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Derecho Mercantil


Enviado por   •  12 de Octubre de 2014  •  1.848 Palabras (8 Páginas)  •  282 Visitas

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TITULOS DE CREDITO

Letra de cambio

La letra de cambio apareció hasta la Edad Media, en los pequeños Estados Italianos. Era ya de circulación como el siglo XXll y se llamaba littera cambiale; era una verdadera carta dirigida por una persona a otra pidiéndole que pagara una suma de dinero a una tercera. Este documento se fue simplificando hasta llegar a su redacción actual que aún conserva la forma de una carta.

La letra de cambio en la Edad Media intervenían cuatro personas: la que entregaba el dinero al banquero; el banquero que expedía la letra (girador); el banquero corresponsal que debería pagar (girado) y la persona que tenía derecho a recibir el pago (beneficiario). En ocasiones la letra de cambio se utilizaba para pagar a un tercero, se generalizo el empleo de la cláusula a la orden, o sea que la letra se expedia a favor del tomador o beneficiario el cual tenía derecho a ordenar que el pago se hiciera a otra persona.

DEFINICION

La letra de cambio es un título de crédito que contiene la orden incondicional que una persona llamada girador da a otra llamado girado, de pagar una suma de dinero a un tercero que se llama beneficiario, en época y lugar determinados.

REQUISITOS DE LA LETRA DE CAMBIO

Según el artículo 76 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la letra de cambio debe contener:

Mención de ser letra de cambio inserta en el texto del documento.

La ley exige que el documento lleve las palabras “letra de cambio” por lo que si le faltan o se usan otras en su lugar, no produce efectos como título de crédito

Expresión del lugar y del día, mes y año en que se suscribe.

Es indispensable que en la letra conste el lugar de suscripción en virtud de que, mientras la letra no se acepta, ni circula, el único obligado es el girador y es necesario saber en qué lugar demandarse el pago. Por lo que se refiere a la fecha, tiene importancia para fijar el vencimiento de la letra si se giró a cierto tiempo de la fecha y para determinar el límite del plazo para la presentación de las letras a la vista o a cierto tiempo vista para los efectos de la prescripción (artículos 93,128 y 165 fraccion II de la ley).

Orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero.

Esta contiene una orden de pago que no puede subordinarse a condición alguna. Este título da derecho a una suma de dinero.

Nombre del girado

Es la persona a la que se ordena el pago. Cuando el girado ha aceptado pagar la letra recibe el nombre de aceptante.

Lugar y la época de pago

Si en la letra no se señala el lugar de pago, se tiene como tal el del domicilio del girado, y si este tiene varios domicilios, la letra es exigible en cualquiera de ellos, a elección del tenedor.

Nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago

Este es el beneficiario o tomador, el cual puede presentarse la letra de cambio directamente para su aceptación o para su pago.

Firma del girador o de la persona que suscriba a su ruego o en su nombre.

Si el girador no sabe o no puede escribir puede firmar a su ruego otra persona certificándolo a si un corredor público titulado, un notario o cualquier otro funcionario que tenga fe pública.

ELEMENTOS PERSONALES

La letra de cambio tiene tres sujetos que son:

GIRADOR: Quien crea el titulo y da la orden de pagar

GIRADO: A quien va dirigida la orden de pago. Si el girado acepta dicha orden, se obliga a pagar en la fecha; en este caso se le denomina girado aceptante.

BENEFICIARIO: Es quien va a cobrar, a favor de quien se da la orden de pago

PAGARÉ

El pagare es un titulo de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados a la orden del tomador.

REQUISITOS DEL PAGARE

 Mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento

 Promesa incondicional de pagar una suma de dinero

 Nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago

 Época y lugar de pago

 Fecha y lugar en que se suscribe el documento

 Firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre

CHEQUE

Antecedentes

Los cheques tienen sus orígenes en las instituciones jurídicas y económicas de la Edad Media; se expidieron por primera vez en Venecia con el nombre de contadi di banco; después fueron usados por el Banco de San Jorge en Génova con el nombre de cedulas y su uso se extendió rápidamente a otras ciudades italianas. En el siglo XVll el cheque paso de Holanda a Inglaterra, en donde fue conocido con el nombre francés de cheque, que después adopto la forma inglesa check, que quiere decir comprobación, cotejo.

Naturaleza del cheque

Se caracteriza principalmente por ser un instrumento de pago y de compensación. El cheque tiene por objeto retirar en forma inmediata fondos disponibles que se encuentran depositados en una institución de crédito y por eso decimos que es un instrumento de pago. Por otra parte, el cheque es un instrumento de compensación. La compensación es una forma de extinguir dos obligaciones reciprocas hasta la cantidad que importe la menor.

Para que la compensación opere se requiere que las dos deudas sean:

A) Reciprocas, es decir, que los sujetos activos y pasivos de las dos obligaciones sean a la vez acreedores y deudores uno de otro

B) Fungibles, o sea que las obligaciones tengan por objeto dinero u otros bienes que sean de la misma especie y calidad

C) Liquidas, lo que significa que esté determinada la cuantía de ambas obligaciones o pueda determinarse en plazo de nueve días

D) Exigibles, esto es, que los deudores

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