ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Mercantil

polanstrum5 de Octubre de 2014

2.979 Palabras (12 Páginas)189 Visitas

Página 1 de 12

0. Derecho mercantil

Los comerciantes y mercaderes cuando empiezan a comerciar, ven que deben establecer una serie de normas. Según crece esta actividad, surge la necesidad de poner un poco de orden. Coger esas normas de siempre y escribirlas de una forma más formal.

Es por ello por lo que surge el derecho mercantil, con el objetivo de regular toda esta actividad. Se crean corporaciones que dictan sus propias normas. Esas normas debían ser aprobadas por el rey. Las ordenanzas de Bilbao fueron las más importantes, 1737 a 1829. 1829 es la fecha en que se crea el primer código de comercio en España. El siglo XIX es la etapa de la codificación y se ven obligados a establecerlo ya que si Bilbao comercia con Valencia, ¿Qué normas predominan? Aunque haya normas específicas, debe haber unas a nivel nacional.

A eso hay que añadirle una corriente, el positivismo jurídico, que dice que la única autoridad competente para dictar las normas es el estado. A partir de este momento en lugar de ser los comerciantes quienes dictan las normas, el papel pasa a ser del Estado. Y aunque las dicte el Estado, hay lagunas; hechos o circunstancias que no están contempladas por ninguna norma. Como consecuencia de estas lagunas, en 1885 se vuelve a promulgar otra serie de normas, que son las que tenemos vigentes (nuevo código de comercio). Para no derogarlo, lo que se ha hecho desde entonces es promulgar leyes especiales que complementen el código.

¿Y qué regula este código de comercio?

El derecho mercantil es la rama del derecho que regula la actividad desempeñada por el empresario; actividad mediante la cual crea una serie de bienes y servicios que ofrece al mercado con la intención de obtener una ganancia económica.

El derecho mercantil va a regular esta actividad y tanto las relaciones que van a surgir entre los empresarios entre sí, como entre empresarios con sus clientes. Ya no solo se regula como debo crear una empresa sino que, también, se regula como debo tratar al cliente.

1. El empresario y la empresa

Introducimos los conceptos de persona física y persona jurídica. La persona física será el empresario, el humano, y la persona jurídica será la empresa. Y para ser considerado empresario hay que ofrecer bienes o servicios de una manera continuada y obtener una ganancia económica de ello.

Para ser empresario:

• Los BYS tienen que ser de manera constante con una finalidad económica.

• De manera ordenada, es decir, la empresa es un todo organizado formado por elementos personales, materiales e inmateriales.

Los requisitos para ser empresario:

• Ser mayor de edad

• Estar cualificado (ej: discapacidad mental)

Empresa es la actividad que lleva a cabo el empresario (Empresa = negocio).

Empr. Individual (persona física) Autónomo.

Empresario

Empr. Social (persona jurídica) Sociedad mercantil(S.A./S.L.)

Público: cuando es creada por una administración pública.

Clases de

Empresario

Privado: creada por una persona concreta

Cuando surge algún problema judicial no se demanda al empresario, se demanda a la sociedad.

2. Colaboradores del empresario

El empresario puede tener distintos tipos de colaboradores:

• Dependientes: personas, trabajadores del empresario, que se relacionan con el mismo por su vinculación laboral. Sus actos implican al empresario; aunque sea una persona con plena capacidad de contratar y de hacer lo que quiera en la empresa, el culpable será el empresario en cualquier caso, salvo que se extralimite en sus competencias. Pueden además ser:

o Apoderado general (gerente, director general…)

o Apoderado singular ( Directo de recursos humanos; dirigir un departamento concreto)

• Independientes: Tendrán una relación contractual con el empresario pero no será una relación de dependencia. Es decir, otro empresario que colabora pero no hay dependencia puesto que es otra empresa (subcontratación). Es por ello por lo que los independientes responden ante su propia empresa y no ante la mía. ( Ej: Una auditoría)

3. Introducción a las sociedades mercantiles. El registro mercantil

Sociedades mercantiles:

A la hora de crear una sociedad mercantil, debo presentar una denominación social (nombre; no puede haber otro igual) un domicilio social (el domicilio), un objeto social (la actividad mercantil) y un número de cuenta (para comprobar la autonomía patrimonial: capital social).

