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Constitución De La UTE´s


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2013  •  1.080 Palabras (5 Páginas)  •  244 Visitas

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Las Uniones Temporales de Empresas (UTEs) son entidades creadas para la colaboración entre empresarios por un período de tiempo a fin de desarrollar o ejecutar una obra, servicio o suministro. Su creación obedece a motivos técnicos, ya supone la puesta en común de recursos y conocimientos de las distintas empresas asociadas, evitando el coste que supondría si lo hiciese una sola empresa.

Las UTEs se financian con aportaciones de los miembros y con los recursos que ellas mismas puedan generar. Esto supone una diversificación del riesgo entre las empresas asociadas y una mayor facilidad para conseguir avales y financiación de terceros.

Estas uniones carecen de personalidad jurídica propia. Las empresas miembros van a responder de forma subsidiaria, solidaria e ilimitadamente de las deudas de la misma. Los acreedores se dirigirán en primer lugar contra los saldos y bienes existentes a nombre de la misma UTE. Si el crédito no es satisfecho responderá las empresas asociadas.

Al ser agrupaciones temporales de empresas no pueden emitir acciones ni participaciones sociales. Si alguien quiere adquirir alguna participación o obtener beneficios de una UTE, deberá adquirir las participaciones de alguna de sus empresas.

Estructura y funcionamiento

La estructura organizativa de la UTE esta formada por diferentes órganos.

Junta de empresarios. Equivale a la Junta General en el caso de sociedades anónimas. Está formada por un representante de cada una de las asociadas, y es el órgano superior de la Unión. Estos representantes son los encargados de fijar las líneas generales de actuación de la Unión, modificar los Estatutos si fuere conveniente, aprobar la gestión, el balance y la cuenta de resultados, así como los criterios de distribución de éstos.

Comité de gerencia. Equivale al Consejo de Administración de una sociedad anónima. Se trata de un órgano encargado de diseñar la política de dirección del proyecto. En él también han de estar representadas todas y cada una de las empresas que integran la Unión. El Comité se reune siempre que sea necesario y a petición de cualquiera de sus miembros. Sus acuerdos suelen ser adoptados por mayoría y quedan reflejados en un Acta.

Gerente. Equivale al Consejero Delegado de una sociedad anónima. Es la persona nombrada por el comité de gerencia para asumir todas las labores de ejecución de los acuerdos tomados por éste. Tiene facultades para obligar a la Unión frente a terceros con su nombre y firma, aunque luego responderá internamente frente a aquella.

Personal técnico y administrativo. Entre ellos suele destacar una jefatura de obra que se encarga de realizar directamente la misma bajo las instrucciones que le transmite el Gerente.

Aspectos fiscales

Las Uniones Temporales de Empresas pueden acogerse a un régimen fiscal especial en el caso de cumplir determinados requisitos:

1. Las Empresas miembros podrán ser personas físicas o jurídicas residentes en España o en el extranjero. Los rendimientos empresariales de las personas naturales que formen parte de una Unión serán determinados en régimen de estimación directa a efectos de su gravamen en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

2. El objeto de las Uniones Temporales de Empresas será desarrollar o ejecutar exclusivamente una obra, servicio o suministro concreto, dentro o fuera de España. También podrán desarrollar o ejecutar obra y servicios complementarios y accesorios del objeto principal.

3. Las uniones temporales

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