declarados.
GENERALIDADES
En la Cámara de Comercio se deben matricular todas las personas naturales que de manera continua y permanente realicen cualquier actividad mercantil. Esta matrícula deberá efectuarse dentro del mes siguiente a la fecha en la cual se empiece a ejercer el comercio.
La matrícula en el Registro Mercantil es muy importante, porque con ella usted:
Facilita el proceso de inscripción en el Registro de Proponentes.
REQUISITOS PARA EL REGISTRO
1. Adquiera en cualquiera de nuestras sedes un juego de formularios para la matrícula de personas naturales y su(s) establecimiento(s) (si lo(s) tuviere).
2. Diligencie el formulario indicando con veracidad los datos solicitados.
3. Así mismo, en nuestras pantallas de autoconsulta, o desde su empresa, o casa debe acceder a la página de la DIAN -www.dian.gov.co- o bien, acercarse a sus oficinas ubicadas en la carrera 52 #76- 167 Edificio Atlanctic Center, o en la Carrera 30 Avenida Hamburgo junto a la Zona Franca, con miras a registrarse en el RUT o registro único tributario para la obtención de su NIT.
4. Para su establecimiento de comercio, le recomendamos ingresar a la página del RUE : www.rue.com.cotambién desde nuestras pantallas de autoconsulta, o desde su empresa, o casa, para verificar que el nombre que quiere colocarle a dicho establecimiento, no exista previamente registrado en ésta o en otra Cámara de Comercio del país
5. Presente estos documentos en cualquiera de nuestras cajas y cancele los derechos de matrícula correspondientes. Usted obtendrá de nuestra entidad constancia de su pago y de la recepción de los documentos, a través de la factura de venta.
RECOMENDACIONES
Este trámite puede efectuarse vía Registro Único Empresarial (RUE) desde cualquier cámara de comercio del país.
La matrícula mercantil debe renovarse dentro de los tres primeros meses de cada año. Obtenga los beneficios que de ello se derivan.
Si los documentos presentados para su inscripción no cumpliesen con los requisitos para ser registrados, la Cámara de Comercio los tendrá a su disposición en el sitio de su presentación, junto con una comunicación en la cual se explican las razones de su devolución.
Una vez presente su documento para inscripción, manténgase informado acerca del estado de su trámite, para lo cual cuenta con varias opciones: si éste ha sido objeto de devolución, lo llamaremos al teléfono suministrado en el formulario de matrícula. Usted mismo, si así lo desea, puede efectuar su seguimiento, ingresando a nuestra página web: www.camarabaq.org.co en Funciones Legales en el link “Trámite de los documentos radicados” y verificar el estado del mismo; o directamente en la siguiente dirección: Trámite de Documentos Radicados
También puede comunicarse con nosotros al teléfono 3303750 en el cual le informaremos el estado de su trámite; ahora bien, si así lo prefiere, acérquese al punto de atención donde presentó dicho documento.
Tan pronto se encuentre inscrito el documento, reclame en el punto de atención respectivo la placa que deberá colocar en un lugar visible de su establecimiento. Para ello presente copia de los formularios con el recibo de caja.
Para mayor información, solicite de manera gratuita un folleto sobre el Registro de Establecimientos de Comercio.
Persona Natural
Persona Natural es una persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal.
Al constituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a título personal todas obligaciones de la empresa.
Lo que implica que la persona asume la responsabilidad y garantiza con todo el patrimonio que posea (los bienes que estén a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa.
Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, la persona deberá hacerse responsable por ella a título personal y, en caso de no pagarla, sus bienes personales podrían ser embargados.
Ventajas Persona Natural
• la constitución de la empresa es sencilla y rápida, no presenta mayores trámites, la documentación requerida es mínima.
• la constitución de la empresa no requiere de mucha inversión, no hay necesidad de hacer mayores pagos legales.
• no se les exige llevar y presentar tantos documentos contables.
• si la empresa no obtiene los resultados esperados, el giro del negocio puede ser replanteado sin ningún inconveniente.
• las empresas constituidas bajo la forma de persona natural pueden ser liquidadas o vendidas fácilmente.
• la propiedad, el control y la administración recae en una sola persona.
• se puede ampliar o reducir el patrimonio de la empresa sin ninguna restricción.
• pueden acogerse a regímenes más favorables para el pago de impuestos.
Desventajas Persona Natural
• tiene responsabilidad ilimitada, es decir, el dueño asume de forma ilimitada toda la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, lo que significa que deberá garantizar dichas deudas u obligaciones con su patrimonio o bienes personales.
• capital limitado solo a lo que pueda aportar el dueño.
• presenta menos posibilidades de acceder a créditos financieros (los bancos o entidades financieras suelen mostrar poca disposición a conceder préstamos a Personas Naturales).
• falta de continuidad en caso de incapacidad del dueño.
Persona Jurídica
Persona Jurídica es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de ésta.
Al constituir una empresa
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