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Contencioso


Enviado por   •  19 de Febrero de 2014  •  555 Palabras (3 Páginas)  •  209 Visitas

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EL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN MÉXICO

₪ Antecedentes legislativos posteriores a la Independencia, en los que se aprecia la adopción del sistema de los tribunales administrativos llamados también de lo contencioso-administrativo.

₪ 1853 el Gobierno de la República Central entonces establecida, expidió la Ley y su respectivo Reglamento, "para el arreglo de lo contencioso-administrativo".

₪ Parte fundamental de sus disposiciones:

-El artículo 1º de la Ley, declaró el principio de separación de la autoridad administrativa de la judicial, estableciendo que "no corresponde a la autoridad judicial el conocimiento de las cuestiones administrativas".

-Artículo 13 que los tribunales judiciales no pueden proceder contra los agentes de la Administración por crímenes o delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones sin la previa consignación de la autoridad administrativa.

En estos dos preceptos queda consignada la independencia de la Administración, tanto en sus agentes como por sus actos, frente al Poder Judicial.

₪ Se estableció que nadie podría demandar al Gobierno o demarcaciones, ayuntamientos, etc., sin que previamente se hubiere presentado a la Administración una memoria en que se expusiera el objeto y motivos de la demanda, debiendo esperar por cuarenta días la autorización del Ministro respectivo, y en el concepto de que pasado ese término, debería entenderse dada dicha autorización.

₪ La falta de presentación de la memoria, o del transcurso del tiempo indicado, haría nulo el procedimiento judicial.

₪ Se estableció que los tribunales no podían ejecutar ni embargar los caudales del erario o rentas nacionales, ni de las demarcaciones, ayuntamientos, etc., debiendo limitarse la autoridad judicial a declarar el derecho de las partes, dejando al resorte exclusivo de la Administración la manera de ejecutar los fallos.

₪ La organización de la jurisdicción administrativa se hizo consistir fundamentalmente en una sección especial dentro del Consejo de Estado, entonces existente; sección que debería formarse por cinco consejeros abogados, que nombraría el Presidente de la República.

₪ El Consejo constituía la autoridad competente para conocer de las cuestiones de administración relativas a las obras públicas; a los ajustes públicos y contratos celebrados por la Administración; a las rentas nacionales; a los actos administrativos en las materias de policía, agricultura, comercio e industria, que tengan por objeto el interés general de la sociedad; a la inteligencia, explicación y aplicación de los actos administrativos, y a su ejecución y cumplimiento, cuando no sea necesaria la aplicación del

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