Costos de los planes de beneficios
bojorquez12 de Octubre de 2014
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3.4 Costos de los planes de beneficios
Orígenes de Beneficios Sociales
Se deben a los siguientes factores:
Los altos impuestos asignados a las empresas, las cuales entraron a localizar y explorar medios lícitos de hacer deducciones de sus obligaciones tributarias .
Legislación laboral y de previsión impuesta por el gobierno
Exigencias de los sindicatos
Controles salariales ejercidos por el gobierno, principalmente en el caso de los salarios elevados (ya sea en la reglamentación de índices oficiales de reajuste salarial por querella o acuerdo sindical) o en los controles efectuados de manera indirecta en los ajustes de precios de los productos o servicios
Nueva actitud del empleado en cuanto a los beneficios sociales.
El rápido crecimiento de tales programas obedece a asuntos tales como:
Un cambio de actitud de los empleados
Las demandas sindicales
Los requerimientos gubernamentales
La competencia que fuerza a los empleadores, unos con otros a disputarse la dádiva de mejores beneficios para sus empleados
Los controles salariales periódicos que si bien congelan los salarios, permiten el ofrecimiento de servicios como sustitutos de los incrementos salariales.
La organización deberá mantener el principio básico , la comparación de los costos del servicio con la compensación de beneficio tangible o intangible para la compañía.
Las compensaciones de las que hablamos tienen varias formas, muchas de las cuales no están sujetas a una cuantificación estricta:
un reclutamiento más efectivo
un mejoramiento de la moral y la lealtad
baja rotación y bajo ausentismo
buenas relaciones públicas
posibles influencias de los sindicatos presentes y potenciales
el reducir la posibilidad de intervención gubernamental en estas esferas fuera de la que ya tiene, según establece la Ley de Contrato de Trabajo en su artículo 103, la remuneración es la contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo.
Existen conceptos remunerativos y no remunerativos.
A los fines de esta ley se entiende por remuneración la contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo. dicha remuneración no podrá ser inferior al salario mínimo y vital. El empleador debe al trabajador la remuneración, aunque este no preste servicios, por la mera circunstancia de haber puesto su fuerza de trabajo a disposición de aquel.
Todo lo que constituye remuneración:
• Tiene aportes y contribuciones (Jubilación, Obra Social,etc.)
• Se tiene en cuenta para liquidar aguinaldos, vacaciones, etc.
• Son embargables.
Todo lo que No constituye remuneración:
• No tiene aportes y contribuciones
• No se tiene en cuenta para liquidar aguinaldos, vacaciones, etc.
• No son embargables
Se denominan beneficios sociales a las prestaciones de naturaleza jurídica de seguridad social, no remunerativas, no dinerarias, no acumulables ni sustituibles en dinero, que brinda el empleador al trabajador por si o por medio de tercero, que tiene como objeto mejorar la calidad de vida del dependiente o de su familia a cargo.
Son beneficios sociales las siguientes prestaciones :
Los servicios de comedor de la empresa.
Los vales del almuerzo, hasta un tope máximo por día de trabajo que fije la autoridad de aplicación.
Los vales alimentarios y las canastas de alimentos otorgados a través de empresas habilitadas por la autoridad de aplicación, hasta un tope máximo de un 20 % de la remuneración bruta de cada trabajador comprendido en convenio colectivo de trabajo y hasta un 10 % en el caso de trabajadores no comprendidos.
Los reintegros de gastos de medicamentos y gastos médicos y odontológicos del trabajador y su familia que asumiera el empleador, previa presentación de comprobantes emitidos por farmacias, médico u odontólogo, debidamente documentados.
La provisión de ropa de trabajo y de cualquier otro elemento vinculado a la indumentaria y al equipamiento del trabajado para uso exclusivo en el desempeño de sus tareas.
Los reintegros documentados con comprobantes de gastos de guardería y/o sala maternal, que utilicen los trabajadores con hijos de hasta 6 años de edad cuando la empresa no contare con esas instalaciones.
La provisión de útiles escolares y guardapolvos para los hijos del trabajador otorgados al inicio del periodo escolar .
El otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización.
El pago de gastos de sepelios de familiares a cargo del trabajador debidamente documentados.
Comodato de casa.
Seguros contra accidentes .
Seguros médicos paralelos al seguro social.
Servicios dentales .
Planes para la adquisición de acciones .
Planes de impulso a las actividades deportivas.
Prestaciones especiales para los periodos de vacaciones.
Prestaciones por el nacimiento de un hijo, matrimonio, muerte, etc..
Con los programas de beneficios, se logra crear y estimular la moral; y pueden ser clasificados bajo la función de integración de los empleados dentro de la empresa. Los mismos funcionan más como factores de mantención que como factores de motivación.
Una considerable parte de la remuneración total está integrada por servicios sociales y beneficios sociales, que constituyen costo de mantenimiento del personal.
Existen dos tipos de remuneraciones:
Remuneración Directa
Es el salario que se paga al individuo en relación con el cargo ocupado.
Remuneración Indirecta
Son los beneficios y servicios sociales, que por lo general son comunes para todos los empleados, independientemente del cargo ocupado, si bien existen algunas diferencias para los distintos niveles.
Naturaleza de los servicios de los empleados
La empresa brinda a sus empleados conveniencias, ventajas y servicios para ahorrar esfuerzos y preocupaciones para los mismos, son todos los gastos asignados al programa de beneficios a los empleados fuera de los salarios regulares e incentivos monetarios directos relacionados con la producción.
Entre las categorías más sobresalientes de tales beneficios se cuentan las siguientes:
• pago por tiempo no trabajado: incluyen pagos de períodos de descanso, almuerzo, enfermedad, vacaciones, días festivos, ausencias por razones personales
• protección de los azares: con el propósito de cubrir ciertas eventualidades del empleado tales como riesgo de enfermedad, accidentes, desempleo, incapacidad permanente, vejez y muerte.
• Servicios a los empleados: tales servicios incluyen vivienda, comida, recreación, etc.. Las organizaciones los brindan a través de programas de provisión de cafetería, asesoría legal, becas, préstamo a bajo costo, exámenes médicos, etc..
• Pagos legalmente requeridos: legalmente hay gastos que las compañías deben hacer en el área de la protección a los empleados, sin tener en cuenta sus propias políticas, por ejemplo: compensación por empleo, seguros colectivos para los trabajadores, seguros para la vejez y para la protección de los supervivientes, seguro social y cuidados médicos.
Estos beneficios son financiados total o parcialmente por la empresa constituyendo un medio de motivación para los empleados y lograr un nivel satisfactorio de moral y productividad.
Tipos De Beneficios Sociales
Los planes de beneficios y servicios sociales están destinados a auxiliar al empleo en tres áreas de su vida:
En el ejercicio del cargo: bonificaciones, seguro de vida, premios de producción, etc.
Fuera del cargo, pero dentro de la empresa: descanso, restaurante, bar, transporte, etc..
Fuera de la empresa, es decir en la comunidad: recreación, actividades comunitarias, etc..
Clasificación de planes de servicios y beneficios sociales
Se pueden clasificar de la siguiente manera:
En cuanto a sus exigencias
Beneficios legales: son los exigidos por la legislación laboral del país o por convenciones colectivas de trabajo tales como:
1. Sueldo anual complementario
2. Vacaciones
3. Pensión
4. Seguro de accidentes de trabajo
5. Salario familiar
6. Auxilio por enfermedad
7. Salario por maternidad
8. Horas extras
9. Adicional por trabajo nocturno
Algunos beneficios son pagados por la empresa y otros son pagados por las entidades de previsión.
Beneficios espontáneos: son concedidos libremente por la empresa ya que no son exigidos por la ley ni por la negociación colectiva.
Son conocidos también como beneficios marginales, incluyen :
bonificaciones
seguro de vida colectivo
restaurante
transporte
préstamos
asistencia médica hospitalaria, diferenciada mediante convenio.
complementación de pensión
En cuanto a su naturaleza:
Beneficios
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