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Comisario Mercantil


Enviado por   •  15 de Mayo de 2015  •  2.015 Palabras (9 Páginas)  •  447 Visitas

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COMISARIO MERCANTIL

Reseña histórica:

El comisario Mercantil nace bajo el Decreto del Congreso de la República de Venezuela según Gaceta Nº 475 Extraordinaria del 21 de diciembre de 1955 con el Código de Comercio, donde se describe una figura que va marcar una diferencia sustancial con la figura del auditor dando los deberes y derechos de revisión e inspección, y responsabilidad sobre la actuación de la empresa.

Sin embargo en 1968 se presenta la Ley de Ejercicio de Contaduría Pública ante el Congreso Nacional, en la cual se planteaba en su articulado la función del Comisario únicamente para estos profesionales, la cual fue rechazada; en 1970 se redacta la Ley de los Licenciados en Administración, y en 1982 el Lic. José Ruiz Rojas entrega un proyecto a cerca de las "Normas para el Ejercicio del Comisario" a la Federación de Economistas y Contadores con la finalidad de que fuesen revisadas, aprobadas y puestas en práctica y completar los espacios que el Código de Comercio dejaba para el ejercicio de estas funciones.

El 26 de Agosto de 1982 según Gaceta Oficial nº 3004 Extraordinaria se aprueba la Ley de Ejercicio de Licenciados en Administración, en la cual se acepta el ejercicio de la Función del comisario para estos profesionales.

Casi cinco (5) años después el 27 de Mayo de 1987 es aprobada por la Federación de Contadores Públicos, Economistas, y Licenciados en Administración las "Normas Interprofesionales para el ejercicio de las Función del Comisario Mercantil", las cuales describen de forma detallada en sus nueve (9) capítulos el perfil de profesional, las funciones, del informe anual, las prohibiciones, incompatibilidades e inhabilidades, la remuneración, aceptación del cargo, las sanciones y disposiciones finales, que complementan los vacíos que existían en el Código de Comercio.

Definición:

Los comisarios en las sociedades mercantiles cumplen un papel relevante, pues a ellos compete la inspección y vigilancia de las operaciones de la sociedad, sus atribuciones y deberes están consagrados en el Código de Comercio. A tal efecto el Artículo 309 del citado texto legal establece: "Los comisarios nombrados conforme a lo dispuesto en el Artículo 287, tienen un derecho ilimitado de inspección y vigilancia sobre todas las operaciones de la sociedad. Pueden examinar los libros, la correspondencia, y, en general, todos los documentos de la compañía".

No obstante ser una figura consagrada en la ley para cumplir una labor tan importante, en la práctica no se le da la relevancia que efectivamente poseen. Tan importante, además de imprescindible es su presencia y participación en las sociedades de comercio, que entre sus obligaciones está la de revisar el balance de la sociedad y elaborar su informe, es decir, que aparte de revisar el balance, deben los comisarios emitir un informe sobre el mismo, informe sin el cual en la asamblea correspondiente no puede ser aprobado el balance; o serán nulas tanto las cuentas aprobadas como el balance, si no han estado precedidos del informe del comisario.

El balance luego de su aprobación en asamblea, se convierte en un documento base de la sociedad, a partir del cual se toman las medidas económicas dentro de la Empresa. Por lo que, los Comisarios son responsables de la regularidad formal y sustancial de los balances. En consecuencia, responden a los daños que sufran la sociedad, los accionistas o los terceros, por la impropia formulación del balance por parte de los administradores, siendo su culpa generalmente".

Atribuciones:

Dentro de las atribuciones de los comisarios, conseguimos que al ser ellos los fiscales de la sociedad, tienen acceso a todos sus documentos, libros contables y correspondencia, facultad ésta que se convierte en una obligación, que debe ser cumplida en forma periódica y detallada para constatar los actos realizados por el administrador, en consecuencia deberán los comisarios intervenir, cuando comprueben algún descuido por parte de los administradores en el desarrollo de sus funciones en la sociedad, cuando no actúen en forma diligente o se extralimiten en sus funciones administrativas.

Los comisarios tienen, asimismo, el deber de guardar secreto de los hechos y documentos que, por razones de su cargo, conozcan.

Elección:

Pauta el Código d Comercio, que la elección de los comisarios corresponde a la asamblea ordinaria, sin señalar ningún otro requisito para el cargo de comisario y su elección. Para ser comisario, es evidente que se requiere poseer conocimientos especiales sobre materia financiera, y aunque el Código de Comercio no nos señala nada al respecto, como ya hemos señalado, hoy en día la ley que regula el ejercicio de los profesionales de la Contaduría, Administración y Economía, exige que sea un profesional de una de estas ramas quien ocupe el cargo de comisario, como también así lo prevé el anteproyecto de Ley General de Sociedades Mercantiles

Principios:

Los principios a través de los cuales debe actuar el comisario mercantil son:

Principio de Acción Constante:

Un Comisario debe actuar continuamente, buscando mantener siempre la mejor predisposición para el cumplimiento de su trabajo, una actitud vigilante y de fiscalización, pero sin interferencia en la gestión gerencial de los administradores de la empresa.

Principio de Equilibrio en la Actuación.

La actuación del Comisario debe ser lo más equilibrada posible, sin interferir en aquellas decisiones que tome el órgano administrativo, pero advirtiendo siempre sobre aquellas cuestiones que puedan afectar la operatividad de la compañía.

Principio de Responsabilidad Profesional

El profesional que ejerce como Comisario tiene la más alta responsabilidad en la salvaguarda de los intereses de los accionistas o socios, que le han confiado la misión de velar por los capitales invertidos, los bienes adquiridos y cualquier otro aporte que hayan realizado con el fin de aumentar sus activos.

Si el Comisario no cumple sus labores de vigilancia e información, la decisión de imponer sanciones recae sobre la asamblea de accionistas, por cuanto es ante este organismo que el síndico debe rendir cuenta de su actuación y es el órgano autorizado por el Código de Comercio para sancionar.

Principio de análisis general

El

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