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Derecho Mercantil


Enviado por   •  21 de Octubre de 2014  •  872 Palabras (4 Páginas)  •  169 Visitas

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CONTRATO ARRENDAMIENTO FINANCIERO

DEFINICION

El arrendamiento Financiero es un contrato mediante cual la arrendadora se compromete a otorgar el uso o goce temporal de bien al arrendatario, ya se persona física o moral, obligándose este último a pagar una renta periódica que cubra el valor original del bien ,más la carga financiera, y los gastos adicionales que contemple el contrato.

CARACTERISTICAS

a) La arrendadora financiera debe adquirir los bienes objeto del contrato de acuerdo con las especificaciones y del proveedor indicados por el arrendatario.

b) La concesión temporal del uso o goce de la cosa objeto del contrato.

c) El precio del contrato debe ser una cantidad de dinero determinada o determinable, dicho precio deberá pagarse en fracciones, cuotas o cánones según se convenga en el contrato.

d) La asunción de los riesgos es a cargo del arrendatario financiero, así como de los vicios de la cosa y gastos de conservación y mantenimiento.

e) La obligación de la arrendataria financiera de optar al finalizar el contrato, por alguna opción respecto al bien: la compra, la prórroga del contrato, la venta del bien a un tercero u otra.

f) Registro. En el derecho mexicano el A.F. no está sujeto a registro, si embargo las partes pueden solicitar que se inscriba en el RPC, sin prejuicio de hacerlo en otros registro que las leyes determinen.

g) Plazo forzoso. Se trata del periodo inicial o irrevocable en el cual ninguna de las parte puede rescindir del contrato, y abarca gran parte o toda la vida económica del bien y se calcula de tal manera que los cánones de ese periodo sean iguales al costo del bien dado en arrendamiento fiscal. Tiene una duración de 2 años en bienes muebles y 10 años en inmuebles y se deberá otorgar una escritura pública cuando dure más de 6 años.

CLASIFICACIÓN

1. TÍPICO. Se trata de un contrato regulado en nuestro derecho a partir del 1 de diciembre de 1981.

2. NOMINADO. Es un contrato que además de estar regulado en nuestro derecho tiene nombre “ARRENDAMIENTO FINANCIERO”

3. BILATERAL. Genera obligaciones recíprocas para ambas partes contratantes.

4. CONSENSUAL. Se trata de un contrato de carácter consensual, porque se perfecciona por el simple acuerdo de la partes.

5. FORMAL. Para el derecho mexicano el A.F. debe celebrarse por escrito y ratificarse ante notario público, corredor público titulado cualquier otro fedatario público.

6. CONMUTATIVO. Toda vez que las prestaciones de las partes son ciertas y susceptibles de apreciación inmediata.

7. ONEROSO. En este se estipulan derechos y gravámenes para ambas partes.

8. DE TRACTO SUCESIVO. Es un contrato cuya ejecución solo es posible con el transcurso de cierto tiempo.

9. TRASLATIVO DE USO O DE GOCE. El arrendamiento financiero adquiere el uso o goce del bien a cambio de un precio y eventualmente la propiedad del bien, por lo que también seria traslativo de la propiedad, pero esta característica es eventual, mientras que la primera es esencial.

ELEMENTOS PERSONALES

A. DADOR: La persona natural o jurídica, o extranjera que transfiere al arrendador la propiedad del bien objeto del contrato. El proveedor puede ser una persona que se dedica habitual o profesionalmente a la venta de bienes, o una persona que ocasionalmente enajena

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