Posteriormente el abogado elabora unos estatutos (normativa interna de los socios; Junta General, votaciones, etc.).

Van al notario, donde comprueba que todo en base a la ley y hace una Escritura Pública ( hay que presentarle: Estatutos, denominación social, recibo del banco, DNI´s, si se hace una aportación no dineraria hay que demostrarla y si un socio es el administrador de una empresa tiene que justificarlo con la escritura de dicha empresa).

Se vuelve al Registro Mercantil y se entrega todo. Y ya eres Persona Jurídica.

Hay varios tipos de sociedades mercantiles:

• Personalista: En este tipo de sociedades, cuando el capital de la sociedad es insuficiente responden los socios con su patrimonio presente y futuro. Los socios deben responder de manera:

1. Subsidiaria (primero siempre se paga con el dinero de la sociedad).

2. Solidaria (pueden ir a por cualquiera de los socios o a todos).

3. Personal (con mis bienes).

4. Ilimitada(hay que pagar hasta que se salden todas las deudas, como si tengo que vender mi casa).

Pueden ser:

- Colectiva

- Comandita simple

• Capitalista: Estas son mejores, ya que si hay ganancias, gano yo pero si hay pérdidas pierde la sociedad y yo no respondo con mi patrimonio personal.

o SL (SRL) (3.000€)

o SLU

o SL Nueva Empresa (S.L.N.E.)

o SA (60.000€)

o SAU

o SA Europea

o SA (Cotizada en bolsa)

El capital social no es lo mismo que el capital mínimo (Yo puedo constituir una sociedad con un capital superior al mínimo exigido). Y además podemos transformar la empresa para ir a más con una ampliación de capital o a menos con una reducción de capital. El capital que se aporta, una vez aportado deja de ser mío y pasa a ser de la sociedad, y por tanto yo ya no me lo puedo llevar.

¿Cuándo responden los socios con su capital?

• No inscripción en el registro mercantil

• Aportación no dineraria sin peritar

• Sobrevaloración de la aportación no dineraria

Levantamiento del velo: Consiste en que los socios deben responder ante las deudas de la empresa porque han actuado a propósito de forma fraudulenta y se ha demostrado, y por tanto el juez puede ordenar que respondan de las deudas con su patrimonio. Es por ejemplo el caso de:

• Empresas fantasma

• Evasión de capital

• Blanqueo de dinero

¿De qué se encarga el registro mercantil?

Tienen una sección de denominaciones; de nombres. Al constituir una sociedad debo darles 3 nombres por orden de preferencia y ellos buscan el que esté libre y te lo registran. Así, una vez está inscrita, se te da seguridad jurídica, carácter de regularidad… se te regula jurídicamente bajo las condiciones del tipo de sociedad que hayas constituido.

Debemos tener claro:

Responsabilidad de terceros cuando el capital de la sociedad es nulo.

Papel del abogado.

Papel del notario.

Papel del registro mercantil.

Tipos de sociedades.

Diferencias entre capital mínimo y capital social.

Pasos para crear una sociedad:

1. Ir al Registro mercantil para inscribir el nombre. Se puede hacer por internet también y te reservan el nombre por un plazo de 3 meses.

2. Ir al abogado para declarar el número de socios y el capital que se va a aportar (estatutos).

3. Aportar el capital inicial. Con dinero en una cuenta bancaria a nombre de la sociedad y/o con bienes.

4. Ir al notario a que redacte la escritura pública y los estatutos.

5. Llevar los estatutos y la escritura pública al registro mercantil.

Recordar: El abogado y el notario te solicitarán que justifiques cada cosa.

En los estatutos debe aparecer cuantos deben venir a las reuniones, qué porcentaje de votos debe haber para que se apruebe algo, etc.

Al notario debemos llevarle la prueba del capital social, la reserva del nombre, estatutos.. y partir de ahí ya empieza con los trámites.

El tiempo que tengo desde que voy al notario hasta que me inscribo en el registro mercantil se llama tiempo de sociedad en formación (tienes un año).

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (17 Kb)
Leer 11 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com