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Conceptos

lordbotellon18 de Febrero de 2013

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CLASIFICACIÓN DE LOS TIPOS HISTÓRICOS FUNDAMENTALES DE

ESTADO

Son fundamentales en la historia de la civilización y antecedentes directos del

ESTADO MODERNO.

Estos tipos fundamentales son:

♦Estado Antiguo Oriental

♦Estado Griego

♦Estado Romano

♦Estado Medieval

♦Estado Estamental

♦Estado Absolutista y los Estados Nacionales.

♦Estado Liberal de Derecho.

♦Estados Autocráticos

♦Estado Socialista

♦Estado Social y Democrático de Derecho

El tercer punto de estudio de los Orígenes del Estado desde la Perspectiva General, es el de la Tipología Histórica del Estado. Recordemos que los otros dos puntos fueron, primero, "Las Sociedades No Estatificadas", y, luego, "Factores Genéticos del Estado". Los Tipos Históricos de Estado que se reseñarán, suelen tenerse como fundamentales en la historia de la civilización, y como antecedentes del Estado Moderno.

La Tipología Histórica del Estado que desarrollaremos, comprenderá los siguientes Tipos de Estado:

1. Estado Antiguo Oriental.

2. Estado Griego.

3. Estado Romano.

4. Estado Medieval.

5. Estado Absolutista.

El Estado absolutista: es una forma en la que el Estado y su gobernante (el monarca) se consideran como una única entidad situada por encima de las leyes. La expresión del derecho romano princeps legibus solutus, de la que deriva ese uso de los términos absoluto y absolutismo, se aplica en este contexto en el sentido de que el gobernante no está sujeto a la ley, y ejerce su gobierno sin control, límites ni responsabilidad. La forma de gobierno correspondiente es la monarquía absoluta, expresión de la forma de gobierno por la cual los súbditos de ese Estado, coincidentes con la totalidad de la población de las entidades territoriales que lo componen, están sometidos a la autoridad única y soberana de un monarca absoluto.

Con el título El Estado absolutista se tradujo al castellano la obra Lineages of the Absolutist State, de Perry Anderson (primera edición en inglés de 1974).1

Aunque existen precedentes de Estados con una fuerte concentración de poder en todas las formas de monarquía e imperios de la Antigüedad (despotismo hidráulico, Imperio romano, etc.), su definición historiográfica se limita a su aparición en la Europa Occidental de la Edad Moderna como expresión política de la formación social histórica denominada Antiguo Régimen (siglos XV al XVIII). Este periodo termina con la Revolución liberal de finales del siglo XVIII a mediados del siglo XIX, con la notable excepción de la autocracia zarista rusa, que llega hasta 1917. Su utilización para designar a otros Estados de épocas posteriores y hasta la actualidad es habitualmente objeto de controversia.

Anteriormente en la historia política de Europa medieval, la monarquía había pasado por fases de monarquía feudal y monarquía autoritaria, en las que la autoridad real se fue haciendo cada vez mayor, después de que la disolución del Imperio carolingio disgregara y descentralizara de forma muy acusada el poder político y militar.

1 DISGREGAR: separar las partes integrantes de algo, dispersar.

2 DESCENTRALIZAR: hacer menos dependientes del poder o administración central ciertas funciones, servicios, atribuciones, etc.

3 FASE: cada uno de los aspectos sucesivos que se presenta en su revolución.

La monarquía absoluta: es una forma de gobierno en la que el monarca (lleve el título de rey, emperador, zar o cualquier otro) tiene el poder absoluto. No existe en ella división de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial). Aunque la administración de la justicia pueda tener una autonomía relativa en relación al rey, o existan instituciones parlamentarias, el monarca absoluto puede cambiar las decisiones o dictámenes de los tribunales en última instancia o reformar las leyes a su voluntad (La palabra del rey es ley). Nombra y retira a sus asistentes en el gobierno a su voluntad. La unidad de todos los poderes suele considerarse justificada por considerar que la fuente del poder es Dios y que los monarcas ejercen la soberanía por derecho divino de los reyes. No hay mecanismos por los que el soberano (que no reconoce superiores) responda por sus actos, si no es ante Dios mismo.

La monarquía absoluta se desarrolla históricamente en la Europa Occidental a partir de las monarquías autoritarias que surgen al final de la Edad Media con la crisis de las monarquías feudales y el predominio que adquiere el rey en relación a todos los estamentos.

Estado constitucional de Derecho

Según la doctrina (incluida la italiana), el Estado de Derecho fue aprobado por el Estado constitucional de Derecho, fórmula de derivación alemana.

La ley está subordinada a la constitución, que es rígida, y el Tribunal Constitucional se establece para garantizar su cumplimiento.

El principio de legalidad no solo obliga a la administración y la jurisprudencia, sino también al legislador ordinario, que debe respetar la constitución.

Además de la reserva de ley ordinaria, que establece que una determinada cuestión debe ser regulada por la ley, se introducen al estado de derecho fortalecido, que también limita la discreción del legislador ordinario, y el tema de Derecho constitucional.

El Estado constitucional de Derecho implica un conocimiento que pasa de la teoría cognitiva del Derecho.

El Estado liberal: es el que surge como resultado de la Revolución Liberal en sustitución de la Monarquía absoluta propia del Antiguo Régimen. Es el sistema político propio del comienzo de la Edad Contemporánea, en la nueva formación económico social que puede denominarse Nuevo Régimen o Régimen Liberal. Su duración en el tiempo puede entenderse como continua hasta la actualidad.

JUSTIFICACION DEL ESTADO

El Estado es una creación humana, surge como respuesta a necesidades de organización, ya que desde el nacimiento de la humanidad se ha originado el problema del orden social, hablando desde la era primitiva hasta la actualidad, el Estado está compuesto por los siguientes elementos:

El territorio.- Espacio o porción geográfica en donde se realiza la actividad estatal.

La población.- Total de individuos que habitan el territorio de un Estado.

El gobierno.- Acción por la cual la autoridad impone una línea de conducta, un precepto, a individuos humanos para lograr el bien público.

Con lo anterior podemos definir al Estado como la entidad jurídica que se integra por la población asentada en un territorio que se somete a un gobierno, que resulta de la afinidad en ordenamiento legal que identifica a un grupo de personas.

El objeto del Estado es primordialmente la seguridad y bienestar social, y para lograr esto, debe apoyarse a través del Derecho.

Para que el Estado logre sus fines es necesario la realización de sus funciones que son las de crear e imponer normas jurídicas para lograr el orden social, esta función pertenece a uno de sus órganos, el legislativo. Y para mantener la paz social, son necesarios los medios coercitivos, que para ello se vale de otro de sus órganos, el judicial. Otra de sus funciones consiste en la administración de las riquezas con las que cuenta y es aquí donde entra el órgano ejecutivo; sin esta administración no se podría hablar de la regulación de todas las riquezas ni tampoco de los bienes que son tan importantes para el desarrollo social.

Por todo lo anterior, el Estado claro que está justificado, la trascendencia de aquél está supeditada a las diversas funciones que se tengan que realizar, y su importancia varía de acuerdo al grado de necesidad que tenga para nosotros y como nos podemos dar cuenta es tan importante que sin esta institución, simplemente no existiría la sociedad como actualmente..

Anarquismo individualista

El anarquismo individualista o anarcoindividualismo es una tradición filosófica del anarquismo con un particular énfasis en la autonomía del individuo,1 sosteniendo que cada uno es su propio dueño, interactuando con los otros a través de la asociación voluntaria. El anarquismo individualista se refiere a algunas tradiciones de pensamiento dentro del movimiento anarquista que priorizan al individuo sobre toda clase de determinantes externos, sean grupos, sociedad, tradiciones y sistemas ideológicos.2 3 El anarquismo individualista no es una única filosofía sino que alude a un grupo de filosofías individualistas que muchas veces están en conflicto entre sí. Las influencias más tempranas en el anarquismo individualista fueron los pensamientos de William Godwin, Henry David Thoreau (trascendentalismo),5 Josiah Warren ("soberanía del individuo"), Lysander Spooner ("ley natural"), Benjamin R. Tucker,6 Herbert Spencer ("ley de igual libertad")7 y Max Stirner (egoísmo).8 Es una de las dos principales categorías en que se divide el anarquismo, siendo la otra el anarquismo societario, social, colectivista o comunitario.

Anarquismo colectivista

El anarquismo colectivista o anarcocolectivismo:

Es una de las escuelas clásicas del anarquismo. Es una corriente de pensamiento acerca de la economía.

La propiedad de los medios de producción, distribución y cambio debe ser social y administrada colectivamente por los propios trabajadores reunidos en pequeñas asociaciones por afinidad mientras que cada uno de ellos produce según su voluntad (o según lo acordado) y cada uno debe recibir el producto íntegro de

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